Las diez noticias clave de la jornada

Me he equivocado en la declaración de la Renta. ¿Cómo la puedo corregir?

Las declaraciones se pueden modificar hasta la fecha en que acabe la campaña, el próximo 30 de junio

Mikel Madinabeitia

San Sebastián

Viernes, 21 de mayo 2021

Realizar la declaración de la Renta es una tarea obligatoria para todos los contribuyentes. Una tarea obligatoria y para muchos tediosa, ya que no ... disponen del necesario conocimiento financiero para desenvolverse con comodidad. De ahí que muchos puedan cometer errores que les penalizan en el resultado final. Desde la Hacienda foral, consultados al respecto, aseguran a DV que la recomendación es «ponerse en contacto con Hacienda y arreglar el problema, sin mayor contratiempo. Es un procedimiento totalmente habitual para nosotros».

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Ésa es la buena noticia. Que las declaraciones erróneas se pueden corregir. Sólo hay que hacerlo antes de la fecha del fin de la campaña, que en el caso de Gipuzkoa es el próximo 30 de junio. En las próximas líneas vamos a explicarles las diferentes posibilidades que hay en base al tipo de declaración presentada (mecanizada, propuesta de autoliquidación u 'online'). También se detallan varias características de las declaraciones complementarias, se agregan todos los pasos a dar en una complementaria y se realiza lo mismo para un escrito de rectificación.

1)

Qué hacer en función de la modalidad

Si existen errores en la declaración de renta que ya se ha presentado y se quieren corregir, hay varias formas de hacerlo en función de la modalidad de presentación que se utilizó para presentar la declaración.

Modalidad

  • Mecanizada y propuesta de autoliquidación: Se puede acudir a las oficinas de renta mecanizada, siempre con cita previa, para que nuestros técnicos le ayuden a corregir la autoliquidación. También se puede presentar un escrito de dos formas: por internet a través de ZergaBidea o en las oficinas de Atención Ciudadana.

  • Internet: Siempre se puede presentar un escrito de dos formas: por internet a través de ZergaBidea o en las oficinas de Atención Ciudadana.

Además, si la corrección implica que el contribuyente tiene que ingresar una cantidad puede hacerlo presentando por ZergaBidea una declaración complementaria. En todos los casos se tendrá que entregar la documentación correspondiente para justificar la modificación, y para presentar los escritos por ZergaBidea se requiere BakQ, certificado o clave operativa. Para presentar las declaraciones complementarias por ZergaBidea, además de los sistemas de autenticación anteriores, se puede emplear la BAK.

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2)

Características de una declaración complementaria

a. Para presentar una autoliquidación complementaria tiene que haberse presentado anteriormente una autoliquidación originaria que contenga errores u omisiones que hubieran provocado un ingreso inferior al que legalmente hubiera correspondido o una devolución superior a la procedente.

b. Una autoliquidación complementaria se presenta para realizar un ingreso por un importe superior al realizado con la autoliquidación originaria o cuando se hubiera cobrado un importe superior al que correspondería. En cualquier otro caso, hay que presentar un escrito para solicitar la rectificación de la autoliquidación originaria.

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c. La complementaria solo puede presentarse en plazo si se ha pagado (renta o patrimonio) o cobrado (renta) el resultado de la originaria.

d. La complementaria también puede presentarse fuera de plazo.

e. En las complementarias hay que incluir todos los datos, los de la originaria y los omitidos en la misma. Además, hay que realizar la regularización, que siempre supondrá un importe a ingresar, comparando el resultado de la complementaria con el importe ingresado/cobrado anteriormente con las autoliquidaciones presentadas por el contribuyente y las liquidaciones practicadas por la administración.

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3)

Ejemplo de una declaración complementaria

Éste es un ejemplo válido para declaraciones de la Renta y también para Patrimonio.

a. Se presenta una autoliquidación originaria con un resultado a ingresar de 1.000 euros que se paga íntegramente.

b. Posteriormente, al percatarse de que no se incluyó en la originaria una determinada renta, se presenta una complementaria.

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c. La complementaria será total, contendrá todos los datos, los declarados en la originaria y la renta que faltaba en la misma.

d. De esta manera, el resultado de la complementaria es de 1.200 euros, pero esa no es la cantidad que se tiene que ingresar.

e. Para calcular la cantidad a ingresar hay que proceder a la regularización.

f. Si en el ejemplo suponemos que no ha habido liquidaciones por parte de la administración ni otras autoliquidaciones, el resultado de la regularización sería de 200 euros a ingresar (1.200-1000).

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g. Si la regularización no arroja un resultado a ingresar no se puede presentar una complementaria de renta o patrimonio, habría que presentar un escrito para rectificar la autoliquidación originaria.

h. En la autoliquidación complementaria de renta deberá haberse optado por el mismo tipo de tributación que en la declaración originaria.

i. En caso contrario no se podrá presentar una complementaria, habría que presentar un escrito para rectificar la autoliquidación originaria .

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4)

Escritos de rectificación

a. Para presentar un escrito de rectificación tiene que haberse presentado anteriormente una autoliquidación originaria que contenga errores u omisiones que hubieran provocado un ingreso superior al que legalmente hubiera correspondido o una devolución inferior a la procedente.

b. Para la presentación de este escrito existe una plantilla en la plataforma Zergabidea, en el apartado de escritos.

c. En todos los casos se tendrá que entregar la documentación correspondiente para justificar la modificación.

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d. Para presentar los escritos por ZergaBidea se requiere BakQ, certificado o clave operativa y para presentar las declaraciones complementarias por ZergaBidea, además de los sistemas de autenticación anteriores, se puede emplear la BAK.

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