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Una mujer se cubre la cara con las manos. Fotolia
Euskadi ultima una ayuda de 3.420 euros para las víctimas de violencia sexual

Euskadi ultima una ayuda de 3.420 euros para las víctimas de violencia sexual

El decreto regula la prestación para mujeres que han sido agredidas en los últimos cinco años, alrededor de 2.700 en el País Vasco, y que «carecen de rentas suficientes»

Macarena Tejada

San Sebastián

Jueves, 20 de febrero 2025, 00:06

Euskadi ultima un decreto para poner en marcha una ayuda de un mínimo de 3.420 euros para las víctimas de violencia sexual. Esta medida, recogida en la ley del 'sí es sí', busca arropar a las mujeres que han sufrido algún ataque contra su libertad sexual en los últimos cinco años –es el plazo que tienen para cobrar la prestación– y que, además, «carecen de rentas suficientes». El País Vasco contabiliza alrededor de 2.700 víctimas de delitos contra la libertad sexual desde 2020. Estas podrán recibir la cuantía que les corresponda, dependiendo de su situación personal, en un único pago o en seis mensualidades. Y para ello deben cumplir cuatro requisitos: estar empadronadas en algún municipio vasco; carecer de rentas superiores, en cómputo mensual, al salario mínimo interprofesional; acreditar la situación de víctima de violencia sexual mediante una sentencia condenatoria, un informe de los servicios sociales o un documento sanitario en el caso de menores; y no haber sido beneficiaria de esta ayuda con anterioridad, según recoge la orden de aprobación previa del proyecto de decreto al que ha tenido acceso este periódico.

Esta nueva ayuda está dirigida, en concreto, a las mujeres vulnerables que han sido víctimas de violencia sexual para «garantizar su autonomía económica y facilitar así la recuperación integral de las víctimas más vulnerables». El Departamento de Bienestar, Juventud y Reto Demográfico pone así como requisito que estas personas «carezcan de rentas mensuales superiores al salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias», con matices en el caso de las víctimas menores de edad o económicamente dependientes.

Cobro

La ayuda se podrá cobrar en un único pago o mensualmente, durante medio año

Así, se establece que, con carácter general, la cuantía que reciban estas mujeres «será el equivalente a seis meses de subsidio por desempleo», que en la actualidad se sitúa en 570 euros. Pero esta cantidad irá en aumento dependiendo de la situación de cada una. Por ejemplo, cuando la víctima tenga personas a cargo, «la ayuda será el equivalente a doce meses de subsidio por desempleo», si la mujer tiene a cargo un familiar o una persona menor de edad acogida. Incrementará a los dieciocho meses de subsidio cuando esta tenga a su cargo dos o más familiares o menores de acogida, así como un familiar y un menor. Esto es, dos personas en total. Además, si la víctima tiene reconocido oficialmente un grado de discapacidad igual o superior al 33% el importe también aumenta, y en este caso puede alcanzar hasta los veinticuatro meses de subsidio por desempleo si además tiene dos o más personas a su cargo. Puede cobrarse en una única vez o mensualmente durante medio año.

Plazo

El plazo de solicitud de esta ayuda, una vez entre en vigor, será de cinco años a contar desde el último de los títulos emitidos a favor de la víctima acreditativo de esa condición. De este modo, se empezará a contar desde el día en que se notifique la sentencia condenatoria, la orden de protección o cualquier otra resolución judicial que acuerde una medida cautelar a favor de la mujer, así como el momento que acredite su condición de víctima por otra vía, como los servicios sociales.

Cantidad

La cuantía «será el equivalente a seis meses de subsidio por desempleo»

La propia mujer agredida puede solicitar la prestación o hacerlo a través de quien ostente su representación. Este proceso se podrá realizar bien de forma electrónica o presencialmente en las oficinas del servicio de atención ciudadana del Gobierno Vasco Zuzenean. La ayuda, por su parte, podrá ser prorrogada una sola vez, a petición de la persona beneficiaria, siempre que hayan transcurrido seis meses desde la concesión y que se mantengan las condiciones que la motivaron. Además, esta prestación será compatible con otras similares, como las indemnizaciones.

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