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El abogado hondarribitarra José María Erauskin. Luis Michelena

El TJUE declara que el IRPH debe estar sometido al control de los jueces porque puede ser abusivo

José María Erauskin, el abogado guipuzcoano que junto a Maite Ortiz ha llevado la causa a la Unión Europea, muestra su satisfacción tras el fallo: «Hemos ganado»

Mikel Madinabeitia

San Sebastián

Martes, 3 de marzo 2020, 09:43

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«Hemos ganado». José María Erauskin, abogado y farmacéutico de Hondarribia, muestra su satisfacción tras el pronunciamiento del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre el índice hipotecario IRPH. El alto tribunal ha abierto la puerta a que el IRPH que utilizaban las antiguas cajas de ahorros sea considerado abusivo si así lo determina el juzgado en cada caso, lo que permitiría exigir compensar a los afectados cuando sea el caso. Así, se adhiere a las conclusiones que emitió el Abogado General del TJUE el pasado septiembre y pasa la pelota de nuevo a los jueces españoles para que sean ellos los que decidan en función de cada contrato hipotecario que sea enjuiciado.

Erauskin asegura, en declaraciones a este periódico, que el fallo del TJUE es un triunfo porque «las exigencias de transparencia que ha dictaminado no las he visto con ningún otro índice. En primer lugar, solicita una definición completa de lo que es el índice y, en segundo lugar, su evolución de los dos últimos años. Bajo estas dos premisas, prácticamente ninguna entidad bancaria cumple con los parámetros exigidos».

Con todo, tal y como barruntaba desde días antes, Erauskin considera que la banca esgrimirá una sensación de cierta victoria porque el TJUE no ha dicho que el IRPH sea nulo, «algo que ya sabíamos que no iba a hacer». Preguntado por el recorrido judicial a partir de ahora, intuye que el Supremo «sustituirá el IRPH por el euríbor para que las devoluciones de la banca sean menores». Erauskin, que ha seguido el fallo en directo en Luxemburgo, se declara «liberado y feliz» tras siete años de batalla judicial.

En concreto, la Justicia Europea ha dictaminado que «los tribunales españoles deberán asegurarse del carácter claro y comprensible de las cláusulas de contratos de préstamo hipotecario que establezcan la aplicación de un tipo de interés variable basado en el índice de referencia de las cajas de ahorros».

El fallo abre por tanto la puerta a una avalancha de reclamaciones contra la banca de los clientes que se consideren perjudicados por la aplicación del IRPH. Cabe recordar que, según distintas fuentes, son algo más de 31.000 los contratos hipotecarios que a lo largo de los últimos años se han firmado en el País Vasco con esa referencia como protagonista para determinar la cuantía de los intereses.

La sentencia supone un varapalo para la banca, que podría tener que hacer frente a una factura de hasta 44.000 millones de euros, ya que las entidades españolas tenían una cartera de 15.500 millones de euros en hipotecas referenciadas al IRPH al cierre de 2019.

En una rueda de prensa celebrada en San Sebastián, la abogada donostiarra Maite Ortiz ha celebrado su satisfacción tras el fallo del tribunal europeo: «Es un paso importantísimo porque la sentencia del Supremo de 2017 fue frustrante al dictar que el IRPH no podía someterse a ningún control porque era un índice oficial. Este fallo abre la puerta a que los jueces pueden analizar caso por caso». Es decir, entiende que por mucho que el índice sea legal y oficial, debe ser sometido al escrutinio de los jueces españoles. Recuerda, en la respuesta a la primera pregunta que se le plantea, que los bancos no estaban obligados a incorporar el IRPH sino que había otras opciones como el euríbor.

Ortiz ha agregado que la corte con sede en Luxemburgo ha precisado que, cuando se considere que hubo un abuso, «el juez podrá sustituir el IRPH por otro índice legal para proteger a los consumidores de las consecuencias perjudiciales que podría conllevar la anulación del contrato de préstamo».

Ortiz ha aclarado que el objetivo de acudir a la justicia europea no era que dictaran que el IRPH es abusivo o no: «No hemos ido a pedir la nulidad del índice, que es oficial. Lo que queríamos es que los jueces puedan someter a los bancos a un control de transparencia. Y en caso de que la información solicitada no haya sido clara y suficiente, que los clientes puedan reclamar la anulación del contrato y la devolución de intereses».

La abogada donostiarra ha asegurado que existen en torno a un millón de afectados en todo el Estado, de los cuales «más de 30.000 son de Euskadi. Hablamos de unos contratos que han afectado de forma considerable a los clientes, que debían abonar entre 200 y 300 euros más al mes». Preguntada por lo que los afectados deben hacer a partir de ahora, ha recomendado que «acudan al banco a intentar llegar a acuerdos. No vamos a alentar tanto a que acudan a los juzgados. Seguro que si les sustituyen el IRPH por el euríbor será una buena noticia, porque el euríbor está bajo. El problema es con las primeras familias que demandaron y perdieron, porque las causas juzgadas no se pueden reabrir. Estamos estudiando qué hacer en estos casos».

Batalla de siete años

Esta batalla legal arrancó en octubre de 2013 con una demanda contra Kutxabank en los juzgados de lo Mercantil de Donostia. La denuncia, presentada por la plataforma IRPH Stop Gipuzkoa con la ayuda de los abogados guipuzcoanos antidesahucios Maite Ortiz y el propio Erauskin, fue resuelta el 29 de abril de 2014 con la primera sentencia de nulidad de IRPH en todo el Estado. El fallo condenaba a Kutxabank a devolver las cantidades cobradas en aplicación de dicho índice.

La entidad recurrió ésta y todas las sentencias condenatorias siguientes y el asunto llegó hasta el Supremo. El 14 de diciembre de 2017 el Alto Tribunal revocó una sentencia de nulidad de IRPH conseguida por ambos abogados en la Audiencia de Álava. Y aunque los bancos parecieron respirar ante el fallo, Ortiz y Erauskin consiguieron llevar el asunto hasta el TJUE. El máximo tribunal europeo admitió a trámite una cuestión prejudicial planteada por un juez de Barcelona en relación a una demanda contra Bankia en la que la defensa estaba liderada por los dos letrados guipuzcoanos.

El penúltimo capítulo de esta batalla judicial sucedió en septiembre de 2019, cuando el abogado general del TJUE consideró que el IRPH no está excluido del ámbito de aplicación de la directiva europea y abrió la puerta a que la justicia pueda interpretar en la aplicación de ese índice un «potencial carácter abusivo».

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