¿Cómo elegir el suministro de energía que más me conviene?
Hay que comparar al menos dos ofertas, no dejarse presionar por las visitas o llamadas de comerciales, e informarse si se tiene derecho al bono social eléctrico
Elegir de forma adecuada la mejor oferta de luz y de gas no es tarea sencilla. En primer lugar, por la dificultad que entraña comprender el funcionamiento de un mercado tan complejo como el energético. Por si fuera poco, las compañías nos someten a un continuo 'bombardeo' de reclamos comerciales por tierra, mar y aire (teléfono, correos electrónicos, publicidad, visitas de comerciales…) La competencia en el sector es brutal, y si uno no se detiene a pensar qué es lo que realmente le conviene, luego puede pagarlo con un contrato gravoso para su bolsillo. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) -que esta misma semana ha sancionado a Endesa por cambiar de compañía a un cliente sin su consentimiento- ofrece una serie de recomendaciones para el consumidor doméstico o pyme de electricidad y/o gas a la hora de contratar una oferta.
Antes de nada, hay que comparar «los precios y los servicios» que ofrezcan «al menos un par de empresas diferentes». En el caso de que se tengan dificultades para entender lo que se nos ofrece, se recomienda utilizar aplicaciones como el comparador que ofrece el propio organismo supervisor (https://comparadorofertasenergia.cnmc.es/comparador/index.cfm?js=1&e=N). Otra opción es solicitar asesoramiento en alguna oficina de información al consumidor, o a una organización de consumidores.
Muy importante: saber si se tiene derecho al bono social eléctrico. Si usted entra en alguno de los supuestos contemplados en la nueva regulación (http://www.minetad.gob.es/energia/bono-social/Paginas/bono-social.aspx) podrá beneficiarse de descuentos de entre el 25% sobre la factura (en el caso de consumidores vulnerables) y el 40% (para consumidores considerados muy vulnerables). Eso sí, hay que tener presente que para acogerse al bono social es necesario estar bajo el paraguas del Precio Voluntario al Pequeño Consumidor (PVPC). Esto es, la tarifa regulada.
Antes de decidirse por una oferta, hay que leer atentamente las condiciones del contrato. «En particular», sin incluye o no la contratación y cobro de servicios adicionales, como mantenimiento de la caldera, o revisiones periódicas de la instalación eléctrica. Es probable que le interese más un contrato simple, que solo incluya el servicio de suministro de electricidad o gas. Además, la CNMC recomienda examinar también «cuáles son las condiciones de revisión de los precios» -que por lo general suelen tener una vigencia de 12 meses- así como informarse sobre el procedimiento a la hora de efectuar una reclamación.
La «presión» de los comerciales
Es frecuente que las ofertas nos lleguen por vía telefónica, o de una visita domiciliaria. Es importante «no sentirse presionado, ni precipitarse». Siempre hay que pedir una copia del contrato con las condiciones ofrecidas, y comprobar que figuran en ella. Si no se está realmente seguro de la contratación, «no facilite al vendedor los datos bancarios, ni las facturas anteriores, ni sus datos personales».
En el caso de que haya firmado algún tipo de contrato fuera del establecimiento comercial (en los ya referidos casos de llamadas telefónicas, visitas a domicilio, o por internet) el cliente dispone de 14 días para desistir del contrato sin tener que dar justificación alguna. Y cuando el contrato esté a punto de expirar, compare su actual oferta con otras disponibles en el mercado.
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