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Exterior de la residencia Yurrreamendi de Tolosa Royo

Las primeras sentencias dictan que las residencias no han desprotegido a sus trabajadoras

Los tribunales rechazan las demandas de ELA y absuelven a las empresas que gestionan los centros Yurreamendi de Tolosa y San José de Ordizia y al organismo foral Kabia

Arantxa Aldaz

San Sebastián

Viernes, 24 de abril 2020, 17:00

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La crisis sanitaria del coronavirus ha derivado también en una batalla judicial emprendida por el sindicato ELA contra las empresas gestoras de cinco residencias en Gipuzkoa y contra el organismo Kabia dependiente de la Diputación, responsable de la gestión. Las dos primeras sentencias, dictadas este viernes, han desestimado el argumento del sindicato ante una posible vulneración del derecho a la integridad física de la plantilla y resuelven que las trabajadoras de los centros de Yurreamendi en Tolosa y San José de Ordizia no han estado desprotegidas, al contrario, «no ha habido inactividad, y sí una constante adopción de medidas preventivas con los criterios existentes, en el contexto temporal considerado y con los medios que se han contando», recoge en concreto la sentencia sobre Yurreamendi.

La Justicia absuelve por tanto en primera instancia a las empresas Zu eta Biok (Yurreamendi) y Eulen (San José), así como al organismo foral Kabia, si bien ambas resoluciones pueden ser recurridas por ELA ante el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. La central, con mayoría en el sector y que mantiene un pulso laboral para la negociación del convenio colectivo -aplazó la huelga de más de 200 días cuando se decretó el estado de alarma por la crisis del coronavirus-, tiene pendientes las sentencias de los casos abiertos contra los centros Iturbide de Arrasate (gestionada por Aita Menni), Berra en Donostia (del grupo Domus VI) y Argixao en Zumarraga (Matia Fundazioa), en cuyo caso el juzgado ya ha desestimado medidas cautelares a la espera de juicio. En un primer instante, los juzgados admitieron las solicitudes «cautelarísimas» reclamadas por ELA para Yurreamendi y San José, como el suministro de EPIs o la realización de test a toda la plantilla, si bien unos días más tarde se desestimaron al entender que ya se habían puesto en marcha, como también detallan las dos sentencias ayer dictadas.

La sentencia del caso de Yurreamendi, donde 14 residentes han fallecido y también se han dado contagios entre 15 trabajadoras, repasa la sucesión de medidas adoptadas desde el pasado 28 de febrero, y respecto al suministro de EPIs, uno de los asuntos más polémicos, afirma que «al menos desde el día 10 de abril todos los trabajadores» cuentan con ellos. «Partiendo de la escasez» de material, «se evidencia una adecuada gestión de los medios disponibles y existentes, con una distribución eficiente de la misma», afirma el texto judicial que subraya que «la residencia y la Diputación han desplegado una actividad continua y diligente».

Dificultades de suministro

La sentencia sobre la gestión en San José de Ordizia dice que «es completamente falso que no se haya hecho nada por las demandadas hasta que se detectasen casos positivos», recoge el escrito judicial. En este centro, se han registrado 22 muertes a causa del virus y 53 mayores contagiados. 24 trabajadoras han dado positivo, el 60% casos asintomáticos. La resolución señala las evidentes dificultades y fracasos de las autoridades gubernativas en el suministro de estos medios -los test y los EPIs-». Concluye que «la existencia de un riesgo, de perfiles y desenvolvimiento oscuros, si bien de efectos terribles como se ha demostrado, no supone per se la infracción de un derecho si no se prueba que haya sido violado». Y dice que, «a la vista de la propia gestión por las autoridades sanitarias y gubernativas», no se puede exigir «más diligencia» a una empresa, «y sobre todo previsión anticipada en el grado pretendido por el sindicato demandante, que a estas instancias».

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