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Los hijos menores de edad de víctimas mortales de la violencia machista en Euskadi recibirán una ayuda económica anual que ascenderá a más de ... 5.700 euros e irá aumentando en ejercicios posteriores. Esta cantidad está fijada en un proyecto de decreto cuya aprobación previa fue rubricada el pasado jueves por la consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, Nerea Melgosa. Su objetivo, partiendo de la constatación de que «son muchas las dificultades y obstáculos» que encuentran los menores afectados por este tipo de violencia, «no solo en el momento del fallecimiento de sus madres sino en los años posteriores, a nivel psicológico, burocrático, familiar y social», es el de «colaborar y contribuir en la medida de lo posible a la reparación del daño ocasionado»
El proyecto sostiene que la ayuda «parte del reconocimiento de las hijas e hijos como víctimas directas de la violencia machista contra las mujeres y, además de contribuir a la reparación del daño, refuerza el apoyo y la asistencia a estos menores debido a su especial situación de vulnerabilidad». El decreto entrará en vigor cuando concluyan las fases de audiencia e información pública y solicitud de informes, y sea aprobado por el Consejo del Gobierno Vasco. Todo este proceso, que comenzará hoy con su exposición pública, tardará varios meses en completarse, por lo que las ayudas podrían comenzar a abonarse a finales de este año o principios del siguiente.
40
jóvenes podrán beneficiarse de las ayudas en Euskadi, según las estimaciones del Gobierno Vasco.
Los beneficiarios de esta prestación podrán seguir cobrándola hasta los 25 años de edad si están cursando estudios reglados, incluidos cursos de formación de Lanbide, o si tienen una discapacidad igual o superior al 33% o dependencia. En estos últimos dos supuestos, el importe de la ayuda se duplicará. En otras comunidades autónomas no se supera el límite de 18 años para percibir este tipo de ayudas, por lo que el proyecto del Gobierno Vasco supone una mejora sustancial en este aspecto.
Para tener acceso a esta prestación, los hijos de mujeres fallecidas deberán residir de manera efectiva y figurar en el padrón de cualquier municipio del País Vasco en el momento de la solicitud, así como de manera ininterrumpida durante todo el tiempo que perciba la ayuda. Otro requisito es que la mujer víctima residiera y figurara en el padrón de cualquier municipio vasco en el momento de su fallecimiento o, en su defecto, durante cinco años continuados dentro de los diez años previos a su muerte.
Para hacer frente a estas ayudas, el departamento dirigido por Nerea Melgosa ha hecho un cálculo inicial de 450.000 euros para el ejercicio presupuestario de 2024, pero la partida es ampliable en función de las necesidades ya que se trata de un derecho subjetivo. La consejería sostiene que «el derecho a la ayuda es un derecho para el que se va a disponer de recursos económicos, los cuales se establecerán anualmente en la ley de presupuestos. En caso de necesitar más recursos, se tiene previsto que se contemple como crédito ampliable en la futura ley de presupuestos de Euskadi».
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Según la viceconsejera de Políticas Sociales, Lide Amilibia, la ayuda prevista en el nuevo proyecto de decreto «trata de contribuir a la reparación del daño y refuerza el apoyo y la asistencia a las y los menores debido a su especial vulnerabilidad». En esta línea, el texto del decreto dice al referirse a los menores que «el reconocimiento como víctimas directas de la violencia ejercida contra sus madres o tutoras parte de aceptar que tal violencia les afecta y les condiciona tanto su bienestar emocional como su desarrollo personal». «Los graves problemas de salud a los que se exponen con ocasión de vivir en un entorno violento, así como su instrumentalización para provocar daño y ejercer dominio sobre la mujer por parte de los agresores, les convierte indubitadamente también en víctimas. Además, la especial vulnerabilidad de las personas menores que se desarrollan en un entorno violento se incrementa cuando sus madres son asesinadas o mueren a manos de quien es su padre o de quien ha tenido una relación afectiva de pareja, con o sin convivencia», añade.
450.000
euros es la cantidad presupuestada para hacer frente a las prestaciones en 2024.
Hasta 2012 no existen datos de si las mujeres asesinadas tenían hijos o no. Lo que se hacía en el conjunto del Esta do era una estimación basada en la edad de las víctimas en el momento de su asesinato. Desde que en 2003 se inició la recogida de estadísticas de asesinatos machistas en Euskadi, 53 mujeres han sido asesinadas en la Comunidad Autónoma Vasca. El Gobierno Vasco solo dispone de datos de hijos afectados por esta lacra del 2012 a 2023 y serían 19, aunque se desconoce la edad de todos. No obstante, calcula que el nuevo decreto puede beneficiar a 40 jóvenes, pero solo es una estimación basada en datos de Emakunde.
El proyecto incluye también una medida extraordinaria transitoria que consiste en un pago único de 10.000 euros vigente durante un plazo de dos años desde su entrada en vigor. En concreto, se prevé el abono de este importe en los casos en los que el fallecimiento de la madre hubiera acontecido por actos de violencia machista contra las mujeres desde el 1 de enero de 2003 hasta el año anterior a la puesta en marcha del decreto.
En el caso de menores trasladados fuera de la Comunidad Autónoma Vasca tras el asesinato de su madre, si tenían padrón en el momento del fallecimiento y lo tienen al momento de la solicitud de la ayuda de pago único, podrían acceder a esta prestación en los términos contemplados en el decreto. Asimismo, sí que podrían acceder a la ayuda anual si siguen siendo menores de edad en el momento en el que soliciten la ayuda ordinaria hasta los 18 años mientras permanezcan en Euskadi durante el periodo de vigencia de la prestación.
La percepción de estas ayudas es compatible con otras prestaciones públicas o privadas que puedan corresponder a los beneficiarios. Se concederán mediante convocatoria abierta a todas las personas solicitantes que cumplan con lo dispuesto en el decreto, resolviéndose atendiendo al orden de presentación de las solicitudes, en función del momento en que el expediente esté completo. En el caso de que se precise requerir la subsanación o compleción de la solicitud, se tomará como referencia la fecha y hora en que una u otra se materialicen, atendiendo al orden de presentación.
Todas estas ayudas han tenido que crearse casi desde cero ya que, aunque parten de la modificación de la Ley de Igualdad aprobada por el Parlamento Vasco en 2022, en este texto apenas se ofrece información de cómo regular las prestaciones.
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