Un centenar de mujeres de otras comunidades acude a Euskadi para abortar sin obstáculos
Salud justifica que el 95% de las interrupciones del embarazo se hagan en clínicas privadas por el «elevado número» de casos y la «celeridad» que requiere la intervención
Euskadi realizó en 2021 más de 3.700 interrupciones voluntarias del embarazo. La inmensa mayoría fueron practicadas a mujeres residentes en los tres territorios ... vascos, pero también a un buen número de pacientes que viven en otras comunidades autónomas vecinas, a las que el Departamento de Salud prestó este servicio que no tienen garantizado en los lugares donde residen. Fueron 103 concretamente. 164 en 2020, 144 en 2019 y así sucesivamente desde que se tienen registros. Es la prestación que ofrece el sistema sanitario vasco, en su doble eje público y concertado, a mujeres de autonomías colindantes «ante la imposibilidad de recibir» dicho servicio en su comunidad de residencia, aduce Salud.
La consejería que encabeza Gotzone Sagardui asegura que las mujeres residentes en Euskadi «no tienen obstáculos» para poder ejercer su derecho al aborto, y añade que la prestación la reciben «en tiempo y forma y con todas las garantías de seguridad, gratuidad, intimidad y cercanía», por lo que «no tienen la necesidad» de acudir a otros centros sanitarios de otras comunidades autónomas. No ocurre sin embargo así en todas las regiones. En nueve provincias –Huesca, Teruel, Ávila o Segovia entre ellas– no se ha practicado un solo aborto desde que el Gobierno de Felipe González lo despenalizara en 1985, provocando que muchas pacientes tengan que recorrer cientos de kilómetros para poner fin a su embarazo en otros lugares, como Euskadi.
Precisamente esta era una de las cuestiones que el Ejecutivo central quería atajar de raíz con la modificación de la Ley de Salud Sexual y Reproductiva que fue aprobada el pasado diciembre por el Congreso de los Diputados con los votos a favor de los socios de gobierno y la negativa de PP, Vox y Ciudadanos, además de cinco abstenciones.
El texto, entre otras cosas, elimina la exigencia del consentimiento paterno para las chicas de 16 y 17 años que quieran interrumpir su gestación, y establece que estas prácticas se lleven a cabo en centros sanitarios públicos y, «excepcionalmente», en un centro privado acreditado, regulando de forma más estricta la objeción de conciencia.
En Euskadi, donde en 2021 se realizaron un total de 3.712 interrupciones voluntarias del embarazo tanto a mujeres residentes en el País Vasco como a pacientes domiciliadas en otras comunidades autónomas, nueve de cada diez de esos procesos son derivados a clínicas privadas. En Gipuzkoa, por ejemplo, a la clínica Askabide de Donostia y al consultorio del doctor Prada, tambiñen en la capital guipuzcoana. Son los dos centros del territorio que notificaron algún aborto además del Hospital Universitario Donostia, el Hospital de Zumarraga, el de Mendaro y el comarcal de Alto Deba.
Euskadi realizó un total de 3.712 interrupciones de embarazo a mujeres de todas las comunidades
Sin embargo, con la modificación legal, Osakidetza deberá asumir los más de 3.000 abortos que ahora deriva a la red privada, algo que «trastornaría gravemente la organización de los servicios de ginecología públicos». Esta es una de las alegaciones que en su día hizo el Departamento de Salud del Gobierno Vasco a la norma y que han sido remitidas ahora al Parlamento Vasco en respuesta a una solicitud de información por parte de María Garde, de EH Bildu. En su escrito, Sagardui reconoce que el elevado número de abortos que en Euskadi se llevan a cabo en centros privados «no tiene que ver por razones de objeción de conciencia». La consejera achaca esa práctica al «elevado número» de mujeres que desean poner fin a su embarazo, a «la celeridad con la que deben de practicarse» y a «la sencillez» de las intervenciones, lo que «impide» que las interrupciones «puedan programarse y encajarse en un sistema de lista de espera» como el de Osakidetza.
Ámbito competencial
Salud considera que establecer como requisito que la interrupción voluntaria del embarazo se deba realizar «obligatoriamente» en un centro sanitario público «constituiría un evidente ataque a nuestra competencia autoorganizativa» y «una vulneración» del reparto competencial –la prestación de los servicios de la cartera del Sistema Nacional de Salud está transferida a las comunidades autónomas–. «Las administraciones públicas competentes para la prestación de dichos servicios sanitarios están obligadas a su prestación, pero el modo, manera o sistema que implementen para su desarrollo entra dentro de su ámbito competencial», defiende la consejera.
Que Osakidetza realice los 3.000 abortos que deriva a la privada «trastornaría» los servicios de ginecología
Así, el departamento entiende que cumple con esa disposición porque facilita el aborto tanto en clínicas privadas acreditadas, «financiada la intervención por Salud», como en hospitales de Osakidetza. Todo ello, añade, en función de la casuística de cada caso, derivando a la red privada los abortos correspondientes «a las solicitadas libremente por las mujeres; esto es, sin causas médicas y siempre antes de la 14ª semana de gestación». Mientras que las llevadas a cabo en centros sanitarios públicos corresponden «a causas médicas» atendiendo a sus «especiales características», entre las que se engloban aquellas mujeres que requieren de una hospitalización y «tienen un riesgo mayor de complicaciones».
La nueva ley, a punto
La Ley de Salud Sexual y Reproductiva, que está prevista que se ponga en marcha durante el primer trimestre del presente año después de que sea aprobada en el Senado, habla también de un registro autonómico para que las autoridades puedan organizar los servicios, por lo que la objeción deberá ser individual, previa y escrita. Una pretensión, apunta la consejería que encabeza Gotzone Sagardui, que «es razonable considerar innecesaria» en Euskadi, alegando que el Tribunal Constitucional «ha reconocido» la capacidad de las comunidades autónomas para «organizar y administrar» todos los servicios sanitarios en su territorio y, por ende, «para regular el establecimiento del registro».
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