Europa abre la puerta a una avalancha de reclamaciones en los juzgados por el IRPH
Los abogados Erauskin y Ortiz consideran todo un éxito que el TJUE falle que los jueces analicen caso por caso si los bancos fueron transparentes con los clientes
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) determinó ayer que el Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) es válido, pero ... serán los juzgados los que tendrán que estudiar caso por caso -hay un millón de afectados en el Estado, con más de 30.000 en Euskadi- si hubo transparencia en la comercialización por parte de la banca de este tipo de créditos para la adquisición de una vivienda. Por tanto, Europa avala la legalidad y uso del índice, evitando así la anulación casi automática de millones de contratos, pero deja en mano de los tribunales estatales dictaminar si el cliente entendía o no lo que estaba contratando.
El fallo del TJUE precisa que los tribunales estatales deberán comprobar que las cláusulas de esas características «sean de carácter claro y comprensible». «Si dichos tribunales llegaran a la conclusión de que esas cláusulas son abusivas, podrán sustituirlas por un índice legal aplicable de manera supletoria para proteger a los consumidores», reseña el tribunal europeo.El fallo de ayer permitió a las dos partes -los clientes y la banca- hablar con sensación de triunfo, aunque la batalla legal se prevé encarnizada. Por un lado, las asociaciones de consumidores interpretan como una victoria que los jueces deban controlar el IRPH porque abrirá la puerta a una avalancha de demandas. La banca esgrime, por su parte, que la UE no ha declarado la nulidad del índice y que cada caso deberá analizarse de forma individual.
El fallo del TJUE, en resumen
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La razón . Dice que no es obligatorio aplicar el índice IRPH a un préstamo y, por tanto, la cláusula no queda exenta del control de transparencia. Los jueces están obligados a analizarla
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Información Insiste en que los jueces deben verificar que la cláusula IRPH se incorpora de manera transparente y comprensible.
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Exigencias Establece que para considerar que un consumidor ha sido debidamente informado, el banco debió informarle sobre la evolución pasada del índice con tablas. Los bancos tienen ahora la obligación de demostrar que entregaron gráficas del IRPH.
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Consecuencias La nulidad de una cláusula conlleva su expulsión del contrato. Si la cláusula IRPH no supera el control de transparencia, el préstamo se quedará sin interés. Y no se opone a que un juez sustituya el IRPH por otro índice siempre que concurran dos circunstancias, que el contrato no pueda subsistir sin interés y que su nulidad sea perjudicial para el consumidor
José María Erauskin, el farmacéutico y abogado hondarribitarra que junto a Maite Ortiz ha llevado esta causa a los tribunales europeos -la batalla legal arrancó en octubre de 2013 con una demanda contra Kutxabank en los juzgados de lo Mercantil de Donostia-, declaró ayer desde Luxemburgo que «hemos ganado». El fallo del TJUE -señaló- es «un triunfo» porque las exigencias de transparencia que ha dictaminado «no las he visto con ningún otro» índice. En primer lugar, exige que se haya trasladado al cliente una definición completa de lo que es el IRPH y, además, su evolución de los dos últimos años. Bajo estas dos premisas, «prácticamente ninguna entidad bancaria» cumple con los parámetros exigidos, zanjaba.
Una tesis que fue corroborada y ampliada con más matices en una rueda de prensa en Donostia, donde su compañera en este litigio judicial, Maite Ortiz, agregó que la sentencia «abre una puerta estupenda a todos los jueces» de España para analizar la posible «abusividad» de esta referencia bancaria. Además, calificó el fallo de «rotundo éxito» para los consumidores, aunque les animó a acudir a sus bancos para «llegar a un acuerdo» como paso previo a acudir a los tribunales en caso de que la entidad «no atienda» la reclamación.
Importe de hipotecas referenciadas al IRPH
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CaixaBank 6.060 millones
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Santander 4.300 millones
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BBVA 2.800 millones
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Bankia 1.300 millones
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Sabadell 751 millones
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Kutxabank 727 millones
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Unicaja 180 millones
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Liberbank 100 millones
Consejos al cliente
Precisamente desde el ámbito de los abogados, Juan Luis Alfaro, letrado del despacho donostiarra ATE Asesores, recomienda también hacer un requerimiento a la entidad bancaria para «instar amistosamente la eliminación» de ese IRPH, su sustitución por el Euríbor y la reclamación económica de los intereses «indebidamente satisfechos».
