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La superficie útil del inmueble es de 27,94 metros cuadrados y dispone de un único dormitorio. morquecho

El Ararteko pide que cambien de VPO a una mujer y su hijo por vivir en 27 metros cuadrados

Pide al Gobierno Vasco que revise la denegación de la solicitud de acceder a otro alojamiento, ya que el actual solo tiene una habitación

Javier Guillenea

San Sebastián

Jueves, 15 de septiembre 2022, 16:35

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El Ararteko ha pedido al Gobierno Vasco que revise la resolución por la que la Delegación Territorial de Gipuzkoa ha denegado una petición de cambio de vivienda cursada por la inquilina de un alojamiento dotacional que había solicitado la reubicación al entender que las características de la vivienda no eran idóneas para su unidad de convivencia.

En su petición, la reclamante, que constituye una unidad de convivencia monoparental con un menor a su cargo, expuso que la Delegación de Vivienda le adjudicó un alojamiento dotacional en noviembre de 2021 y lo aceptó debido a su «difícil situación económica y el alto precio de los arrendamientos en el mercado libre en San Sebastián». Sin embargo, manifestó que la superficie útil del inmueble era de 27,94 metros cuadrados y disponía de un único dormitorio. Por ello, alegó que el alojamiento se encontraba en una clara situación de sobreocupación, dado que no disponía de la superficie legalmente prevista y solicitó el reconocimiento de la necesidad específica de vivienda.

Argumento

La mujer señaló que el piso se encontraba en una clara situación de sobreocupación

A pesar de ello, el pasado mes de mayo el delegado territorial de Vivienda de Gipuzkoa denegó la solicitud con el argumento de que, «aunque el alojamiento dotacional tenga una superficie útil inferior a 30 m2, no se ha producido modificación de la unidad convivencial desde que el mismo fue adjudicado y, además, aunque no se ha presentado certificado de empadronamiento de la solicitante y de su hijo en el alojamiento dotacional, es imposible que la antigüedad del empadronamiento cumpla con el mínimo de un año». Sin embargo, no se realizó consideración alguna relativa a la situación de sobreocupación de la vivienda.

Tras recibir la reclamación de la mujer, el Ararteko solicitó un informe al Departamento de Vivienda del Gobierno Vasco en el que se explicasen los motivos y las razones jurídicas por las que el delegado territorial de Vivienda de Gipuzkoa no se había pronunciado favorablemente sobre la solicitud de reubicación «a pesar de haber detectado una situación de sobreocupación». En su respuesta, el departamento adjuntó un informe elaborado por el delegado de Vivienda, en el que se confirma la denegación de la solicitud y reitera la exigencia de llevar al menos un año empadronado en el alojamiento dotacional adjudicado.

Situación clara

El hecho de que la vivienda no disponga de la superficie útil legalmente prevista supone, a juicio del Ararteko, que «la solicitud de reconocimiento de la necesidad específica de cambio de vivienda esté debidamente justificada, de conformidad con las exigencias normativas de la Ley de Vivienda». Por ello, el Ararteko recomienda a la consejería dirigida por IñakiArriola que revise la resolución por la que la Delegación Territorial de Gipuzkoa ha denegado la solicitud de reconocimiento de necesidad específica de cambio de vivienda, «pues se ha comprobado que el inmueble en el que residen la reclamante y su hijo menor de edad se encuentra en una clara situación de sobreocupación» y no garantiza «el disfrute de una vivienda digna y adecuada».

Resolución

El Ararteko sostiene que el alojamiento no garantiza «el disfrute de una vivienda digna»

En su resolución, el Ararteko señala que, «una vez se haya detectado una situación de sobreocupación en una vivienda, esta no cumpliría la función social legalmente atribuida, independientemente de que la persona adjudicataria no alcance el año de residencia efectiva en la misma».

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