Sobreseen un desahucio en San Sebastián por dos cláusulas abusivas
La resolución advierte de que «el interés moratorio establecido en contractualmente en este caso resulta desproporcionado»
efe
Jueves, 1 de octubre 2015, 11:18
Un juzgado donostiarra ha sobreseído la ejecución hipotecaria de una vivienda de San Sebastián, al entender que el contrato del préstamo suscrito por la dueña del piso con el BBVA contenía cláusulas abusivas referidas al vencimiento anticipado y a los intereses de demora.
Esta es la segunda ocasión en la misma semana en que este juzgado de primera instancia archiva un desahucio por las cláusulas abusivas contenidas en el contrato de una hipoteca, ya que recientemente paralizó un proceso de estas características que había sido iniciado contra los dueños de un inmueble en Errenteria por el Banco Santander.
En el caso de la vivienda de San Sebastián, los hechos se remontan al 8 de marzo de 2006, fecha en la que la afectada, representada en el caso por los abogados Maite Ortiz y José María Erauskin, constituyó el préstamo con la citada entidad por un importe de 390.000 euros que posteriormente fue objeto de una novación en 2007.
Unos años más tarde, el 3 de marzo de 2015, el banco decidió ejecutar la hipoteca ante el impago de cuotas, a lo que la perjudicada mostró su oposición alegando que la hipoteca incluía cláusulas abusivas referidas al vencimiento anticipado y a los intereses de demora.
En un auto, al que hoy ha tenido acceso EFE, el juzgado encargado del caso admitido ahora los argumentos de la afectada, al entender que el hecho de que el banco "pueda cerrar la cuenta y declarar vencido el préstamo a su voluntad" por "el impago de cualquier cuota o de sus intereses resulta "abusivo".
La resolución judicial advierte también de que "el interés moratorio establecido en contractualmente en este caso resulta desproporcionado".
Recuerda, en este sentido, que la hipoteca establecía un interés de demora del 19 %, cuando el interés legal del dinero en la fecha en la que se constituyó el préstamo era del 4 %.