Condenado un matrimonio en Donostia por gastar el dinero de una tía mayor que tutelaban
El sobrino vendió la vivienda del familiar a su esposa y con parte del dinero pagó a su mujer por acompañamientos que no llegó a realizar
Veintiún meses de prisión, multa de 3.600 euros y el pago de una indemnización de otros 30.000, es la pena impuesta a un ... matrimonio que estafó a una tía octogenaria que permanecía ingresada en una residencia y cuya tutela recaía sobre el sobrino. El investigado vendió una vivienda que era propiedad de la víctima a su esposa y posteriormente utilizó parte del dinero que pagó por la venta del inmueble en «provecho propio».
Los hechos que ayer fueron enjuiciados en la Sección Primera de la Audiencia de Gipuzkoa se remontan a febrero de 2010. En aquellas fechas, el Juzgado de Primera Instancia número 6 de Donostia nombró al acusado tutor de una tía suya, ya fallecida, aquejada de un deterioro físico y cognitivo, que vivía en una residencia para personas de la tercera edad en una localidad guipuzcoana.
Un año después, el acusado solicitó una autorización judicial para vender el único bien inmueble propiedad de su familiar, un trámite imprescindible para efectuar operaciones de esta índole. La justicia, en este caso, no opuso impedimento alguno de manera que autorizó la venta. Lo que el juzgado desconocía, sin embargo, era que el acusado había previsto vender el piso a su mujer, con quien mantenía un régimen de separación de bienes. En diciembre de 2011, el investigado ejecutó la venta por 123.000 euros, un precio «acorde con el valor del mercado», se indica en el escrito de la Fiscalía provincial.
El pago fue satisfecho sin que el sobrino informarse de la existencia del citado vínculo matrimonial y, por lo tanto, del interés personal que tenían en la operación. Con ello, lograron eludir formalmente, «en un fraude ley», la prohibición de representar a la mujer tutelada en un acto en el que intervenían en nombre propio.
Beneficio económico
Pero eso no fue todo. Una vez ingresado el dinero en las cuentas de la mujer, los acusados, «de común acuerdo» y con «la finalidad de beneficiarse económicamente», dispusieron de una parte de la suma. De esta forma, el sobrino contrató a su esposa para que realizase labores de compañía a la tía en la residencia y le pagó 4.575 euros por 305 horas que no realizó, según consta en el registro de visitas del centro. Asimismo, le abonó 2.500 euros por veinticinco salidas de acompañamiento, «que carecen de justificación tanto en cuanto a su eventual motivo y necesidad como respecto a su efectiva realización», señala la Fiscalía. También le dio 400 euros por otros acompañamientos con ocasiones de ingresos hospitalarios respecto de las cuales ya se habían cobrado las correspondientes horas de trabajo.
En total, los acusados dispusieron indebidamente, «en provecho propio», de 7.475 euros de las cuentas de la tía. En este sentido, el ministerio público, que en el caso ha estado representado por el fiscal David Mayor, señala que los dos acusados confeccionaron los recibos de los pagos por horas de cuidado, acompañamientos y salidas no realizadas ni justificadas en las necesidades de la tutelada y añade que procedieron a su incorporación a las respectivas rendiciones de cuentas.
La Fiscalía sostuvo ayer en la vista que los acusados habían incurrido en un delito de «actividad prohibida al tutor», por el que pidió una multa de 3.600 euros, así como de otro de apropiación indebida y un tercero de falsedad documental por los que reclamó penas que sumaban 21 meses. Asimismo, demandó una indemnización de 30.000 euros.
En la vista, los acusados mostraron su conformidad con la petición fiscal. También expresó su acuerdo la acusación particular que ejerce otra familiar. La defensa pidió que la pena privativa de libertad quedase en suspenso, demanda que fue admitida por el tribunal que supeditó dicha medida a que los acusados no cometan ningún otro delito en los dos próximos años y abonen los 30.000 en un plazo de seis meses.
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