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Vivienda

El Gobierno Vasco saliente regula 'in extremis' el alquiler con opción de compra en las VPO

La medida busca dar una solución a los adjudicatarios en propiedad, ante las dificultades de conseguir créditos

Juanma Velasco

Viernes, 14 de diciembre 2012, 08:52

El Gobierno Vasco saliente ha aprobado 'in extremis' la regulación del alquiler con opción de compra en las viviendas de protección oficial (VPO). La medida persigue dar una solución a los adudicatarios de VPO en propiedad o derecho de superficie que, en la actual situación de crisis económica, tienen auténticas dificultades para conseguir créditos. Con el alquiler con derecho a compra se retrasa así el momento en el que el adjudicatario tenga que recurrir a la financiación externa. Desde la consejería saliente consideran que el nuevo Gobierno Vasco respetará esta medida, al tratarse de una reivindicación tanto de constructores como de adjudicatarios de VPO de Euskadi.

Según explicaron fuentes del Departamento de Vivienda, Obras Públicas y Transportes, el consejero saliente Iñaki Arriola firmó este miércolesuna orden que autoriza el arrendamiento con opción de compra de las VPO. Esta orden se publicará en el Boletín Oficial el 28 de diciembre. Hasta ahora las VPO se adjudicaban en arrendamiento, propiedad o derecho de superficie. No obstante, la normativa vigente ya contemplaba el alquiler con derecho a compra, aunque pendiente de regulación.

La orden aprobada regula esta nueva figura, que llega en una coyuntura en la que la crisis «ha generado la drástica restricción crediticia por parte del sistema financiero, haciendo imposible el acceso a la vivienda para una gran parte de los demandantes en la modalidad de compra». En este contexto, desde el Departamento de Vivienda admiten «graves dificultades» no solo para conseguir financiación para construir nuevas VOP sino para vender las que se construyen «por falta de compradores».

A esta modalidad se podrán acoger las nuevas promociones de VPO en venta y derecho de superficie. Además, las promociones que ya tuvieran la calificación definitiva de compra y derecho de superficie, podrán solicitar la modificaciónd el régimen de acceso tanto para las viviendas no adjudicadas como para las adjudicadas cuyos compradores no puedan afrontar el pago en las condiciones pactadas en el contrato de compraventa.

Entre otros detalles, la orden especifica que la renta máxima anual inicial no superará el 5% del precio máximo de venta de la vivienda y que el derecho de opción de compra tendrá una duración de 5 años.

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