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Cotización

El cambio en las pensiones que beneficia a los trabajadores a tiempo parcial

Este mes ha entrado en vigor la novedad que favorecerá a estos empleados, cuyos periodos cotizados computarán como días completos

Mikel Madinabeitia

San Sebastián

Domingo, 15 de octubre 2023

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La legislación laboral no es para toda la vida. A medida que diversos colectivos van haciendo presión, se van modificando algunas normativas que antaño parecerían intocables. Una de las últimas novedades guarda relación con los empleados a tiempo parcial, cuyo desempeño se equipara desde este mes de octubre a los trabajadores a tiempo completo a efectos de la pensión que percibirán en el futuro. Con la ayuda de la Fundación Adecco e Iberley, explicamos las novedades en esta materia, cómo te afectan y qué incidencia pueden tener en tu futura pensión contributiva.

  1. 1

    ¿Cuál es la novedad?

A partir del 1 de octubre de 2023 ha entrado en vigor el Real Decreto Ley 2/2023 que recoge la modificación del artículo 247 de La Ley General de la Seguridad Social. Este cambio supone lo siguiente: «A efectos de acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada realizada en cada uno de ellos».

La cifra

  • 160.100 trabajadores vascos tienen una jornada parcial, el 16,4% de los ocupados, de los que 123.000 son mujeres.

  1. 2

    ¿La jornada parcial va a equivaler a jornada completa a efectos de cotización?

Sí, la jornada a tiempo parcial va a empezar a contar como un día entero cotizado para el reconocimiento de las pensiones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal, nacimiento y cuidado del menor. En otras palabras, una hora cotizada computará como día completo para calcular la pensión por jubilación y las citadas pensiones contributivas.

Novedad

Una hora cotizada computará como día completo para calcular la pensión por jubilación y las otras contributivas

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    ¿Por qué se equipara la cotización a tiempo parcial con la cotización a jornada completa y a quién beneficia?

Se trata de una medida que se pone en marcha a raíz de dos sentencias del Tribunal Constitucional, que declaraban la inconstitucionalidad y nulidad de que la jornada parcial cotizara menos para los citados supuestos. Hasta ahora, se aplicaba un coeficiente de parcialidad para el cálculo de estas prestaciones y un empleado a tiempo parcial debía trabajar dos días para que contasen como uno en las cotizaciones.

Por tanto, esta modificación se pone en marcha para paliar la desigualdad que afrontan muchas personas que trabajan a tiempo parcial, particularmente las mujeres, que tenían que trabajar durante más tiempo para cumplir con los años exigidos para solicitar el 100% de su pensión.

Incidencia

El Gobierno estima que este cambio beneficiará a alrededor de 2 millones de trabajadoras, sobre todo al colectivo femenino

El Gobierno estima que este cambio beneficiará a alrededor de 2 millones de personas trabajadoras, especialmente a las mujeres. Se trata de una iniciativa que forma parte de un paquete de medidas para reducir la brecha de género.

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    ¿La equiparación de la cotización a tiempo parcial con la completa tiene carácter retroactivo?

No a efectos de prestaciones ya concedidas. Es decir, una persona que a día de hoy esté jubilada y parte de su vida laboral la haya cotizado a tiempo parcial no tiene derecho a personarse en una oficina de la Seguridad Social y reclamar que le suban la pensión. Tampoco alguien que esté en activo y en su día haya cobrado, por ejemplo, una prestación por nacimiento de hijo. Pero si mañana se jubila alguien si se le aplicarán los nuevos coeficientes y su pensión puede mejorar sensiblemente.

Futuro

La Seguridad Social deberá interpretar todos los días trabajados como si hubieran sido a jornada completa

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    ¿Qué pasa con los días ya cotizados?

La Seguridad Social deberá interpretar a partir de ahora todos los días trabajados como si hubieran sido a jornada completa, independientemente de si se han trabajado antes de la entrada en vigor de la reforma o posteriormente. Si bien solo a efectos de nuevas prestaciones, no para aquellas ya asignadas.

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