La financiación externa a 'startup' de I+D en Gipuzkoa apenas alcanza el 10% de Bizkaia
La normativa para favorecer a las 'startup' y facilitarles liquidez funciona a medio gas. Entre 2017 y 2018, 22 sociedades han dado apoyo financiero a 37 proyectos empresariales en el territorio, con unas deducciones de 2,95 millones frente a los 23 millones de los vizcaínos
Uno de los principales quebraderos de cabeza para las 'startup' es cómo conseguir la financiación suficiente para evitar la insolvencia y disponer de ... capital hasta demostrar la viabilidad del producto o del servicio con métricas reales. La diferencia fundamental entre las empresas que logran salir adelante y las que fracasan, radica en la manera en que las primeras gestionan estos problemas.
Hace tres años la Diputación foral, consciente de esta dificultad, decidió utilizar la fiscalidad para atraer el interés del capital al servicio del emprendizaje innovador. Para ello, aprobó una norma 'ad hoc' dentro del Impuesto de Sociedades que permitía derivar los incentivos a la I+D que corresponderían a la 'startup', de los que en la práctica no se beneficia al no contar con ingresos que declarar y por tanto sobre los que tributar, a un inversor externo, que de esa forma reduce su factura con el fisco.
El objetivo final era dotar a los investigadores de un nuevo argumento para obtener financiación de los inversores. Es decir, se trataba de facilitarles una catapulta imprescindible en sus primeros años de vida, cuando generalmente sobran las ideas pero falta liquidez. Según los datos facilitados por la Hacienda foral, 22 sociedades del territorio han invertido en 37 proyectos entre 2017 y en 2018 -los datos de 2019 aún no están disponibles- con unas deducciones que han llegado a los 2,95 millones de euros. Una cifra que por sí sola no expresa gran cosa pero que si la enfrentamos a la que exhibe Bizkaia en el mismo plazo, 23 millones, parece exigua y solo se explica por una interpretación más amplia de la norma en el territorio vecino.
Volviendo al origen, la modificación normativa en el Impuesto de Sociedades que permite este tipo de operaciones tiene su nombre: artículo 64bis. Amaia Legorburu, de Innotax, explica de qué se trata, cómo se aplica, para qué sirve y por qué nuestro territorio se ha quedado rezagado frente a Bizkaia en los dos últimos años por su aplicación más restrictiva. «Hay que tener en cuenta que existen incentivos fiscales interesantes que buscan fomentar la inversión privada en I+D de las empresas. Sin embargo, en numerosas ocasiones, las empresas que generan estos incentivos, al no tener apenas beneficios -a los que se aplicaría la cuota líquida de Sociedades-, no pueden aplicarse las deducciones que generan». De ahí surge la norma en cuestión.
Legorburu añade que más allá de la capacidad que estas 'startup' inscritas en la I+D tienen para financiarse a través de distintas vías de financiación públicas, «es complicado para ellas atraer financiación e inversión privada».
Ante esta realidad, con efectos prácticos desde el 1 de enero de 2017 -en un texto idéntico al de Bizkaia-, la Hacienda foral aprobó dentro del artículo 64bis de la Norma Foral de Sociedades una medida que otorgaba la citada deducción para aquellas empresas que participaran en proyectos ajenos de investigación y desarrollo o innovación tecnológica -medida que coloquialmente suele identificarse como financiación por cesión de créditos fiscales o mecenazgo tecnológico-.
El artículo 64bis
A través de la aplicación de esta medida, el financiador de proyectos de I+D de otras empresas, tenía derecho a aplicarse las deducciones que esta última generaba por ese concepto, con una rentabilidad máxima del 20%. En su diseño original, se trataba de una medida «con mucho potencial» que, más allá de hacer llegar financiación a empresas tecnológicas emergentes para el desarrollo de sus proyectos de I+D, podía servir también para crear lazos de colaboración y de sinergias.
Noticia Relacionada
Innovae: «El planteamiento original de la norma era muy positivo»
¿Qué requisitos debe tener el financiador? Ser una persona jurídica, residente en Gipuzkoa, que desarrolle actividad económica y tenga cuota líquida positiva de Sociedades, o sea, que pague por el impuesto que grava los beneficios empresariales.
Sin embargo, desde el 1 de enero de 2018, la Hacienda foral estableció limitaciones para la aplicación de esta medida. En concreto, y entre otras, estableció que la suma de las deducciones en virtud de este artículo junto con su grupo no pueden exceder de 200.000 euros a lo largo de tres períodos impositivos consecutivos, y que la empresa que recibe la financiación debe ser una innovadora de nueva creación que desarrolle proyectos de I+D que tengan menos de cinco años.
