El TSJPV inadmite el recurso municipal al auto judicial del euskera en la Policía local de Donostia
Esta resolución supone, de facto, la firmeza de la sentencia que había anulado la convocatoria de dos plazas de guardia municipal para las que había que acreditar el B2
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha puesto fin al recorrido judicial de la polémica suscitada por la anulación de dos plazas ... para la Guardia Municipal de Donostia como consecuencia del requisito del perfil euskera, al inadmitir el último recurso presentado por el Ayuntamiento de San Sebastián, el pasado 5 de marzo.
La no admisión del recurso municipal por parte de la Sección 3ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJPV supone, de facto, la firmeza de la resolución que inicialmente anuló la convocatoria de los dos puestos en la de la Policía local de San Sebastián al exigir la acreditación del perfil B2 de euskera, que fue aprobada en Junta de Gobierno el 20 de diciembre de 2022.
Se trata de la segunda vez que el TSJPV rechaza un recurso de casación del Ayuntamiento donostiarra con motivo de la oferta pública de dos plazas de guardia municipal. En su auto, el que ya no cabe recurso alguno y al que ha tenido acceso este periódico, el tribunal rechaza la alegación del Ayuntamiento, que consideraba que la justicia estaba vulnerando el derecho fundamental a la tutela judicial efectiva del artículo 24.2 de la Constitución, en su vertiente de derecho a obtener una resolución fundada en derecho, al entender el número de plazas convocadas con perfil lingüístico respetaba el porcentaje de agentes de policía de su plantilla que ya dispone de dicho perfil B2.
El nuevo fallo señala que «en modo alguno se ha producido en el presente caso» tal vulneración. El tribunal argumenta que «existe indefensión cuando se sitúa a las partes en una posición de desigualdad», y «en modo alguno» se da, según precisa la sentencia.
El TSJPV, por tanto, rechaza el recurso del Ayuntamiento presentado contra la sentencia dictada el 11 de septiembre de 2024 y da por «reproducido» el fundamento jurídico que dio en su anterior resolución contra el consistorio. En aquella resolución, el tribunal dio la razón al denunciante, representado por el letrado Francisco Ignacio López Lera, que argumentó que la exigencia de acreditar el perfil B2 para acceder a esas dos plazas de policía «implicaba la vulneración de su derecho fundamental a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos» recogido en la Constitución. El juzgado dio íntegramente la razón a este particular al entender que es la Administración la que «ha de buscar la vía para garantizar la posibilidad de que los ciudadanos puedan relacionarse con ella en euskera» sin que «suponga una discriminación» en su derecho a acceder al empleo público para aquellos que no lo conocen.
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