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El Consorcio de Residuos recurrirá la sentencia que exculpa a Errazkin e Intxaurrandieta

G. L.

SAN SEBASTIÁN.

Jueves, 25 de octubre 2018, 06:25

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El Consorcio de Residuos de Gipuzkoa recurrirá la sentencia del Tribunal de Cuentas de España que exculpa al ex diputado foral de Medio Ambiente, Iñaki Errazkin, y a la expresidenta de Gipuzkoako Hondakinek Kudeaketa (GHK), Ainhoa Intxaurrandieta, en el procedimiento de reintegro por alcance abierto contra ellos por su responsabilidad en la paralización de la incineradora de Zubieta en 2013, durante la legislatura de EH Bildu.

La demandante, GHK -gestionada ahora por PNV y PSE-, solicitaba a estas dos personas, con respaldo del fiscal del órgano estatal de fiscalización, la aportación de una cantidad superior a los 40 millones de euros en compensación a las pérdidas que considera provocadas directamente por la inejecución de la infraestructura: indemnizaciones más costes financieros sujetos a los swaps, los seguros de cobertura de la fluctuación de los tipos de interés.

La sentencia del Tribunal de Cuentas no solo eximía a los dos excargos públicos de EH Bildu del pago de estas cantidades sino que entraba al fondo de la cuestión para concluir que la planta paralizada estaba «sobredimensionada» y que continuar con su construcción acarrearía, tal y como sostenía la defensa, mayores costes.

El presidente del Consorcio, el también diputado foral de Medio Ambiente José Ignacio Asensio, envió ayer a los asambleístas la convocatoria de Asamblea General para el lunes, con el único punto en el orden del día de la aprobación, si procede, de la propuesta de interposición de recurso de apelación. La mayoría que ostentan en la asamblea PNV y PSE garantiza que la votación sea favorable.

Junto a la convocatoria, los asambleístas recibieron ayer un informe jurídico sobre la sentencia del Tribunal Constitucional donde se manifiesta, entre otras cosas, que «el sobredimensionamiento no afecta a la posibilidad de funcionamiento» y que «la conclusión final en la que se basa toda la sentencia no está soportada ni en las pruebas que se han practicado, ni en las normas procesales relativas a las pretensiones de las partes, ni las relativas a la carga de la prueba». Tal informe concluye que «se puede decir que existen argumentos importantes y es por ello aconsejable formalizar un recurso razonado».

La iniciativa se presenta ante el propio Tribunal de Cuentas, aunque el recorrido judicial podría llegar hasta el Supremo por la vía ordinaria.

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