Urkullu deja sus restricciones en manos de lo que le permita hoy el Tribunal Superior vasco
Si el alto tribunal vasco mantiene la línea seguida hasta ahora, impedirá al Gobierno Urkullu aplicar cierres perimetrales y el toque de queda
Euskadi se asoma a una nueva desescalada en sus restricciones, pero esta vez por mandato legal, no porque el Gobierno Vasco quiera ni porque la ... situación pandémica aconseje ir relajando las severas limitaciones en vigor desde hace meses. Será el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco el que hoy por la mañana acote el terreno en el que, por la tarde, el lehendakari y el Comité Asesor del LABI tomen la última decisión sobre las medidas que se aplicarán a partir del domingo, tras el final del estado de alarma. Si la sala de lo contencioso del TSJPV mantiene su línea de decisiones anteriores, impedirá que Euskadi mantenga el toque de queda, los cierres perimetrales e incluso el máximo de personas que pueden reunirse, las tres medidas que ha propuesto en su borrador de decreto que afectan a derechos fundamentales. Pero el detalle del decreto que firmará Urkullu se conocerá a media tarde, apenas un día antes de que decaiga el estado de alarma y el escenario cambie.
La intención declarada por el Ejecutivo vasco de preservar los límites en vigor al máximo de lo que permita la ley, sumada a la incertidumbre sobre cómo, cuándo y en qué sentido podrían pronunciarse los jueces, ha sumido a la ciudadanía en una semana de incertidumbre sobre qué le permitirán hacer a partir de la próxima semana. De momento, la única pista es la ofrecida por la Fiscalía del País Vasco, que en su informe sobre el borrador del decreto, se opone a limitar la libre circulación «a un conjunto indeterminado de personas al amparo de las leyes sanitarias» con cierres perimetrales de la CAV, de los municipios o con el toque de queda nocturno. En cambio, no se pronunció sobre la posibilidad de limitar «las agrupaciones a un máximo» de personas -ahora está fijado en cuatro- porque cree que no existe «restricción del derecho fundamental de reunión». Sobre esta cuestión, sin embargo, la sala del alto tribunal vasco ya se manifestó el pasado octubre, cuando el Gobierno Vasco quiso, sin estado de alarma, acotar de diez a seis el número de personas reunidas en espacios públicos y los jueces, también de la sala presidida por el magistrado Luis Ángel Garrido, se lo impidieron.
El tribunal emitirá su auto a las 13.00 horas, antes de que el LABI se reúna a las 16.30 y apruebe el decreto
La decisión judicial, que se conocerá hoy a las 13.00 horas, marcará por tanto el contenido final del decreto porque el lehendakari asumió ayer que no incluirán medidas que no cuenten con «garantías jurídicas», porque «no sería responsable» -añadió- asumir «el riesgo» de que las restricciones sean rechazadas a posteriori por los tribunales y que «haya periodos de indecisión e incertidumbre ante recursos» que deriven en una «pérdida de efectividad» de las mismas. Serán medidas «racionales y razonadas», aseveró.
Horarios y aforos
Ese margen arroja dudas sobre qué restricciones mantendrá o adaptará más allá de las limitaciones de movilidad y reunión. Los horarios o los aforos de la hostelería, el comercio, las actividades en lugares cerrados, si se adoptarán medidas especiales en lugares donde la incidencia acumulada supere a 14 días los 400 casos por 100.000 habitantes según el 'semáforo Covid' activo actualmente, las condiciones para hacer ejercicio físico, la posibilidad de fumar en terrazas...
Propuesta de Euskadi
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Incidencia superior a 200 casos
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Toque de queda: Se establece una limitación nocturna entre las 22.00 horas y las 6.00 horas, tal como está en vigor actualmente bajo el amparo aún del estado de alarma.
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Confinamiento autonómico: Se determina el cierre territorial perimetral de la Comunidad Autónoma Vasca.
