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Política

05.12.08 -

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La posibilidad de una persecución penal de los crímenes cometidos por el franquismo sigue abierta, pero no será en la Audiencia Nacional. La Sala de lo Penal de este órgano judicial dio a conocer ayer el argumentario con el que rechaza que el juez Baltasar Garzón sea competente para acometer esas pesquisas, porque la rebelión militar que desencadenó la Guerra Civil no es competencia de este tribunal y porque sus promotores y cómplices han muerto.
La resolución de la sala, apoyada por 13 de los 17 magistrados que participaron en los debates, es más breve de lo previsible. En apenas doce folios, la mayoría para recoger cuestiones de trámite, el tribunal explica que aquellos 'delitos contra altos organismos de la nación' de los que habló el instructor son una rebelión militar que queda fuera de su campo de actuación, y los responsables están «premuertos», es decir, que su fallecimiento era conocido por Garzón antes de que admitiera a trámite la causa el pasado 6 de octubre.
El ponente del auto y presidente de la sala, Javier Gómez Bermúdez, recuerda además que la Audiencia Nacional no fue dotada de competencia para juzgar los delitos contra altos organismos de la nación hasta 1985, fecha muy posterior a los hechos investigados por Garzón, titular de un juzgado que no fue creado hasta 1977 y en cuya lista de infracciones penales de su competencia no estaba la figura usada por el instructor para referirse al «alzamiento o rebelión militar del 17 de julio de 1936».
El pleno deja sin efecto «todos los actos y resoluciones» realizados por Garzón tras aceptar su competencia para investigar estos hechos, incluido el auto del día 18 de noviembre en el que declaraba extinta la responsabilidad penal de Francisco Franco y 44 cargos del régimen, incluidos líderes falangistas, y se inhibía a favor de los juzgados territoriales.
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