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El Tribunal Constitucional escenifica sus diferencias sobre la dispersión

Deniega el amparo a un preso condenado por kale borroka, pero con tres votos particulares que llaman a «repensar» estas sentencias una vez cesada la violencia de ETA

JORGE SAINZ

Miércoles, 15 de marzo 2017, 07:01

El debate sobre el alejamiento y la dispersión de los presos de ETA ha llegado ya con toda su intensidad al Tribunal Constitucional (TC). El alto tribunal escenificó ayer sus diferencias sobre este asunto en una sentencia que denegó el amparo por este asunto a un preso condenado por kale borroka. El fallo contra el recluso vino acompañado de un voto particular discrepante de tres magistrados, los progresistas Adela Asúa, Juan Antonio Xiol y Fernando Valdés Dal-Re. Los tres señalan, entre otras razones, que, cumplidos cinco años y medio del cese definitivo de la violencia de ETA, es hora de «repensar» decisiones como la de denegar el acercamiento a cárceles de Euskadi. Este desmarque fue aplaudido por el Gobierno Vasco.

El caso analizado por el pleno del TC inadmitió a trámite el recurso de amparo presentado por el preso Sabin Mendizabal Plazaola en contra de la decisión de Instituciones Penitenciarias y de la Audiencia Nacional de mantenerle en la cárcel de Valladolid, a 400 kilómetros de la vivienda de su familia en Gipuzkoa. Mendizabal, de 37 años y natural de Soraluze, fue condenado en 2009 a cuatro años y medio por la colocación de un artefacto casero contra la sede del PP de Ermua. Tras su fuga, fue incluido en la lista de los más buscados junto a Iñaki de Juana y 'Josu Ternera'. La Policía volvió a detenerlo en 2015 en Francia.

Su traslado a Valladolid motivó que presentara un recurso por entender que se había vulnerado su derecho fundamental a la intimidad familiar, de acuerdo a la Constitución y al artículo 8.1 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, atendiendo a la mala salud de sus padres y a la enfermedad de sus abuelos.

El juez de Vigilancia Penitenciaria denegó su pretensión recordando que Mendizabal es un preso «condenado por terrorismo, lo que exige especiales cautelas». También señalaba la posibilidad del reo de pedir permisos extraordinarios y que las enfermedades de sus abuelos, que no son parientes de primer grado, les «incapacita para las visitas a cualquier centro penitenciario con independencia de su distancia».

El pleno del TC explica en un auto que la Constitución no reconoce un «derecho a la vida familiar» equivalente al reconocido en el Convenio de Roma. La mayoría también desoyó la apelación de Mendizabal al Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo al limitar el alcance del artículo 8.1 que, dice el Constitucional, «no reconoce el derecho del preso a elegir su lugar de detención».

El auto cuenta con un voto particular de Xiol, todo un referente en la izquierda judicial, al que se adhirió la vicepresidenta del tribunal, la vasca Adela Asua, y el magistrado Fernando Valdés Dal-Ré. El voto alega la «necesidad de reconsiderar la jurisprudencia constitucional sobre el derecho a la intimidad familiar» para evitar «paradojas».

El escrito introduce la variante de la ausencia de violencia. «La situación de abandono unilateral de sus actividades por parte de la organización ETA desde hace ya algunos años también debe servir de elemento para hacer la debida ponderación en este tipo de decisiones», argumentan los tres magistrados. De esta forma, si bien el TC termina denegando el acercamiento a Mendizabal, en línea con otra reciente sentencia del Tribunal de Estrasburgo contra tres presos en Francia, se abre un debate jurídico sobre la vigencia de la dispersión.

Aplauso del Gobierno Vasco

Así lo interpretó, por ejemplo, el portavoz del Gobierno Vasco, Josu Erkoreka. Preguntado tras el consejo de los martes, dijo desconocer el contenido de la resolución y quiso ser cauteloso en su valoración. Pero consideró que de «entrada» sería «un dato positivo» porque parece que se defiende una tesis que «está en sintonía con planteamientos que ha formulado el Gobierno Vasco en más de una ocasión». «Habría que felicitarse», añadió el portavoz autonómico, quien sin embargo insistió en que para ver si ese voto particular avala «estrictamente» las posiciones del Gobierno Vasco habrá que estudiarlo en detalle.

Erkoreka subrayó, sin embargo, el conocimiento sobre Derecho Penal y Penitenciario de la magistrada Asúa -una de las firmantes del voto particular- de la que destacó que siempre «ha acreditado un buen hacer excelente» en estas materias. En este sentido, el portavoz del Ejecutivo vasco aseguró que cuando se lee sus votos particulares «uno ve lo carente de argumentación que quedan los fundamentos que dan sustento a la sentencia fundamental». El Ejecutivo de Iñigo Urkullu se ha mostrado contrario al alejamiento de los internos.

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