Desde 2018, el fisco estableció algunas limitaciones para la aplicación de la medida
La normativa ya establecía ciertas limitaciones en forma y plazos que suponían en la práctica una barrera para beneficiarse del artículo 64bis. Si a ellas, desde 2018 se le añade la limitación temporal de que las empresas 'investigadoras' tengan menos de los cinco años citados, la aplicación de estos beneficios fiscales «se ha visto muy limitada en Gipuzkoa. Junto a una realidad, que en nuestro territorio hay muy pocas empresas que tengan capacidad de realizar I+D no subvencionada», resume Legorburu.
En su diseño original, la medida fue recibida «con gran entusiasmo» por los investigadores y por los promotores de las 'startup' tecnológicas. Se trataba de una medida alternativa para conseguir financiación para sus proyectos, sin tener que diluirse en el capital… Además, permitía al inversor privado acercarse al mundo de la innovación del que tradicionalmente ha estado alejado, al tiempo que se les ofrecía la posibilidad de financiar proyectos con un alto componente de responsabilidad social corporativa. Pero la realidad es que en el balance de los dos años de la iniciativa se ha constatado que para las jóvenes empresas tecnológicas «es complicado cumplir con los requisitos exigidos por la norma fiscal», opina Legorburu.
Espíritu diferente
La experta fiscal argumenta que la primera limitación adoptada por el fisco guipuzcoano fue más severa porque las empresas jóvenes que hacen un esfuerzo en I+D, lo hacen, en su gran mayoría, «a través de ayudas públicas, lo que provoca que la base de la deducción se vaya aminorando». Con lo cual, para aplicar el 64bis, habría que encontrar empresas de menos de cinco años de vida que realicen I+D «a pulmón, con dinero propio», una 'rara avis'.
Gipuzkoa, de hecho, tiene una visión diferente de los incentivos fiscales al emprendizaje. La Hacienda de Gipuzkoa se inclina por estimular la inversión privada -'business angels'-, una fórmula distinta en espíritu a la del 64bis original, y que supone que el inversor entre como nuevo socio en la 'startup'.
Otro aspecto que desde Innotax consideran que explica el escaso éxito de la iniciativa, es que Hacienda obligue a una incipiente empresa que pretenda acogerse a los incentivos a que encuentre un financiador en los primeros tres meses desde el inicio del proyecto. «Eso es muy difícil, porque el margen es muy pequeño. Siendo proyectos plurianuales, que se ejecutan por ejemplo en 2019 y en 2020, necesitas encontrar en los tres primeros meses un inversor que se comprometa a financiar lo de este año y el siguiente, con la incertidumbre que ello genera», concluye Legorburu.
Por ello, desde la asesoría han recogido la impresión de desencanto por parte de muchas empresas en estos últimos dos años debido a la aplicación más restrictiva de la norma que realiza Gipuzkoa: «Son compañías que si pudieran aplicar estas deducciones más allá de sus primeros cinco años de vida, lo harían. Los emprendedores en I+D que conocen esta medida y la han podido aplicar, la reciben con los brazos abiertos. El problema es que en Gipuzkoa lo pueden utilizar únicamente en un año o en dos, y en importes muy pequeños».
Iberdrola, la más beneficiada por la medida en Bizkaia
Frente a la aplicación más restrictiva de la normativa que aplica Gipuzkoa, contrasta la que mantiene Bizkaia con su diputado general, Unai Rementeria, a la cabeza. En un encuentro organizado el pasado diciembre en Bilbao, el máximo responsable de la Diputación vizcaína; el presidente de Iberdrola, Ignacio Galán, y el presidente del grupo Velatia, Javier Ormazabal, promocionaron las ventajas que tiene la legislación fiscal del vecino territorios en materia de deducciones para investigación y desarrollo.
Y ha sido precisamente la compañía eléctrica el actor más dinámico en los dos años en que se ha aplicado la nueva normativa de incentivos a la innovación. En estos dos ejercicios, el fisco vizcaíno ha aceptado 56 proyectos como merecedores de estas ventajas fiscales, con un total de 23 millones de euros invertidos. De ellos, 17 han partido de la compañía eléctrica. La fórmula, que la Diputación de Bizkaia quiere extender a muchas más empresas para acelerar la inversión en investigación, desarrollo e innovación, tiene muchas similitudes con la que se emplea en la financiación del cine -un camino también adoptado por Gipuzkoa-, aunque en este caso se han simplificado los trámites.
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión