Borrar
Las diez noticias clave de la jornada
Un ciudadanos ejerce su derechoa voto.
Elecciones municipales

La excusa perfecta para librarse de una mesa electoral

Pese a que el 28-M es obligatorio cumplir con la designación como miembro de mesa electoral, la ley establece diferentes salvedades y excepciones… siempre que lo acrediten oportunamente ante una de las Juntas Electorales de Zona

Martín Alberdi

San Sebastián

Viernes, 19 de mayo 2023, 11:03

En las elecciones del 28-M los ciudadanos de Gipuzkoa están llamados a votar tanto a sus representantes municipales como a Juntas Generales. Es por ello que, como en todo proceso electoral, la designación de los miembros de cada mesa electoral se realiza por sorteo en función de la circunscripción y el lugar de residencia.

Las elecciones municipales y forales de 2023 en Gipuzkoa no son una excepción y la ley lo deja bien claro: siempre que seas elegido, es obligatorio que formes parte de la mesa electoral que te haya tocado en suerte. Eso sí, con excepciones. Y es que tal y como establece el BOE en su Instrucción 2/2023, de 13 de abril, de la Junta Electoral Central, es posible librarse siempre que se cumplan una serie de requisitos y se acredite oportunamente.

Estos son los motivos que te pueden servir para librarte de una mesa electoral en las elecciones municipales y forales 2023 en caso de que hayas sido designado.

Causas personales

Motivos que, por sí solos, justifican que puedas librarte de tener que formar parte de una mesa electoral. Siempre que, eso sí, deberán estar debidamente acreditados con sus respectivos justificantes y/o certificados laborales y médicos.

Excepciones en las elecciones municipales y forales 2023

  1. 1

    La edad: siempre que se tenga más de 65 años y menos de 70.

  2. 2

    La situación de discapacidad.

  3. 3

    La condición de pensionista de incapacidad permanente absoluta y gran invalidez.

  4. 4

    La situación de incapacidad temporal para el trabajo.

  5. 5

    La gestación a partir de los seis meses de embarazo y el período correspondiente de descanso maternal sea subsidiado o no por la Seguridad Social. También deben ser acreditados, bien con el certificado médico de turno, bien mediante copia del escrito de su reconocimiento.

  6. 6

    El internamiento en centros penitenciarios o en hospitales psiquiátricos.

  7. 7

    Haber formado parte de una mesa electoral previamente. Más concretamente, haber sido designado en al menos tres ocasiones en los últimos diez años.

  8. 8

    La condición de ser víctima de un delito, declarado o presunto, por la que se imponga una pena o medida cautelar de prohibición de aproximación, cuando el investigado esté inscrito en el censo de alguna de las mesas del colegio electoral.

Causas que por sí solas no justifican su exclusión de formar parte de una mesa electoral, pero que pueden servir de excusa en función de la valoración de la Junta Electoral de Zona.

Excepciones en las elecciones municipales y forales 2023

  1. 1

    La lesión, dolencia o enfermedad física o psíquica que, aunque no haya dado lugar a una declaración de incapacidad para el trabajo, impida ejercer las funciones de miembro de una mesa electoral, o convierta en particularmente difícil o penoso el ejercicio de tales funciones.

  2. 2

    La condición de pensionista de incapacidad permanente total para una determinada profesión, siempre que los factores determinantes de la incapacidad concurran también por analogía en el desarrollo de las funciones de miembro de la mesa electoral.

  3. 3

    La situación de riesgo durante el embarazo durante los primeros seis meses del mismo, siempre que los factores de riesgo concurran también por analogía en el desarrollo de las funciones de miembro de la mesa electoral.

  4. 4

    La previsión de intervención quirúrgica o de pruebas clínicas relevantes en el día de la votación, en los días inmediatamente anteriores, o en el día siguiente a aquella, siempre que resulten inaplazables.

  5. 5

    La pertenencia a confesiones o comunidades religiosas en las que el ideario o el régimen de clausura resulten contrarios o incompatibles con la participación en una mesa electoral.

  6. 6

    El cambio de la residencia habitual a un lugar situado en otra Comunidad Autónoma cuando se pueda justificar la dificultad que conllevaría formar parte de una mesa electoral.

Causas familiares

Responsabilidades familiares que, por sí solas, justifican que puedas ser relevado del desempeño de tu cargo en una mesa electoral. Al igual que en las anteriores, es imprescindible que se acrediten las razones.

Excepciones en las elecciones municipales y forales 2023

  1. 1

    La condición de madre, durante el período de lactancia natural o artificial, hasta que el bebé cumpla nueve meses. La acreditación se podrá realizar mediante una fotocopia del libro de familia o justificación del encargado del Registro Civil.

  2. 2

    El cuidado directo y continuo, por razones de guarda legal, de menores de ocho años o de personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.

  3. 3

    El cuidado directo y continuo de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad que por razones de edad, accidente o enfermedad, no pueda valerse por sí mismo.

Causas que por sí solas no justifican la exclusión de una mesa electoral, pero que pueden servir para evitar ser designado en función de la valoración de la Junta Electoral de Zona.

Excepciones en las elecciones municipales y forales 2023

  1. 1

    La concurrencia el día de la elección de eventos familiares de especial relevancia, que resulten inaplazables o en los que el aplazamiento provoque perjuicios económicos importantes, siempre que el interesado sea el protagonista o guarde con éste una relación de parentesco hasta el segundo grado de consanguinidad.

  2. 2

    La condición de madre o padre de menores de catorce años, cuando se acredite que el otro progenitor no puede ocuparse del menor durante la jornada electoral, careciendo además el interesado de ascendientes o de otros hijos mayores que puedan hacerlo.

Causas profesionales en las elecciones 2023

Excepciones en las elecciones municipales y forales 2023

  1. 1

    Aquellos que el día de las elecciones - 28 de mayo - deban prestar sus servicios a las Juntas Electorales, a los Juzgados y a las Administraciones Públicas que tengan encomendadas funciones electorales.

  2. 2

    Quienes deban prestar servicios esenciales de la comunidad de importancia vital durante la jornada electoral. Es el caso de los de carácter médico, sanitario, de protección civil, bomberos, etcétera.

  3. 3

    Los directores de medios de comunicación de información general y los jefes de los servicios informativos que deban cubrir la jornada electoral.

  4. 4

    Los profesionales que deban participar en acontecimientos públicos a celebrar el día de la votación, que estén previstos con anterioridad a la convocatoria electoral, cuando el interesado no pueda ser sustituido y la no participación del mismo obligue a suspender el acontecimiento, produciendo perjuicios económicos relevantes.

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariovasco La excusa perfecta para librarse de una mesa electoral

La excusa perfecta para librarse de una mesa electoral