Desescalada en Euskadi: Criterios sanitarios para las playas
El Departamento de Salud del Gobierno Vasco ha establecido los criterios sanitarios para la apertura de playas y zonas de baño de esta temporada veraniega
DV
San Sebastián
Miércoles, 20 de mayo 2020, 19:25
El Gobierno Vasco ha publicado este miércoles los criterios sanitarios necesarios para la apertura de la temporada de verano en las playas de Euskadi. Para ello apela al «papel activo y responsable de la ciudadanía» y pide un uso responsable de las playas y zonas de baño, de forma que se minimicen los riesgos de un rebrote de la pandemia del coronavirus.
Publicidad
-
Antes de ir a la playa
1.Si tiene síntomas compatibles con la COVID-19 (fiebre, tos, síntomas respiratorios...) no acuda a la playa. Consulte con su centro de salud.
2.Acuda a una zona de baño próxima e infórmese de las condiciones de uso, de acceso y aforos.
3.Planifique estancias más cortas en la playa (máximo de 2-3 horas). Es una forma de reducir aglomeraciones y de compartir. Piense en los demás.
-
En la playa o zona de baño
4.Mantenga al menos 2 metros de distancia con las personas con las que no conviva, tanto en el agua como fuera.
5.Lávese y desinféctese las manos frecuentemente. Evite tocarse ojos, nariz y boca sin haberse lavado antes las manos.
6.Cubra la boca al toser y estornudar con un pañuelo desechable o con la parte interna del codo.
7.No comparta toallas y lave las toallas y trajes de baño al llegar a casa.
8.Vigile a los menores e insista en que cumplan las medidas preventivas.
9.Siga las normas y condiciones de uso de la playa. Respete las indicaciones y recomendaciones de los servicios de salvamento y socorrismo.
10 Ante síntomas compatibles con la COVID19 (como problemas respiratorios, tos, fiebre...) abandone la playa cuanto antes y consulte a su centro de salud
-
Distanciamiento social
El Departamento de Salud también establece varias medidas para promover el distanciamiento social, aunque en cada playa «deberá valorarse qué medidas preventivas y nuevas normas de uso pueden implantarse y son más convenientes». Algunas posibles medidas para su valoración por cada ayuntamiento son:
1.Ordenar accesos, sentidos de entrada y salida
2.Control de aforo. En aquellas zonas de baño que sea posible, implementar un sistema de medida y control de aforos y darlo a conocer. Cuando sea posible, en las playas de mayor uso, informar periódicamente a lo largo del día del nivel de ocupación de la playa
3.Establecer o recomendar tiempos más cortos de permanencia en la playa (estancias de 2-3 h) .
4.Horarios de uso y franjas horarias: dar prioridad a determinados grupos de edad a ciertas horas.
5.En las playas en las que el arenal quede muy reducido en marea alta, establecer recomendaciones o normas de uso para estos periodos o, como ya ha comunicado el Ayuntamiento de San Sebastián en el caso de La Concha, prohibir su uso durante la pleamar.
6.Organizar los usos del arenal: eliminar todo el equipamiento que no sea imprescindible, organizar circuitos y horarios de paseos; no permitir, en las horas de afluencia de público, actividades deportivas de grupo en la arena.
7.Establecer medidas de mantenimiento de distancias de seguridad y procedimientos de limpieza y desinfección tras cada uso para actividades de acuáticas deportivas y de ocio (embarcaciones, kayak, tablas,etc...).
Según apunta el Gobierno Vasco, la mayoría del equipamiento habitual de la zona de baño, si se comparte, «es un potencial foco de contagio por contacto, por ello es recomendable que se mantenga solamente lo imprescindible y que se extreme la desinfección y limpieza». Se determinan las siguientes pautas a seguir:
1.
2.Vestuarios. También será imprescindible poder mantener buena ventilación. Se restringirá su uso a personas con necesidades especiales y se deberá incrementar la frecuencia de limpieza y desinfección en función de los horarios y del uso.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
-
Medidas de protección de los trabajadores
1.Cada gestor elaborará o actualizará el protocolo con todas las medidas en materia de prevención de riesgos laborales, evaluación de los riesgos y las medidas adoptadas para minimizar el impacto en la salud de los trabajadores, con especial hincapié en la higiene personal y las medidas de protección individual.
2.El protocolo deberá ajustarse y aplicarse conforme a lo establecido en el Procedimiento de actuación para los servicios de prevención de riesgos laborales frente a la exposición al SARS-CoV-2, del Ministerio de Sanidad, en función de la naturaleza de las actividades, la evaluación del riesgo para los trabajadores y las características del agente biológico.
Documento completo
Suscríbete los 2 primeros meses gratis
¿Ya eres suscriptor? Inicia sesión