El Tribunal Supremo establece que las aportaciones a las mutuas realizadas antes de 1967 no tributen en el IRPF
El alto tribunal fija una exención del 100% en la parte de la pensión que corresponde a esas aportaciones
Nueva vuelta de tuerca en el tema de las aportaciones a las mutuas. El Tribunal Supremo ha establecido que las realizadas antes de 1967 no ... tributen en el IRPF porque están exentas en su totalidad, un nuevo fallo que beneficia a los pensionistas que en su día aportaron a alguna mutua profesional antes de esa fecha.
Una sentencia del pasado 19 de abril, a la que ha tenido acceso este periódico, y que señala que las prestaciones derivadas de aportaciones efectuadas antes del 1 de enero de 1967 de jubilación e invalidez no se integran en la base imponible del IRPF; es decir, no tributará esta parte de la pensión.
Hay que recordar que dicho tribunal ya ha fallado en otras dos ocasiones en relación a este tema. La primera y la más importante, en febrero del año pasado cuando estableció que las aportaciones realizadas a las mutuas profesionales antes de 1979 estaban exentas de tributar en un 25%, equiparándose así al tratamiento que recibían las realizadas a la Seguridad Social. La segunda, en enero de este año, fijaba que se tenía que tener en cuenta los últimos 35 años cotizados y no toda la vida laboral, lo que también benefiaba a la mayoría de los afectados.
Con este nuevo fallo, delimita esa exención del 25% a la parte de la pensión correspondiente a las aportaciones realizadas entre el 1 de enero de 1967 y el 31 de diciembre de 1978, ya que la que se percibe por las anteriores a 1979 no tributarán nada.
Esta nueva sentencia del Supremo afectará a un número menor de pensionistas, ya que incide en personas de más edad. En cualquier caso, todo apunta que la Hacienda guipuzcoana tendrá que volver a revisar los cálculos realizados a quienes estén en esta situación en la declaración de este año y también en las devoluciones de los cuatro años no prescritos.
Cabe recordar que el fisco está realizando el ajuste de oficio en la declaración de la renta de este año a los afectados, pero en lo que respecta a los cuatro años anteriores (2019, 2020, 2021 y 2022) los pensionistas tienen que reclamar su devolución en cualquier oficina de Hacienda o a través de su web.
Hasta el momento han sido 60.000 los pensionistas que han reclamado esta devolución. Habrá que ver qué impacto tiene esta nueva sentencia tanto en el número de afectados como en las cuantías a devolver. El fisco foral ha cuantificado que estas exenciones en el IRPF le costarán unos 190 millones (cuarenta este año y otros tantos por cada ejercicio no prescrito), ya que los mutualistas afectados alcanzan los 100.000. Además, se ha comprometido a realizar este año todas las devoluciones. Una tarea que ahora podría complicarse aún más, ya que depende de los datos que le envía la Seguridad Social, que tendrá que actualizarlos.
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