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Un padre camina junto a su hijo en Donostia. Michelena

Los nuevos permisos laborales para facilitar la conciliación de la vida familiar y profesional

Entraron en vigor el 30 de junio y ahora cobran fuerza por coincidir con la vuelta al cole

Mikel Madinabeitia

San Sebastián

Viernes, 29 de septiembre 2023, 09:29

La vuelta al cole de este mes de septiembre ha llegado con algunas novedades de calado en materia de conciliación y nuevos permisos laborales. Y ... es que el Consejo de Ministros aprobó en junio cuatro nuevos permisos que formaban parte de la Ley de Familias impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030.

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Estos permisos estaban incluidos en la Ley de Familias, cuya tramitación quedó interrumpida por el adelanto electoral. Sin embargo, el Gobierno pudo aprobarlos al incluirlos en el decreto de medidas anticrisis frente a las consecuencias de la guerra en Ucrania, que recogía medidas de diferentes carteras.

En las próximas líneas repasamos en qué consisten los nuevos permisos, si son retribuidos o no y qué hay que hacer para disfrutar de estos nuevos avances sociales.

Permiso de 8 semanas para el cuidado de los hijos

Los trabajadores tienen derecho a un permiso parental para el cuidado de hijo, hija o menor acogido por tiempo superior a un año, hasta el momento en que el menor cumpla ocho años. Hay que aclarar que este permiso, de momento, no tiene remuneración económica, aunque podría tenerlo a partir de agosto de 2024. Los padres y madres pueden pedir ocho semanas para cuidar a sus hijos, pero dejarán de percibir el sueldo que corresponda a los días de permiso.

Este permiso, que tiene una duración no superior a ocho semanas, continuas o discontinuas, es intransferible y puede disfrutarse de manera flexible. Cuando las necesidades del servicio lo permitan, le corresponde a la persona trabajadora especificar la fecha de inicio y fin del disfrute. O en su caso, de los períodos de disfrute, debiendo comunicarlo a la empresa con una antelación de 10 días o la concretada por los convenios colectivos.

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El permiso está pensado, por ejemplo, para solicitarlo por la vuelta al cole con el fin de facilitar la adaptación de los niños y niñas más pequeños. E incluso, para favorecer el cuidado de los hijos cuando no se tiene dónde dejarlos mientras se está trabajando.

La idea es que se pueda disfrutar seguido o repartiendo las semanas de forma discontinuada, a lo largo de los 8 años. Este nuevo permiso amplía el de 16 semanas que sí están retribuidas. El permiso de 8 semanas podría aumentar de manera progresiva siendo de 6 semanas en 2023 y alcanzando las 8 semanas en 2024. Además, puede ser usado de una vez o en diferentes etapas.

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Permiso retribuido de 5 días para cuidar de familiares de segundo grado o convivientes

El siguiente permiso aprobado por decreto es el permiso de 5 días para cuidado de familiares. Los empleados podrán ausentarse del trabajo con derecho a remuneración durante 5 días por accidente o enfermedad grave, hospitalización o intervención quirúrgica sin hospitalización que precise reposo domiciliario del:

Requisitos

  1. 1

    -Cónyuge

  2. 2

    -Pareja de hecho

  3. 3

    -Parientes hasta el segundo por consanguineidad o afinidad

  4. 4

    -Familiares consanguíneos de la pareja de hecho

  5. 5

    -Cualquier persona que conviva con la persona trabajadora en el mismo domicilio y necesite cuidados

Las personas trabajadoras que se acojan a este permiso sí pueden seguir percibiendo su salario. Hasta el momento únicamente se contemplaba un permiso de 2 días por fallecimiento o por enfermedad grave de un familiar. Esta medida va a permitir a las personas trabajadoras quedarse al cuidado de los hijos en casa, acompañar a su pareja al médico o para cuidar de una persona mayor.

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Permiso retribuido de hasta 4 días para urgencias familiares imprevisibles

Un tercer permiso, en este caso retribuido, es cuando un trabajador sedeba ausentarse por causa de fuerza mayor cuando sea necesario por motivos familiares urgentes e imprevisibles, relacionados con familiares o personas convivientes, en caso de enfermedad o accidente que hagan indispensable su presencia inmediata.

Este permiso puede utilizarse por horas o por días hasta sumar un total de 4 días al año. Mientras la persona empleada se acoja a este permiso, la empresa está obligada a retribuir con el salario normal el tiempo en el que el se ausente. En el caso del permiso por fallecimiento del cónyuge, que corresponden 2 días, se tienen en cuenta las parejas de hecho.

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15 días a las parejas de hecho

El último de los decretos, también relacionado con el ámbito de los permisos laborales, permite quince días libres a las parejas, que oficialicen su unión sentimental con su inscripción en el registro, al igual que ocurre con los matrimonios desde hace años.

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