El fallo que perdona deudas con el fisco traerá un aluvión de quiebras a partir de junio
Despachos de abogados especializados consideran que la sentencia del juez que libera a un empresario de Irun del pago de su pasivo con Hacienda y el fin de los ERTE dispararán los concursos
Los autónomos y pequeños empresarios vascos que se arruinen en esta crisis y se acojan a Ley de la Segunda Oportunidad, concebida para ... liberar de deudas y aligerar la carga financiera de aquellas personas en graves apuros económicos, podrían interponer en masa procedimientos concursales a partir del segundo semestre y liberarse también de sus cuentas pendientes con entidades públicas como Hacienda y la Seguridad Social. Es la conclusión de los expertos consultados al hilo de la sentencia del juzgado mercantil nº1 de San Sebastián, adelantada ayer por DV, que libera a un empresario del transporte de Irun, cuya compañía quebró en 2017, de su deuda con la Hacienda foral, que ascendía a 661.000 euros.
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El fallo ha despertado el interés de muchos pequeños empresarios y trabajadores por cuenta propia cuyos negocios penden de un hilo por los estragos económicos de la pandemia. Y es que la sentencia del magistrado Pedro José Malagón, en contra del criterio normativo del Gobierno recogido en el texto refundido de la Ley Concursal aprobado el pasado mayo, que mantenía los créditos públicos –Hacienda y Seguridad Social– fuera de la exoneración, alivia sin embargo al deudor de esa pesada losa con el fisco amparándose en la legislación europea. Y abre la puerta a liberar de sus deudas con la Administración a pequeños empresarios y autónomos que quiebren.
El caso juzgado se refiere a un empresario que en su día tuvo una compañía de transporte en Irun que se vio obligado a cerrar. La Diputación le derivó a su patrimonio personal toda la deuda generada por la empresa, 788.410,95 euros, y el deudor se acogió a la Ley de Segunda Oportunidad. En ese proceso liquidó todos sus bienes y redujo su pasivo, pero le quedaron pendientes de pago 661.000 euros con Hacienda. El fisco presentó una demanda contra la exoneración de su deuda, pero el magistrado Malagón rechazó su tesis y aprobó la liberación.
Los letrados aplauden el fallo porque «no aplica» la ley aprobada y se remite a la directiva europea
Juan Luis Alfaro, letrado del despacho donostiarra ATE Asesores Legales, comparte íntegramente la resolución judicial y agrega que supone la aplicación directa de la normativa europea, adelantándose a los trámites de transposición que debe efectuarse antes del 17 de julio y cuya finalidad es «mejorar el marco legal» para que un emprendedor pueda comenzar de nuevo tras un fracaso empresarial.
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Alfaro agrega que el dictamen del tribunal donostiarra «evita vaciar de contenido» la Ley Concursal y mantiene «coherencia» con su finalidad de exonerar el pago de la deuda. A su juicio, cuando la Audiencia Provincial –instancia que debe resolver el recurso de apelación presentado por la Hacienda foral– emita su fallo, «ya debería estar tramitada la transposición, por lo que ratificaría el criterio de primera instancia».
El experto considera que a partir de entonces, no antes del verano, se producirá un aluvión de procedimientos concursales con estas características. Y aporta un segundo factor: el vencimiento de los ERTE, cuya prórroga vigente alcanza hasta el 31 de mayo. Desde su punto de vista, cuando se agote esta herramienta, utilizada con profusión durante la pandemia para preservar el empleo, a lo que se sumará la devolución de las ayudas económicas, muchos afectados por el cierre de sus negocios se verán forzados a recurrir a la vía del concurso.
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La quiebra se centra en los sectores más afectados por la pandemia, como el comercio y la hostelería
Pese a que desde ATE Asesores confiesan que «no podemos cuantificar» los autónomos que se encuentran en una situación similar, la consultora especializada Iberinform da una pista sobre la situación del tejido empresarial y cifra en un 13% el aumento de las insolvencias empresariales en el Estado en diciembre respecto al mismo mes del año anterior.
Lo que sí concretan desde el despacho donostiarra es que la quiebra o la amenaza de cierre del negocio se centra en los sectores más castigados por la pandemia como «la hostelería, el transporte, el sector del juego, las agencias de viajes, pequeños comercios... Quizás el perfil más repetido es el de un autónomo con entre tres y cinco empleados».
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Una decisión «innovadora»
El abogado Carlos Pavón, especialista en reestructuraciones y concursos de acreedores, también valora de forma positiva el fallo que exonera al empresario de Irun de su deuda con el fisco porque el juez «deja de aplicar» una ley aprobada y se remite a la directiva europea. En su opinión, es una decisión «compleja y extraordinaria, innovadora e independiente».
Pavón asegura que hay «miles de casos de personas expectantes» en el Estado, por lo que deduce que serán cientos en Euskadi, y pendientes de las próximas resoluciones judiciales, aunque reconoce que el asunto no está resuelto todavía ni tiene por qué ser otra vez favorable para los intereses del deudor, ya que los tribunales de máximo nivel «tienden a ser próximos y sensibles» a las grandes instituciones.
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Los expertos creen que hay «miles de personas» pendientes de las próximas sentencias
Kino Martínez, secretario general de la asociación Hostelería Gipuzkoa, uno de los sectores más afectados por el Covid, también califica como «positiva» la sentencia del juez donostiarra porque permitirá «aliviar» la carga financiera. A su juicio, debido a «la falta de ayudas y de rescate» al sector, «más de uno y más de dos» establecimientos pueden cerrar en condiciones difíciles.
También subraya que «no nos gustaría» tener que recurrir a estos procedimientos porque, además, los negocios hosteleros no están cerrando por que el modelo de negocio «esté agotado» o por una mala gestión, sino por un agente exógeno como la epidemia.
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La Federación Mercantil de Gipuzkoa declinó ayer valorar la sentencia.
El fallo alavés exoneró al deudor del pago a la Seguridad Social
Además del dictamen del juez mercantil donostiarra, en Álava hubo un fallo similar anterior relacionado con esta cuestión, aunque en ese caso la reclamación no era de Hacienda sino de la Seguridad Social. El afectado es una persona que se acogió a la Ley de la Segunda Oportunidad porque con una nómina de 880 euros tenía una deuda de 84.913. Optó por la alternativa de un plan de pagos a cinco años para devolver 8.007 euros. El resto, deuda con dos bancos, se le perdonaba. La Tesorería de la Seguridad Social –a la que debía 3.436 euros– se opuso, pero la jueza la liberó del pasivo al aplicar la doctrina del Supremo.
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