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El TSJPV desestima la petición de proceder a la «inmediata vacunación» de 180 ertzainas menores de 60 años

Afirma que la falta de vacunación no obedece a «una actuación negligente o descuidada», sino a la suspensión de AstraZeneca en menores de 60 años

europa press

Martes, 18 de mayo 2021, 14:05

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La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha desestimado la petición del sindicato ErNE de que se proceda a «la inmediata vacunación» de 180 ertzainas menores de 60 años que, en el momento de la petición, no habían recibido ninguna vacuna. En un auto hecho público este martes, al alto Tribunal afirma que «la falta de vacunación» de los 180 ertzainas «no obedece a una actuación negligente o descuidada», sino al «cese de utilización de la vacuna Vaxzevria (AstraZeneca) en personas menores de 60 años».

El auto recuerda que, el pasado 14 de mayo, el sindicato ErNE presentó ante la sala una solicitud de medidas cautelarísimas frente a las Consejerías de Salud y la de Seguridad, en materia de prevención de riesgos laborales y tutela de derechos fundamentales, en relación con la crisis sanitaria generada por la epidemia de la covid-19. En ella solicitaba que, de «manera inmediata y urgente», se vacunara a los 180 funcionarios de la Ertzaintza a los que todavía no se les ha inoculado ninguna vacuna« contra el coronavirus.

La petición de medidas cautelares se formuló de forma aislada, sin que formara parte de una demanda «en la que se actuara concreta acción colectiva» por ErNE «frente a la Consejería de Seguridad delGobierno Vasco».

El escrito de la central policial recuerda que el 12 de abril el consejo interterritorial del Sistema Nacional de Salud decretó el cese de la vacunación con Vaxzevria (AstraZeneca) de todas las personas menores de 60 años, como resultado de lo cual alrededor de 180 agentes de la Ertzaintza «no han sido inoculados con ninguna vacuna a fecha de hoy».

Tras asegurar que ha dirigido varias solicitudes, tanto a Osakidetza como a responsables de otros Departamentos del Gobierno Vasco, sin respuesta, recuerda que en la estrategia de vacunación anticovid, decretada por el Sistema Sanitario de Euskadi, existe un orden de prelación general en el que hay un Grupo 6, referido a «profesionales esenciales con mayor riesgo de exposición», en el que están las «Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Emergencias y Fuerzas Armadas», incluida la Policía Autonómica.

ErNE precisa que los 180 agentes a los que se refiere la medida cautelar solicitada pertenecen a «dicho grupo priorizado de vacunación», y no al Grupo 9, «referido a personas de entre 51 y 59 años» por lo que dice no entender «la razón de la discriminación que padecen estos 180 ertzainas», a los que se pone en riesgo su salud pues «no pueden dejar de realizar su trabajo pese a no estar vacunados».

La central sindical insiste en que «existe obligación del Departamento de Salud de realizar la actividad de vacunación reclamada» y, para justificar la petición de medidas cautelares, afirma que estos funcionarios «tienen un alto riesgo de contagio y que, teniendo en cuenta la duración media de los procedimientos judiciales, incluso la audiencia de la parte requerida generaría una demora y un riesgo grave, urgente e inminente».

La Sala considera que la solicitud del sindicato ErNE es «confusa» en cuanto al colectivo afectado, puesto que, por un lado, pide que «se proceda a la inmediata vacunación de los 180 funcionarios de la Ertzaintza a los que todavía no se les ha inoculado ninguna vacuna anticovid». En su opinión, ello supone «una clara incongruencia con la afirmación previa de que tendrían que ser vacunadas las personas agentes de la Ertzaintza entre 51 y 59 años».

También cree «llamativo» que solamente sean 180 los agentes en esa franja de edad «y que el resto de ertzainas, incluso con edades inferiores a los 51 años, ya haya sido vacunado», y apunta que «eso se desprendería de la petición en los términos que se realiza».

Asimismo, cree que «resulta llamativo que, si aún no hubiera sido inoculado, nada se solicite respecto de ese personal con edades por debajo de las indicadas«. El Tribunal insiste en que en la solicitud de la medida cautelar »se haga referencia a 180 ertzainas, sin relación alguna con su edad«.

Por otra parte, afirma que, del documento aportado por ErNE, denominado «Estrategia de vacunación covid19» del Sistema Sanitario de Euskadi, emitido por el Departamento de Salud del Gobierno Vasco, y actualizado el 15 de abril de 2021, establece, en un primer punto 1, un orden de prelación general con nueve grupos, entre los que consta un grupo 6, referido a 'Profesionales esenciales' con mayor riesgo de exposición«, dentro del que se incluyen »Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, Emergencias y Fuerzas Armadas, entre ellos la Ertzaintza. Ese mismo documento, se refiere al «Tipo de vacunas a utilizar en cada grupo de personas», y recuerda que «por acuerdo del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud del 7 de abril de 2021 y de la Comisión de Salud Pública de 8 de abril de 2021», la vacuna Vaxzevria (Astrzeneca), «se deja de utilizar en personas menores de 60 años».

El TSJPV indica que el documento pospone la vacunación con Vaxzevria de las personas menores de 60 años de los grupos 3B, 3C, 6 y 8 que todavía no se hayan vacunado, «que se vacunarán de forma prioritaria tras finalizar el grupo 5C, con la vacuna que se recomiendepara su grupo de edad«.

«De ahí resulta que la falta de vacunación de un determinado número de ertzainas no obedece a una actuación negligente o descuidada de las Consejerías de Salud y Seguridad del Gobierno Vasco requeridas, sino a unas decisiones ya referidas en relación con el cese de utilización de la vacuna Vaxzevria (AstraZeneca) en personas menores de 60 años y ladeterminación del modo y orden de vacunación del Grupo 6 - al que pertenece la policía autonómica -, que se ha fijado como se ha dicho«, precisa.

Para el TSJPV, «existen razones por las que el colectivo de ertzainas menores de 60 años aún no hayan recibido ninguna dosis de la vacuna contra la Covid19, razones relativas a la estrategia de vacunación (...) que sitúan ahora a este colectivo de ertzainas menores de 60 años, como a otros colectivos de grupos aún más prioritarios - los Grupos 3B y 3C - tras el Grupo 5C«.

Además, advierte de que la estrategia de Vacunación «no puede ser cuestionada en este litigio de solicitud de medidas cautelares sin audiencia de la parte requerida y que no consta haya sido impugnada«, por lo que »rechaza la solicitud de medidas cautelares«. Contra la resolución no cabe recurso.

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