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Limitaciones en arenales y piscinas

Playas con aforo y mascarilla, excepto al bañarse o en la toalla si hay distancia de seguridad

Diputaciones y Ayuntamientos podrán limitar el tiempo de estancia así como el acceso a aparcamientos «para facilitar el control de aforos»

Ane Urdangarin

San Sebastián

Sábado, 8 de mayo 2021, 10:44

¿Habrá que usar mascarilla todo el tiempo en playas y piscinas? Definitivamente, no. El decreto que se ha publicado este sábado en el BOPV especifica en el apartado dedicado a la utilización del protector que «no será exigible su uso en las playas durante el baño y mientras se permanezca en un espacio determinado», como por ejemplo tumbado en la toalla tomando el sol. Eso sí, se exime de su utilización «siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal». Como el año pasado, para los desplazamientos y paseos sí será obligatorio el uso de mascarilla a partir de los seis años.

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Además, y con el fin de evitar aglomeraciones que favorezcan una mayor transmisión del virus, el decreto recuerda que las Diputaciones Forales y los Ayuntamientos «deberán establecer limitaciones tanto de acceso como de aforo» en las playas a fin de asegurar que «se pueda respetar la distancia interpersonal de seguridad» entre las personas. Para ello podrán también establecer límites en los tiempos de permanencia en las mismas, así como en el acceso a los aparcamientos «en aras de facilitar el control del aforo de las playas».

La Diputación de Gipuzkoa y los ayuntamientos de municipios costeros llevan tiempo trabajando ya en la gestión de la temporada playera. Para evitar algunos desajustes puntuales que se produjeron el año pasado por la imposibilidad de los sistemas de videometría de cubrir el 100% de la superficie de las playas, el departamento foral de Medio Ambiente instalará este año más cámaras que permitan evitar la existencia de 'zonas oscuras', optimizando así la gestión de las afluencias y la información que tanto ciudadanos como ayuntamientos recibirán en tiempo real de la situación de las diferentes playas del territorio.

Piscinas al 50%

Respecto a las piscinas, tanto si son al aire libre o cubiertas, para uso deportivo o recreativo, deberán respetar el límite del 50% de su capacidad de aforo, «tanto en lo relativo al acceso como durante la propia práctica deportiva o recreativa».

El decreto subraya que cuando se usan las piscinas se deberán mantener «las debidas medidas de seguridad y protección», especialmente en la distancia de seguridad interpersonal.

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En las zonas de estancia de las piscinas se establecerá una distribución espacial para procurar la distancia de seguridad interpersonal de no convivientes, mediante señales en el suelo o marcas similares.

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