Goia avanza un acuerdo sobre los cuarteles tras ser recurrida la sentencia que obliga a protegerlos
Ministerio de Defensa y Ayuntamiento presentan sendos recursos de casación ante el Supremo contra el fallo del TSJPV que obliga a incluir los edificios en el Peppuc
El alcalde, Eneko Goia, indicó este martes que el acuerdo de compra-venta de los terrenos de los cuarteles militares de Loiola está cercano, una ... vez que el Ayuntamiento y el Ministerio de Defensa han recurrido ante el Supremo la sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) que obliga a proteger urbanísticamente estos edificios.
La operación de traspaso de estas 17,1 hectáreas a la ciudad estaba ya madura este verano cuando a mediados de julio la Sala Contencioso Administrativo del TSJPV estimaba parcialmente un recurso de Vox y obligaba a meter los cuarteles en el catálogo del Plan Especial de Protección del Patrimonio Urbanístico Construido (Peppuc) con un régimen establecido en un informe técnico de la Diputación de 2009.
La sorprendente resolución judicial no se limitó a declarar la nulidad parcial del Peppuc por no haberse admitido una alegación ciudadana que pedía la protección de los cuarteles, sino que resolvió la inclusión de estos edificios en el catálogo municipal con una protección concreta y sin tomar en consideración la opinión del propietario, en este caso el Ministerio de Defensa -cualquier eventual decisión sobre estos edificios requiere de «un informe vinculante de la Administración General del Estado»-, ni sin la preceptiva tramitación que requiere una decisión de este tipo. Estos son algunos de los argumentos jurídicos clave que los recursos de casación plantean al Tribunal Supremo para dejar sin efecto la sentencia del TSJPV.
Más noticias sobre los cuarteles de Loiola
El Ayuntamiento recoge en su recurso de casación que los cuarteles no estuvieron protegidos en la aprobación definitiva del Peppuc del año 2014 ni lo han estado en la revisión de 2021 porque nadie lo planteó ni lo recurrió en la aprobación inicial de la revisión de 2020. «El demandante (Vox) no había solicitado la inclusión de los cuarteles de Loiola en el proceso de modificación del Peppuc, ni tampoco combatió el ámbito de la revisión legítimamente acordada por el Ayuntamiento de San Sebastián», indica el recurso de casación municipal. La administración local entiende igualmente que la sentencia del TSJPV ha incurrido «en un ejercicio abusivo de jurisdicción» al decidir un régimen concreto de protección «adoptando determinaciones que no tienen una alternativa única y que, por tanto, corresponden constitucionalmente a la administración autora del planeamiento urbanístico».
Tanto el Ayuntamiento como el Ministerio de Defensa recuerdan en sus recursos que la sentencia del TSJPV «ignora la preceptiva y vinculante intervención de la Administración General del Estado en la tramitación de cualquier clase de instrumento de ordenación urbanística que incida sobre terrenos, edificaciones e instalaciones afectas a la Defensa Nacional». Y es que el Ministerio de Defensa ni fue emplazado a participar en un proceso judicial que terminó declarando varios de sus edificios protegidos por la normativa municipal donostiarra.
El alcalde da a entender que la compra de las 17 hectáreas se producirá, independientemente de lo que decidan los tribunales
Goia explicó este martes, por todo ello, que tanto el Ayuntamiento como el Ministerio de Defensa están convencidos de que los recursos serán admitidos a trámite, lo que en el fondo esconde una convicción de que la decisión del Supremo caerá del lado de los intereses municipales y de los de la Abogacía del Estado.
Ayuntamiento y Defensa han compartido en los últimos meses el análisis de la sentencia del TSJPV, se han coordinado en los recursos a presentar ante el Supremo y también han acordado rematar la negociación para la venta de los terrenos -el cierre de la operación está muy cercano-, al margen del pronunciamiento definitivo de los tribunales. «No supeditamos el acuerdo a una sentencia del Supremo», zanjó Goia. El acuerdo está muy maduro, tiene ya incluso cifras económicas, pero no se anunciará hasta que todos los flecos estén cerrados por las dos partes.
El alcalde dejó entrever, incluso, que la venta se podría producir aunque la sentencia definitiva -cuando esta se produjese, al cabo de dos años quizás- no fuese favorable y, por tanto, hubiera que proteger las fachadas de los dos edificios principales de los cuarteles. Que los edificios se protejan no afecta al traspaso de su titularidad, pero sí al uso que se pueda hacer de esos suelos y, por tanto, al valor económico que tendrán los terrenos en un caso (en el que se pueda reordenar y construir sin ninguna limitación ni obligación urbanística) o en el otro (si hay que mantener las fachadas de los dos edificios principales).
Los recursos de casación ante el Supremo
Vox no recurrió el Peppuc y el TSJPV incurre en exceso de jurisdicción
El recurso de casación del Ayuntamiento a la sentencia del TSJPV que obliga a proteger los cuarteles recoge varios argumentos jurídicos. El primero es que el demandante Vox no alegó en favor de la protección de estos edificios ni en la aprobación definitiva del Peppuc (2014), ni en la revisión (2021). La administración destaca que la protección de estos edificios mediante una sentencia ignora la necesaria participación del propietario de los mismos (Ministerio de Defensa) y obvia el «informe preceptivo y vinculante de la Administración General del Estado» para que tal decisión se pudiera adoptar. El Ayuntamiento cree que el Tribunal Superior de Justicia ha incurrido además en «exceso de jurisdicción» al decidir un régimen concreto de protección «sustituyendo a la administración en determinaciones que no tienen una alternativa única».
Han protegido nuestros edificios sin darnos voz en el proceso
El argumento principal del Ministerio de Defensa contra la sentencia que mete a los cuarteles de Loiola en el catálogo municipal es que al titular del bien no se le ha dado voz en el proceso y se ha encontrado con unos edificios protegidos sin comerlo ni beberlo. Esta parte «no fue emplazada personalmente al proceso» lo que constituye «un quebranto de las formas y garantías» y una «indudable vulneración del derecho del propietario a que se tome una decisión judicial atinente a un bien de su propiedad, y que produce limitaciones sobre su uso y disfrute sin que tenga ocasión de ser oído». Era preceptivo un informe de la Administración del Estado que hubiera rechazado incluir los inmuebles en el Peppuc porque «ni el Ayuntamiento, ni la Diputación, ni la Comunidad Autónoma tienen competencia sobre las instalaciones militares».
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión