El TSJPV tumba el recurso foral en el caso de las 54 plazas de Kabia anuladas por su requerimiento de euskera
El proceso de consolidación fue rechazado por los tribunales porque la institución foral exigía un perfil lingüístico en 49 plazas para los trabajadores de las residencias
La exigencia del euskera para acceder a plazas públicas en la Administración se ha vuelto a topar con la negativa de los tribunales. El goteo ... de fallos en contra no cesa y la noticia, a estas alturas del conflicto, sería un pronunciamiento judicial favorable a los requisitos lingüísticos establecidos por la institución de turno. Esta vez, el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha rechazado el recurso de apelación presentado por la Diputación de Gipuzkoa ante la anulación del proceso de consolidación de 54 plazas de las residencias forales de Kabia. El alto tribunal vasco hace suya la tesis del Contencioso-Administrativo número 1 de San Sebastián: la «desproporcionalidad» de exigir el B1 y el B2 de euskera en 49 de las 54 plazas de consolidación en estas residencias.
El abogado Ignacio López Lera, que ha logrado tumbar varias ofertas públicas de empleo con motivo de la exigencia lingüística, es quien ha asesorado a las dos empleadas de Kabia que presentaron la denuncia contra el concurso para la estabilización de plazas de cuidador/a, auxiliar de clínica y auxiliar de residencia, al entender que vulnera derechos fundamentales como el de igualdad de oportunidades.
El medio centenar de plazas ofertadas en la convocatoria son para centros de Hernani, Bergara, Oñati, Tolosa y Eibar, que representa la mayoría, con 34 puestos. En el caso de las dos trabajadoras de la villa armera, el juez precisó en su día que las bases de la convocatoria «imponen unos requisitos lingüísticos de acceso que pretendiendo maximizar los objetivos de normalización del euskera en el organismo autónomo demandado, minimizan las aspiraciones de acceso al empleo público de los recurrentes, al punto de reducirlas a solo 2 de las 34 convocadas». Y en estos dos casos, el euskera es meritorio.
Cabe recurso al Supremo
La Diputación presentó recurso ante esta argumentación pero el TSJPV no lo ha aceptado. Le queda ahora interponer otro ante la instancia superior: el Tribunal Supremo de Madrid, que tampoco ha rectificado este tipo de casos cuando le han llegado. Por ejemplo, ha inadmitido a trámite el recurso de casación presentado por Uliazpi –organismo autónomo asimismo de la Diputación de Gipuzkoa– contra la sentencia del 24 de febrero de 2023 del TSJPV, que ya declaró nula la OPE para cuidadores por exigir euskera en 32 de las 34 plazas ofertadas.
No obstante, la institución foral ya ha avanzado su disposición de agotar la vía judicial en este tipo de asuntos mientras analiza cómo garantizar la seguridad jurídica en aquellas convocatorias públicas que está obligada a lanzar para estabilizar su plantilla.
El fallo del TSJPV subraya «el derecho que los recurrentes tienen a participar en los asuntos públicos con arreglo a los principios de mérito y capacidad, sin discriminación». Añade que «las bases de la convocatoria imponen unos requisitos lingüísticos de acceso que pretendiendo maximizar los objetivos de normalización del euskera en el organismo autónomo demandado, minimizan las aspiraciones de acceso al empleo público de los recurrentes».
Concluye el TSJPV que «la convocatoria de acceso a las plazas vacantes no es el único medio adecuado para conseguir el objetivo de normalización (del euskera) propuesto».
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