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El Tribunal Supremo decidirá el 6 de abril si el Gobierno Vasco debe pagar lo dejado de aportar a Itzarri durante la anterior crisis

De prosperar el recurso sindical, el Ejecutivo deberá aportar entre 4.000 y 5.000 euros por cada funcionario vasco

europa press

Lunes, 8 de febrero 2021, 17:55

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El Tribunal Supremo (TS) se reunirá el próximo 6 de abril para decidir si el Gobierno Vasco debe pagar las cantidades que se dejaron de aportar al Plan de Previsión Social Itzarri por cada funcionado de la Administración pública vasca durante la anterior crisis económica entre el año 2014 y el 2016.

Así se recoge en una providencia de la Sala Tercera de lo Contencioso administrativo del Tribunal Supremo, que señala para las 10.00 horas del próximo 6 de abril la cita para la votación y fallo del recurso presentado por los sindicatos ErNE y ELA, contra la decisión del Gobierno vasco de dejar de hacer aportaciones a Itzarri, atendiendo al decreto firmado por el entonces presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, por el que se suspendían las aportaciones a planes de pensiones y EPSV para los funcionarios públicos.

Según han informado fuentes del sindicato ERNE a Europa Press, lo que está en juego es una aportación de entre 4.000 y 5.000 euros por cada funcionario vasco. Así, de prosperar el recurso de los dos sindicatos, el Gobierno Vasco debería pagar a Itzarri entre 900 y 1.500 euros anuales por cada funcionario, que dejó de aportar durante la anterior crisis.

El pronunciamiento del alto tribunal se llevará a cabo después de que ERNE presentase un recurso de casación contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV), de fecha 23 de enero de 2019, por la que se desestimaron los recursos presentados por ERNE y ELA, en los que reclamaban las aportaciones del 3% para todos los trabajadores dependientes del Gobierno Vasco desde el 1 de enero de 2014, fecha en la que se alzó la prohibición de realizar aportaciones a los planes de pensiones.

La petición del sindicato ErNE se dirigía al colectivo de la Ertzaintza y la del sindicato ELA al conjunto de empleados públicos que se encontraban dentro del ámbito de la EPSV Itzarri.

Según han explicado desde ERNE, el Tribunal Supremo decidirá la naturaleza del Plan de Previsión Social Itzarri. «Es decir, si las aportaciones al referido plan son o no salario y, en consecuencia, si el Gobierno Vasco debe ingresar a Itzarri todas las aportaciones, en favor de cada ertzaina, que no aportó por suspenderlas en la anterior crisis económica», ha precisado.

Asimismo, el sindicato ha apuntado que los efectos de la sentencia del alto tribunal «no solo serán para los ertzainas, sino que beneficiará a todos los funcionarios vascos adheridos a Itzarri».

La sentencia del TSJPV que revisará el Supremo dio la razón a la Administración vasca al considerar que, remitiéndose a la regulación básica sobre el régimen retributivo recogido en las Leyes de Presupuestos, las vigentes en los ejercicios de 2014 a 2016, se autorizaba a las Administraciones a realizar aportaciones al Plan de Previsión Social, pero no existía «imperactividad o mandato, u obligación», al margen de que existieran o no pactos de los que se derivara obligar a las aportaciones.

La Administración vasca rechazó que esos pactos obligaran a realizar las aportaciones a Itzarri, dado que argumentaba que se debía atender a la regulación presupuestaria vigente en cada momento.

En relación con el ejercicio 2014 y 2015, la resolución judicial recordaba que, si bien se partía de la congelación salarial, introdujeron la matización de que «siempre que se respetara que no hubiera incremento de la masa salarial», las Administraciones podían realizar aportaciones a Planes de Pensiones de Empleo en relación con los Planes o contactos de seguro que hubieren sido suscritos antes del 31 de diciembre de 2011, periodo temporal en el que quedaba afectada la EPSV Itzarri.

Por ello, la sentencia indicaba que sí existía la posibilidad de que las Administraciones realizaran aportaciones, «pero siempre sin incrementar la masa salarial». «En este caso, no se hizo uso de esa posibilidad, que hubiera supuesto tener que detraer el importe de las aportaciones de las retribuciones integradas en la masa salarial», añadía.

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