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Niños en edad escolar disputando un partido de Multikirola. Arizmendi

Consulta la nueva sentencia del Superior contra el Multikirola: «La norma limita implicitamente el deporte de clubes»

El TSJPV considera que la nueva Orden Foral, aunque aparentemente legal, busca eludir el espíritu de la sentencia anterior a través de las limitaciones horarias a los clubes deportivos

Viernes, 28 de noviembre 2025, 16:20

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La nueva sentencia del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) supone un nuevo revés para el programa Multikirola de la Diputación foral de Gipuzkoa, modelo a través del cual se trata de impulsar que los niños y niñas en edad escolar practiquen distintas disciplinas deportivas.

En esta ocasión, la parte recurrente (la que ganó el caso original) solicita la nulidad de apartados de una nueva Orden Foral (F-KG-025-0421, de 5 de septiembre de 2025) que regula el programa de actividades físicas y deporte escolar para el curso 2025-2026. Argumentan que estos apartados intentan eludir el cumplimiento de la sentencia original (del pasado mes de enero), al establecer limitaciones que, en la práctica, fuerzan a los niños a inscribirse en el programa Multikirola (a continuación pueden leer la sentencia completa.

Alega que la nueva Orden Foral favorece el programa Multikirola, limitando el número de entrenamientos, competiciones y la disponibilidad de horarios para los clubes deportivos, creando una desventaja para la práctica deportiva fuera del programa Multikirola. Se considera que esto obliga indirectamente a los niños a inscribirse en Multikirola, lo cual es contrario al fallo de la sentencia previa.

La Diputación, por su parte, argumenta que las limitaciones impuestas en la nueva Orden Foral se justifican para salvaguardar una iniciación deportiva acorde con la normativa y favorecer la conciliación familiar. Niega que estas limitaciones impliquen una obligación de participar en el programa de multideporte, ya que la participación es voluntaria.

El TSJPV estima parcialmente la solicitud de nulidad, anulando específicamente el art. 2.1 (página 13) y el art. 2.1.5 (página 26) de la Orden Foral F-KG-025-0421. Considera que estos artículos, al priorizar las actividades del programa Multikirola y establecer que las demás actividades deportivas no pueden obstaculizarlo, imponen indirectamente una limitación que impide la libre práctica deportiva en los clubes. El tribunal destaca que la sentencia anterior impedía que la Administración impusiera el multideporte.

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