Adegi insta a sus asociadas a renegociar la obra pública por la subida de los materiales
La patronal guipuzcoana pide a las administraciones que adopten las medidas necesarias para evitar el «colapso de infinidad de contratistas»
El sector de la construcción está viviendo con enorme inquietud el alza del coste de las materias primas. La subida del precio de la madera, ... el acero, el hormigón, el aluminio y el petróleo, a los que se une el de la tarifa eléctrica, ha dejado obsoletos los presupuestos que se firmaron hace meses, cuando nadie podía prever estos sobrecostes. El agujero todavía es mayor en las obras públicas debido al dilatado plazo que transcurre desde que se adjudican las obras hasta que comienza su ejecución.
Ante este escenario la patronal guipuzcoana del sector, Ascongi-Adegi, ha remitido una circular a sus asociados en la que les insta a reclamar a las administraciones públicas una revisión de los contratos. No obstante, la asociación reconoce que ante la «dificultad y constreñimiento de los mecanismos legalmente» previstos para dar respuesta a cada contrato individual, es imprescindible que desde las instituciones se adopten medidas de «carácter general». Ascongi subraya que éstas son inevitables «no solo para evitar el colapso de infinidad de contratistas, sino para salvaguardar la propia ejecución de las obras».
Francia e Italia
La patronal pone como ejemplo la respuesta que se ha dado en Francia e Italia a este problema. En el país vecino, explica Ascongi, se han acordado medidas para la revisión de los plazos de ejecución cuando la escasez de materiales impida al contratista cumplirlos. También se ha decidido no imponer sanciones si los retrasos se deben al sobrecoste.
LA CLAVE
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24% de las empresas ha cancelado o retrasado obras, según un informe a escala estatal.
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76% de las compañías ha sufrido desabastecimiento, en especial madera, acero y aluminio.
En el caso de Italia, Ascongi indica que se ha aprobado una legislación extraordinaria que fija una compensación por el incremento de los precios cuando estos exceden un 8%-10%, en función de los contratos. Con este fin se ha creado un fondo dotado con 100 millones de euros.
Ascongi reconoce que en España la legislación que rige los contratos públicos no ofrece soluciones claras. De hecho, estos contratos están sujetos al principio de «riesgo y ventura», es decir, que si se producen circunstancias sobrevenidas que disminuyen el beneficio calculado o incluso producen pérdidas, serán a cuenta del contratista, sin que se pueda exigir un incremento del precio o indemnización.
La legislación admite excepciones, pero son de aplicación muy rigurosa. Ascongi considera que cabe acudir a la doctrina de «riesgo imprevisible» que, con fundamento en los tribunales, reconoce el derecho de las empresas a que se dé una respuesta a «sucesos que sobrevienen con carácter extraordinario y que alteran de forma muy notable el equilibrio económico existente en el momento del contrato».
«Lleva a la ruptura total del equilibrio económico entre el contratista y la Administración»
La patronal considera que el sobrecoste «desproporcionado» de las materias primas, en atención a la evolución histórica de las mismas, puede ser calificada como «imprevisible», con el resultado de «la ruptura total del equilibrio económico entre la Administración y el contratista».
No obstante, una vez acreditado este escenario, Ascongi admite que los mecanismos para darle solución son también limitados. Así, sería posible aplicar la revisión de precios, pero quedaría excluido el primer 20% ejecutado y los dos primeros años del contrato, con lo que la inmensa mayoría de las obras públicas quedan fuera. Además, existen otras dos fórmulas, la indemnización y la modificación del contrato, pero estas tres posibles soluciones requieren la necesidad previa de acreditar en cada contrato individual la ruptura efectiva del equilibrio económico. Se trata de un camino que Ascongi califica de «difícil», de ahí que pida a las administraciones medidas de carácter general que permitan parar el golpe.
En este sentido, cabe recordar que un estudio realizado por la Confederación Nacional de la Construcción (CNC), que ha contado con la participación de más de 300 compañías del sector, indica que una de cada cuatro constructoras ha paralizado o aplazado la ejecución de alguno de sus proyectos como consecuencia del fuerte aumento del precio de las materias primas.
Penalización
El informe añade que un 24% de las firmas que han tenido que cancelar o retrasar las obras han registrado una penalización económica. En concreto, les ha ocasionado un agujero de entre 1.500 y 3.000 euros por día, lo que supone entre el 10% y el 50% del presupuesto de obra.
Esta situación, provocada según indica la CNC por el desabastecimiento de productos procedentes de China y la recuperación tras el Covid, ya ha encarecido en un 22% el coste de las obras en España. Además, el 76% de las empresas asegura haber sufrido desabastecimiento, principalmente de madera, acero, aluminio, hormigón, sanitarios, vidrio, pintura, pavimentos, grifería, ventanas, ascensores o cemento.
Seopan también urge a revisar los contratos de las obras en curso
La reclamación realizada por Ascongi se encuentra en la línea de la realizada por la Asociación de Empresas Constructoras y Concesionarias de Infraestructuras (Seopan), de ámbito estatal, que alerta de que la subida de precios «sin precedente en la mayoría de las materias primas básicas de construcción está afectado gravemente a la producción en curso de todas las empresas del sector».
Resolver este problema, explica la asociación, requeriría actuar, «por un lado y con carácter urgente en las obras en curso», habilitando una norma especial que, con carácter excepcional, permita resolver esta situación mientras persista la inflación. Para los nuevos contratos, Seopan propone incorporar con carácter obligatorio los mecanismos de revisión de precios recogidos «en nuestra regulación en todos los pliegos de contratación», lo que requeriría modificar la Ley de Contratos del Sector Público, así como la reformulación del actual procedimiento de determinación de los índices de revisión de precios de contratos de las administraciones.
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