Una sentencia falla en contra de Donostia y considera «nula» la norma de pisos turísticos
El primer fallo desfavorable para el Ayuntamiento alega una contradicción del artículo 14.2 con el Plan General
El Ayuntamiento de San Sebastián ha recibido más de medio centenar de sentencias relacionadas con la ordenanza de las viviendas de uso turístico ... y hasta ahora todas habían fallado a su favor. Sin embargo, esta semana llegaba a los despachos del consistorio donostiarra la primera que daba la razón al demandante (al que el Ayuntamiento había clausurado su vivienda turística), por considerar que la norma donostiarra es «nula de pleno derecho», según señala el Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de San Sebastián,
El argumento se ciñe a grandes rasgos al artículo 14.2 de la ordenanza, el cual establece que en la Parte Vieja no se pueden abrir más pisos turísticos por declararse zona saturada; que en el Ensanche oriental de la Parte Vieja, el Centro, Gros, parte de Amara, Egia y el Antiguo, se podrán establecer pisos turísticos en una superficie igual o inferior a 250 metros cuadrados, además de un piso turístico en plantas altas por cada seis alturas. Y que dicha superficie será de 350 metros cuadrados en el resto de la ciudad -zona C-, donde además se podrán habilitar dos pisos turísticos por cada seis plantas.
Lo que dice la sentencia es que dicho artículo «es contrario a la ordenación estructural» del Plan General de Ordenación Urbana (PGOU), de rango superior, donde se establece que las viviendas de uso turístico solo pueden implantarse en primeras plantas o si en la planta inmediatamente inferior a la turística hay una vivienda residencial.
El PGOU solo permite los pisos en primeras plantas, mientras que la norma lo flexibiliza según zonas
«Ya estamos modificando el Plan General para alinear esta cuestión», indican desde Alcaldía
Asimismo, establece la sentencia que, «presentada la comunicación previa, puede iniciar la actividad sin perjuicio de las facultades de comprobación, control e inspección que el Ayuntamiento pueda ejercitar», aunque podrían impedir su actividad en caso de que «no fuera conforme» con el planeamiento general.
Hace una semana que otra sentencia hacía referencia a ese mismo artículo, el 14.2, lo que podría abrir la puerta a que otras sentencias por clausura fueran recurridas aferrándose a esta cuestión. Una cuestión, ya advirtió la pasada semana EH Bildu, que podría acarrear consecuencias «nefastas para el erario público». De hecho, la última sentencia establece que será el Ayuntamiento el que tendrá que hacerse cargo de las costas del proceso.
Desde el gabinete de Alcaldía se muestran prudentes. «No es una cuestión que nos preocupe», confesaron, porque en caso de que esa llegada de recursos llegara «los estudiaríamos uno a uno», y se referirían a un Plan General que ya está en proceso de modificación para «alinearlo» con la ordenanza. «Era algo que sabíamos que teníamos que hacer y en ello estamos». El pasado febrero se procedió a la aprobación inicial de dicha modificación y se estima que en torno a mayo pueda finalizar la tramitación. De esta forma, aseguraron, «vamos a tener dos vías perfectamente habilitadas, la del Plan General y la de la Ordenanza».
¿Tienes una suscripción? Inicia sesión