Imagen del Pleno extraordinario celebrado el jueves. LIMIA

Zumarraga

El Ayuntamiento afronta el pago de 322.413 euros por una sentencia a favor de Gerozerlan

Los orígenes del caso se remontan a un convenio de 2005 sobre el centro gerontológico y la urbanización complementaria

Cristina Limia

Zumarraga

Viernes, 28 de julio 2023, 22:01

El Ayuntamiento afronta el pago de 322.413 euros a la empresa Gerozerlan S.L. (compuesta por Moyua y Matia) a tenor de la sentencia ... dictada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco a favor de Gerozerlan en el contencioso que mantenía contra el consistorio.

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Para hacer frente a su pago, se dieron dos pasos en el Pleno extraordinario celebrado el jueves. El primero fue aprobar una modificación de créditos adicionales para dar cobertura a ese pago de 322.413 euros con parte del remanente de tesorería (que hoy en día es de 688.339 euros). Este punto salió adelante con 8 votos a favor de PSE-EE (6) y PNV (2) y la abstención de EH Bildu (5).

El segundo paso fue aprobar la asunción de la sentencia para su pago. En este caso, salió adelante con los votos del PSE-EE y la abstención de EH Bildu y PNV.

El Pleno se remontó 18 años atrás para abordar los orígenes de este litigio. Concretamente, al convenio suscrito el 10 de noviembre de 2005 por la diputada de Servicios Sociales y el alcalde de Zumarraga de entonces «para la ejecución del proyecto de construcción de un centro gerontológico en Zumarraga y la urbanización complementaria en la parcela denominada 8 EA». En dicho convenio, se recogía que «el Ayuntamiento contribuiría a la urbanización complementaria de la parcela 8 EA otorgando una ayuda económica al concesionario de 322.413 euros, obtenidos de la venta del derecho de edificación de los apartamentos tutelados proyectados en la parcela denominada 8 E2».

El concurso para la construcción y explotación de dicho servicio recayó en Gerozerlan, llevándose a cabo las obras según lo establecido. El proyecto de los pisos tutelados en cambio, no prosperó a tenor de la crisis de 2008 y el Ayuntamiento no obtuvo la venta del derecho de edificación de esos apartamentos contemplada para abonar la ayuda a Gerozerlan. En la parcela donde estaban previstos los pisos tutelados se sitúa hoy en día el nuevo aparcamiento del hospital.

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En 2013, Gerozerlan reclamó los 322.413 euros recogidos en el convenio. La empresa realizó la reclamación por vía judicial a la Diputación, al haber suscrito el convenio con ella. La sentencia, con fecha de 1 de diciembre de 2016 del Juzgado de lo Contencioso Administrativo número 3 de Donostia, desestimó íntegramente el recurso de Gerozerlan, considerando que los 322.413 euros reclamados «no eran parte del precio del contrato de concesión de obra pública, sino de la financiación de la obra objeto de concesión, cuya obligación de pago no correspondía a la Diputación, sino al Ayuntamiento». Gerozerlan dirigió entonces sus solicitudes de pago al Ayuntamiento de Zumarraga y a finales de 2020 interpuso una demanda en el Juzgado de lo Contencioso Administrativo reclamándole los 322.413 euros.

Respuesta del Ayuntamiento

El Ayuntamiento de Zumarraga respondió en dicho Juzgado que «no existe ningún acuerdo del Pleno de la Corporación, ni de la Junta de Gobierno Local, ni Decreto de Alcaldía aprobando el supuesto convenio del 10 de noviembre de 2005, ni facultando a persona alguna para su firma con la Diputación, ni consecuentemente, ha asumido ningún compromiso económico de clase alguna ni con dicha institución Foral ni con terceros».

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El Juzgado dictó sentencia en diciembre de 2021, dando la razón al Ayuntamiento. Pero Gerozerlan presentó un recurso de apelación en el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, que ha estimado su recurso y ha resuelto el caso a favor de Gerozerlan, con una sentencia firme que obliga al consistorio a pagarle la cantidad que reclama, concluyendo que «se debe tener en cuenta que el convenio aparece suscrito por quien, en ese momento, era el alcalde de Zumarraga y esa firma del convenio vio a dar validez al compromiso, al que se refería el pliego, de que las obras de urbanización de la parcela serían parcialmente sufragadas por esa entidad local».

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