Condenan a Bankinter a cesar el cobro a terceros de comisiones por ingresos en efectivo
BANCA ·
Los jueces, al igual que en el caso de Kutxabank, sentencian que el servicio debe incluirse en la comisión de mantenimiento que paga el titularLa Audiencia Provincial de Araba ha desestimado un recurso de Bankinter y ha ratificado una sentencia del Juzgado de lo Mercantil de Vitoria que condenaba a la entidad bancaria a que cese el cobro de comisiones a terceros por realizar ingresos en efectivos en cuentas bancarias de clientes de la entidad. Un fallo similar al conocido la semana pasada contra Kutxabank.
Bankinter cobraba dos euros de comisión a personas sin cuenta corriente en el banco pero que querían hacer un ingreso en efectivo a titulares de una cuenta de esa entidad. La Audiencia alavesa da por buena la sentencia judicial de septiembre de 2021 que consideraba «abusiva» dicha práctica y que esgrimía que el titular de Bankinter ya paga anualmente una comisión de mantenimiento que, a juicio del tribunal, debe incluir el servicio de ingreso en efectivo en esa cuenta por terceras personas. El fallo explica que permitir esos pagos de terceros «no supone un plus de servicio a sus clientes, sino una obligación con respaldo legal». Por tanto, esta práctica de Bankinter es rechazada judicialmente en segunda instancia. Contra esta resolución cabe recurso de casación ante el Tribuna Supremo.
Precisamente hasta este alto tribunal llegó un recurso muy similar de Kutxabank que el Supremo tumbó la semana pasada, como publicó este periódico. Ambas demandas han sido interpuestas por la Asociación de Consumidores y Usuarios Vascos (EKA-ACUV). La demanda contra Kutxabank pasó también por el Juzgado de lo Mercantil y la Audiencia de Araba, que estimaron la reclamación de los consumidores, al igual que ha hecho el Supremo. La de Bankinter, por ahora, lleva el mismo recorrido.