Borrar
DV
Seguridad Social y jubilación

Cómo recuperar tus años de cotización por antiguas prácticas formativas

Las prácticas no remuneradas deberán haber sido antes del 1 de enero de 2024 y las remuneradas, antes del 1 de noviembre de 2011

Mikel Madinabeitia

San Sebastián

Domingo, 15 de diciembre 2024

¿Recuerdas tus primeras prácticas en una empresa? Tenías una mezcla de ilusión y nervios. Lo querías hacer bien y aprender lo máximo posible. A expensas de si fueron remuneradas o no, lo cierto es que no contabilizaba como tiempo trabajado en la vida laboral al no cotizar a la Seguridad Social. Y eso, ya sabes, repercute en los años necesarios para la jubilación y la pensión. Con todo, el Gobierno central modificó en verano los requisitos para que los ciudadanos puedan recuperar hasta cinco años de cotización. Te contamos cómo con la ayuda del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.

  1. 1

    ¿Quién puede recuperar años de cotización?

La nueva normativa está pensada para aquellos que realizaron prácticas académicas y no cotizaron por ellas antes de 2024 –en el caso de las no remuneradas– o anteriormente al 1 de noviembre de 2011 en otros casos.

Las prácticas formativas han de ser de los siguientes tipos:

-Prácticas realizadas por alumnos universitarios, ya sea para obtener una titulación oficial (grado, máster o doctorado) o para un título propio de la universidad.

-Prácticas realizadas por alumnos de Formación Profesional, siempre que no se presten en el régimen de Formación Profesional intensiva, es decir, siempre que no tengan carácter laboral.

-Prácticas realizadas por alumnos de enseñanzas artísticas superiores, enseñanzas artísticas profesionales y enseñanzas deportivas del sistema educativo.

-Participantes en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero.

La cifra

1.825 días de cotización

como máximo –5 años– se podrán recuperar por antiguas prácticas formativas.

  1. 2

    ¿Cuántos años de cotización se pueden recuperar por antiguas prácticas formativas?

Está aprobado el rescate íntegro de hasta 5 años; es decir, pueden recuperarse hasta 1.825 días de cotización. Quienes ya hubieran recuperado dos años de cotizaciones en virtud de la regulación de 2011, también podrán beneficiarse de este nuevo convenio.

Ello sin perjuicio de que las personas que hubieran participado como becarios en programas de formación no dirigidos a la obtención de un título y, asimismo, como doctorandas en programas de formación de naturaleza investigadora, tanto en España como en el extranjero, puedan solicitar también convenio especial, hasta un máximo de 1.825 días.

  1. 3

    ¿Hasta cuándo y cómo se podrá solicitar la recuperación?

Hasta el 31 de diciembre de 2028. Junto a la solicitud, que se puede presentar a través de la página web de la Seguridad Social –en el apartado 'Alta, baja o variación de datos del convenio especial' de la sección 'Trámites y Gestiones'–, hay que adjuntar el DNI o NIE y un certificado de la realización de las prácticas o formación, con sus fechas de inicio y fin. En caso de prácticas remuneradas, la certificación podrá ser expedida por la empresa o entidad en la que se realizaron las prácticas o por las entidades que las financiaron.

Plazo

La Tesorería General de la Seguridad Social establece hasta el 31 de diciembre de 2028 la fecha límite para realizar la solicitud

  1. 4

    ¿Cuánto habrá que pagar para poder recuperar estas cotizaciones?

La base de cotización tendrá en cuenta la de referencia del año en el que se llevó a cabo la actividad y no la de 2024. La norma retoma la fórmula de cálculo de la cuota a ingresar, que ya se pactó para este tipo de convenios en 2011 y que consiste en tomar la base mínima de cotización del grupo 7 del Régimen General vigente cuando se realizaron las prácticas en lugar de la de este año. Esta cifra se situaría por cada mes cotizado entre 40 y 140 euros al mes, aproximadamente, por los periodos de prácticas realizadas entre 1980 y 2006.

Una vez calculado por la Tesorería General de la Seguridad Social el importe total de la cotización que corresponda a las mensualidades por las que se haya formalizado este convenio especial, dicho importe se reducirá mediante la aplicación del coeficiente del 0,77%, constituyendo el resultado la cotización a ingresar.

  1. 5

    ¿Se puede pagar a plazos?

El ingreso de la cotización que corresponda por este convenio especial se podrá realizar de una sola vez –dentro del mes siguiente a aquel en que se haya formalizado la suscripción del convenio especial– o podrá fraccionarse en hasta el doble del período que se pretende recuperar, con un máximo de 84 mensualidades –7 años–.

  1. 6

    ¿Las personas que ya hayan solicitado el rescate de sus cotizaciones pueden acogerse a las nuevas condiciones?

Sí, los estudiantes en prácticas que ya hayan solicitado el rescate de la cotización correspondiente a sus periodos becados acogiéndose a la normativa anterior también podrán acogerse a estas nuevas condiciones más ventajosas, que suponen menos costes para los solicitantes y poder efectuar este rescate por más tiempo.

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Publicidad

Esta funcionalidad es exclusiva para suscriptores.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios

diariovasco Cómo recuperar tus años de cotización por antiguas prácticas formativas

Cómo recuperar tus años de cotización por antiguas prácticas formativas