La calle de la memoria
1950 | Prohibido estar en traje de baño fuera del aguaAplicar en las playas «las más elementales normas de pudor y decencia», a juicio del franquismo, era tarea complicada. ¿Qué hacer al salir del agua ... si estaba prohibido permanecer en la playa en traje de baño? ¿Cómo se podía tomar el sol si era obligatorio ir tapados con albornoces?
Con la temporada playera en el horizonte, DV publicó tal día como hoy, 30 de mayo de 1950, una nota en la que el gobernador civil, Francisco Sáez de Tejada, recordaba las normas que aquel año iban a volver a aplicarse en las playas guipuzcoanas. Leamos con atención...
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El franquismo prohibía «el uso de prendas de baño que resulten indecorosas, las cuales deberán cubrir el pecho y la espalda debidamente». Y entendía que «no puede consentirse» el uso de bañadores más allá del agua
«Ante la proximidad de la temporada veraniega, y con el fin de proteger las más elementales normas de pudor y decencia, de acuerdo con lo ordenado en la circular número 3 del Ministerio de la Gobernación, queda prohibido, con ocasión de baños o de mal entendidas prácticas higiénicas, lo siguiente:
1º El uso de prendas de baño que resulten indecorosas, las cuales necesariamente deberán cubrir el pecho y la espalda debidamente, llevando faldas las de las mujeres y pantalón de deporte las de los hombres».
(Eso, a tapar, a tapar).
«2º La permanencia en playas, clubs, bares, restaurantes y establecimientos análogos, bailes, excursiones, embarcaciones, y en general fuera del agua, en traje de baño, ya que éste tiene su empleo adecuado dentro de ella y no puede consentirse su uso más allá de su verdadero destino».
(Pues nada, a cambiarse nada más volver a la orilla).
«3º Que hombres o mujeres se desnuden o vistan en la playa, fuera de la caseta cerrada, para cambiar el traje de calle por el de baño, o viceversa».
(Aquellos grandes sacos en los que te metías asomando la cabeza para cambiarte estaban prohibidos en 1950).
«4º Cualquier manifestación de desnudismo o incorrección en el mismo aspecto, que pugne con la honestidad y buen gusto tradicionales entre los españoles».
(Si es que nada más antiespañol que el nudismo).
Tomar el sol con albornoz
«5º Los baños de sol sin albornoz puesto, fuera de las condiciones que a continuación se señalan».
Y señalaban que podía tomarse el sol vestidos con traje de baño en los soláriums...
«Las anteriores normas, que deberán ser particularmente observadas en las calles, playas, riberas de los ríos, piscinas y demás lugares de excursionismo, o locales y sitios de esparcimiento, se completarán con la instalación de solarios tapados al exterior, en los que, únicamente con la debida separación de sexos y vestidos al menos en traje de baño, se permitirá tomar baños de sol, siendo indispensable, tanto a la salida de dichos solarios, como a la del agua, el empleo de albornoces que cubran perfectamente el cuerpo».
(Y dale con los albornoces...).
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