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Límite de agrupación: Se restringen los grupos de personas a un máximo de cuatro, sin contar convivientes.
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Incidencia superior a 400 casos
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Confinamiento municipal: Se mantienen el cierre perimetral en aquellas localidades de más de 5.000 habitantes que superen esta tasa, así como en aquellos municipios más pequeños en que se superen los parámetros establecidos por la dirección de Salud Pública.
Informe de la Fiscalía
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Incidencia superior a 200 casos
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Toque de queda: Se opone porque se ajustaría a la legalidad la limitación de un derecho constitucional como la libre circulación a un colectivo indeterminado de personas.
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Confinamiento autonómico: Argumenta el mismo motivo que para justificar el rechazo al límite de circulación nocturna.
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Límite de agrupación: No se vulneraría el derecho de reunión al limitar los grupos de personas para evitar contagios.
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Incidencia superior a 400 casos
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Confinamiento municipal: Al igual que en caso del cierre perimetral autonómico, se opone a autorizar la restricción de la movilidad dentro del ámbito del municipio al considerar que queda vulnerado el derecho constitucional de la libre circulación de individuos.
El abanico de medidas que se han debatido o adoptado durante este año de pandemia para contener el virus es extenso, y las herramientas jurídicas de que dispone el Ejecutivo cuando mañana a medianoche decaiga el estado de alarma le deja aún un margen de gestión para conseguir rebajar la transmisión del virus esta cuarta ola, en la que Euskadi ha visto disparados los contagios por encima del resto de comunidades. Su tasa de incidencia ayer estaba en 478.
La resolución que hoy los jueces del TSJPV emitan sobre el borrador de decreto trasladado el martes a última hora para su validación jurídica no obsta para que, a partir de la aprobación esta tarde de la norma definitiva y su publicación mañana en el BOPV, alguna otra medida vuelva a cuestionarse en los tribunales. Ya lo hicieron los hosteleros en su día, y los jueces les dieron la razón, y ahora ya barruntan su intención de pedir que se elimine el límite de cierre a las 20.00 horas.
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En esta ocasión, si las asociaciones vuelven a recurrir al TSJPV y el tribunal les ampara, el Gobierno Vasco tiene, y prevé utilizar, otra vía judicial abierta, la del Tribunal Supremo. El gabinete Urkullu no tiene intención de recurrir a esa instancia en caso de que hoy el TSJPV le acote la posibilidad de aplicar medidas sobre derechos fundamentales, pero sí estudiaría hacerlo en el caso de otros recursos que le obliguen a levantar restricciones que considera necesarias para hacer frente al Covid-19.
El decreto definitivo se anunciará a media tarde, después de que el lehendakari lo contraste con el Comité Asesor del LABI que se reúne a partir de las 16.30 horas. Mañana se publicará en el boletín oficial del País Vasco y el domingo a las 00.00 entra en vigor. Todo sobre la campana del fin del estado de alarma.
La hipótesis de que dejen la decisión al Constitucional
Es solo una hipótesis, pero algunos medios jurídicos no la descartan. El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que hoy debería emitir su resolución sobre el borrador de decreto del Gobierno Vasco, podría inhibirse y remitir el expediente al Tribunal Constitucional para que sea él el que resuelva las dudas de constitucionalidad que plantean las medidas que afectan a derechos fundamentales. Esta opción, que ponen sobre la mesa fuentes consultadas, se plantearía en caso de que los jueces vascos consideren que se están tensando sus funciones jurisdiccionales, que no les corresponde decidir sobre esas cuestiones. En tal caso, las propuestas del Ejecutivo vasco sobre cierres perimetrales o toque de queda no podrían aplicarse, ni incluirse por tanto en el decreto, hasta que el TC se pronunciara.
El tribunal debe aún resolver la cuestión de inconstitucionalidad que el Tribunal Superior de Aragón presentó en diciembre por los confinamientos perimetrales en la región.
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