Polémica por otra convocatoria antiabortista en San Sebastián
'Rezar no es delito' organiza una marcha este sábado que terminará frente a la clínica Askabide. Los grupos feministas solicitan que se prohíban este tipo de concentraciones.
Los movimientos antiabortistas no tienen intención de cejar en su empeño de mostrar su repulsa a esta práctica legal. Este sábado 'Rezar no es un delito' ha convocado una manifestación a las 19.30 horas en Donostia para ir «en procesión» desde el centro Koldo Mitxelena hasta la calle Easo 79 donde se encuentran la clínica Askabide.
No es la primera vez que realizan este tipo de acción, su anterior convocatoria en abril acabó con un encontronazo a las puertas del centro donostiarra entre partidarios de este movimiento y representantes de grupos feministas en el que tuvo que intervenir la Ertzaintza. Askabide es la única clínica autorizada de Gipuzkoa que realiza aborto farmacológico y el aborto quirúrgico con anestesia local y sedación.
Esta convocatoria se produce tan solo cuatro días después de que las Juntas Generales de Gipuzkoa hayan aprobado una propuesta para que se penalice el acoso a las mujeres que acuden a centros para la interrupción voluntaria del embarazo. Además la Cámara foral mostró su «rotundo rechazo» ante «cualquier manifestación de grupos ultracatólicos, antiabortistas o de naturaleza similar que conlleve el acoso e incitación a un retroceso en los derechos ya consolidados de las mujeres y que implique interferir, intimidar o coaccionar en la toma de decisiones sobre su propio cuerpo».
Al mismo tiempo se han empezado a escuchar voces de distintos colectivos feministas que solicitan que este tipo de manifestaciones se puedan también limitar o prohibir por considerarlas una forma de acoso y coacción, al igual que otros supuestos recogidos en la reforma del Código Penal de hace menos de un mes.
El pasado 14 de abril se aprobó una ley orgánica que reforma el Código Penal para castigar con penas de cárcel el acoso a mujeres que acuden a clínicas abortivas entró en vigor. El texto recoge que todos aquellos actos «molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos» que «menoscaben la libertad de las mujeres» serán castigados con la pena de prisión de tres meses a un año o bien con trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 80 días, y establece que el tribunal podrá prohibir a los autores de este delito que acudan «a determinados lugares por tiempo de seis meses a tres años».
La norma también incluye que el acoso que se ejerza a los trabajadores y profesionales de las propias clínicas será asimismo objeto de pena, y hace hincapié en que no es necesaria la denuncia para la persecución de este tipo de hechos intimidatorios.
Este cambio en el Código Penal equipara a España a otros países de su entorno en la defensa del derecho a la interrupción voluntaria del embarazo, como Alemania, Austria, Reino Unido y Francia. En este último existe una tipificación parecida, aunque con penas diferentes. La ley francesa de 2017 contempla dos años de prisión y hasta 30.000 euros de multa en el caso de que se trate de impedir o se impida la práctica del aborto, incluso la obtención de información sobre el mismo.
La interrupción del embarazo ha pasado al primer plano de la actualidad internacional y del debate tras la filtración de que el Supremo de Estados Unidos se dispone a derogar el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo en el primer trimestre después de medio siglo en vigor.