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Fotomontaje de la incineradora.

El Tribunal Superior rechaza la petición de GuraSOS de frenar la incineradora

Sostiene que «el interés emergente y sobrevenido» de la asociación «no puede prevalecer sobre el interés público en la ejecución del plan»

Lourdes Pérez

Lunes, 30 de enero 2017, 10:42

La Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha rechazado la petición de la asociación GuraSOS, opuesta a la construcción de la incineradora, para paralizar de manera cautelar la planta de Zubieta. El colectivo recurrió a los juzgados en verano para tratar de frenar las obras al considerar que la Diputación de Gipuzkoa había vulnerado el derecho a la participación ciudadana en la definición de la política de residuos.

En sentencia de once folios hecha pública este lunes por la mañana, la Sección Primera que preside el magistrado Javier Murgoitio concluye que no ha lugar a admitir la medida solicitada por GuraSOS porque el "interés emergente y sobrevenido" de la agrupación constituida el año pasado "no puede prevalecer sobre el interés público en la ejecución del plan, que se presenta largamente demorada cualquiera que haya sido la razón política o administrativa que haya podido influir en esa demora". Los demandantes pueden interponer recurso de casación ante la propia Sala en el plazo de 30 días a partir de que la resolución haya sido notificada a las partes.

El fallo que firman Murgoitio y sus compañeros Juan Alberto Fernández y Margarita Díaz, muy técnico en algunos de sus pasajes, combina el revés para las pretensiones de GuraSOS con un varapalo previo a la actuación del Juzgado de lo Contencioso número 2 de San Sebastián, cuyo auto del pasado 11 de agosto es desmontado ahora por el Tribunal Superior.

La Sala considera que el juez de primera instancia incurrió en "dos facetas de incongruencia" formales al denegar la medida cautelar reclamada ante él por la asociación para dejar sin efecto la incineradora. En tono duro, los magistrados revocan la negativa de su colega y asumen ellos la decisión sobre si deben pararse en estos momentos o no las obras a la espera de que la Justicia resuelva sobre el fondo de las impugnaciones con las que GuraSOS está intentando paralizar la planta de Zubieta cuando su adjudicación y el consiguiente inicio de los trabajos están a punto de cerrarse por parte del gobierno foral que integran el PNV y el PSE.

El veredicto es concluyente: el TSJPV recuerda que GuraSOS se registró como "entidad ciudadana de participación" en junio de 2016, lo que convierte su interés en "emergente y sobrevenido" por "legítimo" que pueda resultar y "no puede justificar" por sí mismo la suspensión de "cuantas actuaciones vinieran aprobadas, planificadas o programadas desde mucho tiempo atrás" por discutibles que le parezcan a los demandantes. En la obligada "ponderación" entre "unos intereses públicos de notable entidad" que emergen en una fase ya "decisiva" del proyecto y los "delimitados" de GuraSOS, la Sala de lo Contencioso antepone los primeros.

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