Donostia decreta el cierre del bar del Muelle por vender alcohol sin licencia
Urbanismo concede diez días al establecimiento para presentar alegaciones antes de la clausura definitiva de la actividad
El Ayuntamiento de Donostia ha iniciado un expediente de clausura del bar del Muelle que lleva desde 1989 vendiendo alcohol con una licencia de heladería. ... Al no atender los requerimientos del Departamento de Urbanismo para cesar de esta práctica, se ha tomado la decisión de ordenar el cierre del establecimiento, como ya se había advertido en abril. Ahora, los gestores del negocio tienen un plazo de diez días para presentar las alegaciones que estimen oportunas, según la ley.
Así lo ha anunciado este jueves la concejala de Planificación Urbanística y Vivienda, Nekane Arzallus, en el Pleno celebrado en el consistorio. La delegada del PNV ha defendido la actuación de su departamento en este caso, con la incoación de hasta cuatro expedientes para regular la actividad del bar Kantina Kaia. «Les hemos revocado la licencia, hemos declarado la ineficacia de la comunicación previa de actividad y hemos requerido el cese de la venta de alcohol», ha recordado Arzallus en respuesta a una moción de control de EH Bildu.
En zona saturada
Desde su apertura a finales de los ochenta, este negocio había funcionado dentro de la categoría 1 con licencia de heladería, pero con el cambio de propietarios hace seis años quiso dar el salto a la categoría 2, grupo en el que se permite vender bebidas alcohólicas. Para lograrlo, tramitó ante el consistorio una «comunicación previa de actividad» con un informe técnico firmado por el hijo de la jefa del Servicio de Actividades del Departamento de Urbanismo, que trabaja en un despacho de consultoría privado. Aunque por su ubicación dentro de un ámbito que a efectos administrativos pertenece a la Parte Vieja -zona saturada de establecimientos de hostelería- no puede funcionar como bar, la respuesta de la jefa del Servicio de Actividades fue favorable, dando «traslado» de la misma a la Diputación.
La asociación de vecinos del barrio, Parte Zaharrean Bizi, recurrió en abril del año pasado esta licencia y pidió al Ayuntamiento que realizase una labor de «inspección y control» de la actividad de Kantina Kaia y la declarara «contraria a la ordenanza municipal» de distancias. La concejala Nekane Arzallus acordó en mayo de 2024 «desestimar» esta solicitud y «notificar» la resolución al interesado, notificación que aparece firmada por la propia funcionaria jefa, recalca el informe.
La asociación vecinal recurrió entonces ante los tribunales, que al reclamar al consistorio el expediente para analizar el caso permitió a los servicios jurídicos del Ayuntamiento detectar las irregularidades cometidas en este asunto. El informe de la secretaria general afirmaba que la decisión de Urbanismo de rechazar el recurso de los vecinos «no se ajusta a derecho», solicitaba la suspensión del procedimiento contencioso-administrativo en curso porque «no hay informe técnico o jurídico que pueda sustentar la resolución» de este departamento, pedía la «revisión» de la licencia concedida al bar y reclamaba «llevar a cabo las actuaciones necesarias para conocer la intervención» de la jefa del Servicio de Actividades en el procedimiento, «con las consecuencias legales que en derecho procedan».
El propio informe jurídico del Ayuntamiento señalaba que la trabajadora obvió su «deber de abstenerse» en este expediente al concurrir, como establece la Ley 40/2015 de Régimen Jurídico del Sector Público, «parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado con los asesores que intervengan en el procedimiento». Este hecho, subraya el informe, «constituye una falta disciplinaria grave o muy grave, a tenor de las circunstancias concurrentes, tales como el grado de vulneración de la legalidad, la gravedad de los daños o el descrédito a la imagen pública de la Administración», tal y como se especifica en los artículos 179 y 181 de la Ley 11/2022 de Empleo Público Vasco.
Este caso provocó la apertura de un expediente informativo a la jefa del Servicio de Actividades y el inicio de la revisión de todos los procedimientos en los que ha intervenido a lo largo de su carrera profesional.
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