En la actualidad, este tipo de demandas judiciales se suelen resolver en primera instancia en un plazo inferior a los once meses y tienen un coste de 150 euros -notaría, poderes y gastos como depósitos y tasas- para los clientes más un 15% de la indemnización final, según los servicios que ofrece este despacho donostiarra. La recuperación media por los intereses pagados de más para el cliente rondaría los 20.000 euros por préstamo y significaría un ahorro de 150 euros mensuales en la cuota hipotecaria, según ATE Asesores, aunque otras fuentes elevan esta cifra hasta los 200 e incluso los 300 euros mensuales. El consejo de cara al futuro, según subraya Alfaro, estriba en que el afectado «no debe firmar transacción alguna» con la entidad hasta que un abogado examine su situación ya que «no debe conformarse» solo con la sustitución de IRPH por el Euríbor sino que debe percibir la cantidad que le corresponde como consecuencia del pago indebido por la aplicación de dicho índice.
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La Asociación de Usuarios de Bancos, Cajas de Ahorros y Seguros (Adicae) pidió ayer también a los afectados que, como primer paso, realicen «una reclamación extrajudicial», aunque posteriormente inicien un proceso en los tribunales.
El que se manifiesta de forma rotunda es el juez decano de Bilbao, Aner Uriarte, que reconoció su expectación por la situación que podría presentarse en los juzgados extraordinarios habilitados para afrontar los casos relacionados con abusos bancarios -cláusulas suelo, gastos hipotecarios y ahora IRPH-. «Me temo un colapso absoluto, pues los juzgados especiales están saturados y a tope», confiesa, al tiempo que explica que «el 10% de los préstamos vivos tiene como referencia este índice». En estos momentos estos jórganos judiciales acumulan 22.285 procesos, 4.141 de ellos en Gipuzkoa.
Sobre el escenario que aventura a partir de ahora, Uriarte pronostica que una gran mayoría de jueces dictaminará que el IRPH «no se explicó bien». Además, este índice es «más difícil de comprender» para un cliente medio que las cláusulas suelo, y en este último caso la banca ha acabado perdiendo en la mayoría de las demandas interpuestas.
Reacción de la banca
Desde el ámbito bancario, las reacciones también fueron de alegría y, de hecho, CaixaBank y Bankia, los valores más expuestos a este índice, se dispararon en Bolsa. La resolución supone «un alivio» para el sector financiero, tal y como reconocen las entidades. En un comunicado conjunto, la AEB (Asociación Española de Banca) y la CECA consideran que aún cuando un juez pueda considerar que la comercialización de una hipoteca con el IRPH no fuera transparente, no tendría coste para el sector. «El efecto sería la sustitución de este índice de cajas o banco por el IRPH de las entidades, cuyo valor es prácticamente idéntico». Las patronales del sector insisten en que la sentencia considera que la publicación de la fórmula de cálculo de este índice hipotecario en el BOE «es suficiente para comprender cómo funciona».Desde Kutxabank, por su parte, que reconoce una exposición de 727 millones al IRPH, aseguraron ayer que la sentencia «refrenda» que su actuación «se adecúa a la normativa exigible y refuerza» la resolución en la que el Tribunal Supremo dictaminó en 2017 que las cláusulas de la entidad eran «transparentes y no abusivas».
La banca se disparó en Bolsa tras conocerse el fallo
Los inversores interpretaron el fallo ayer del TJUE como favorable a la banca, lo que se trasladó a las cotizaciones de todas las entidades nada más conocerse el fallo, con repuntes de hasta el 7%. Se jugaban mucho dinero y sus acciones se dispararon. Sin embargo, la dosis de realidad posterior mitigó las ganancias y, en algunos casos, llegaron las pérdidas. CaixaBank, que se juega más de 6.000 millones, ganó un 3,7%. Bankia (1.300 millones en riesgo por esta contingencia) avanzó un 0,6%. Pero Santander (4.300 millones) perdió un 0,6%; Sabadell (715 millones) un 0,7% y BBVA (2.800 millones) un 0,8%.
Para Francisco Uría, socio responsable del sector financiero de KPMG en España, la reacción inicial de la Bolsa obedeció a que los inversores entendieron que «el resultado finalmente producido es probablemente el más favorable que hubiera cabido esperar para los bancos españoles». Aunque este experto anticipó que «resulta previsible un aumento de litigiosidad» por las reclamaciones que se puedan canalizar, también recordó que ya se habían producido fallos judiciales, incluso del Supremo, favorables a los bancos en esta controversia, «por lo que el resultado de esas demandas no tiene por qué ser necesariamente negativo para ellos».
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