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Un beneficiario del subsidio para mayores de 52 años deberá devolver 5.679 euros al SEPE por deudas previas a la Seguridad Social

Deberá devolver las ayudas que cobró al no encontrarse al corriente de sus pagos con la Seguridad Social en el momento de solicitar la prestación

Javier Medrano

San Sebastián

Lunes, 1 de diciembre 2025, 08:26

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El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco ha confirmado la obligación de un trabajador alavés de devolver 5.679,53 euros correspondientes al subsidio por desempleo para mayores de 52 años que percibió entre noviembre de 2022 y octubre de 2023.

Según la resolución, el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) revocó el subsidio tras comprobar, mediante informes del Instituto Nacional de la Seguridad Social, que el beneficiario no se encontraba al corriente del pago de sus cotizaciones a la Seguridad Social en el momento de solicitar la ayuda, un requisito imprescindible para acreditar que reunía las condiciones necesarias para acceder a una futura pensión contributiva de jubilación.

El SEPE había reconocido inicialmente el subsidio el 9 de diciembre de 2022, después de que el INSS certificara que el solicitante cumplía todas las condiciones para jubilarse salvo la edad. Sin embargo, meses más tarde, una nueva revisión del organismo de la Seguridad Social determinó que, a fecha 22 de noviembre de 2022, el trabajador no reunía la «carencia específica» necesaria debido a cuotas impagadas.

Este matiz resultó determinante. El tribunal subraya que la ley exige que quienes soliciten el subsidio para mayores de 52 años acrediten que cumplen todos los requisitos para acceder a una pensión contributiva, salvo haber alcanzado la edad legal de jubilación. Para ello, es imprescindible estar al corriente en las cotizaciones.

En el fallo, el TSJVP recuerda además que la doctrina establece que el trabajador debe regularizar las cuotas pendientes, incluso si estas estuvieran prescritas, salvo que la Seguridad Social no haya activado el mecanismo de «invitación al pago», extremo que el recurrente no alegó, por lo que deberá llevar a cabo la devolución íntegra de las cantidades percibidas durante casi un año.

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