Restricciones para el deporte en Euskadi (II): conoce medidas actualizadas por el Gobierno Vasco
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Lunes, 9 de noviembre 2020, 15:42
El departamento de Cultura y Deporte del Gobierno Vasco ha actualizado la lista de preguntas y respuestas sobre lo que se puede hacer y lo que no después de las nuevas limitaciones aprobadas el pasado viernes. En esta ocasión van dirigidas específicamente a la práctica del deporte. ¿Es obligatoria la mascarilla? ¿Podemos desplazarnos a otro municipio mientras hacemos deporte? Aquí la respuesta a estas y otras cuestiones más:
Actividad física y deporte al aire libre
¿Se puede practicar actividad física y deporte en grupo (correr, andar en bicicleta...?
No, solo se podrá realizar la práctica de actividad física y deportiva de manera individual o con convivientes. En todo caso, salvo en las piscinas, la práctica individual de actividad física o deportiva en entornos urbanos deberá realizar con mascarilla.
¿Si somos un grupo de más de 6 personas no podemos practicar deporte al aire libre todos a la vez?
No. Toda la práctica de actividad física y deportiva se realizará de manera individual o con convivientes.
¿Es obligatorio el uso de mascarilla para la actividad física y el deporte?
En la actividad física al aire libre es obligatorio el uso de mascarilla en paseos por entornos urbanos o de concurrencia de personas. La mascarilla no es obligatoria en paseos por la montaña.
¿Está permitida la caza y la pesca en todas sus modalidades?
Sí, está permitida en el municipio de residencia o en colindantes, y siempre que se respete la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.
¿Es obligatorio el uso de mascarilla durante la caza o la pesca?
Sí, es obligatorio aunque se mantenga la distancia de seguridad interpersonal de 1,5 metros.
¿Cuál es el aforo permitido en las zonas deportivas, pistas de patinaje (skating) o espacios de uso público al aire libre similares?
El aforo máximo estimado de 1 persona por cada 4 metros cuadrados de espacio computable de superficie del recinto.
¿A quién corresponde la organización de estos espacios de uso público, así como la garantía de las condiciones de limpieza e higiene?
A los propios municipios.
¿Te puedes desplazar al municipio colindante para la práctica de actividad física al aire libre?
Sí, puedes realizar la práctica la práctica de actividad física al aire libre en tu municipio o en el colindante. Pudiendo acudir a realizar la misma en tu propio vehículo.
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Instalaciones deportivas (incluidas piscinas)
¿Está permitida la práctica deportiva de manera individual en las instalaciones deportivas?
Sí, respetando los protocolos propios de la instalación. Se determina el cierre de vestuarios y duchas en todo tipo de instalaciones deportivas.
¿Se puede practicar actividad física en grupo en instalaciones deportivas cerradas?
No, se suspende la realización de cualquier actividad deportiva en grupo. Solo se podrá practicar deporte de manera individual. No está permitido alquilar cancha de polideportiva, frontón,... para hacer deporte en grupo Unicamente están permitidas los cursos o actividades programadas. siguiendo las condiciones que establece el Decreto. Uso obligatorio de mascarilla, grupos de máximo seis personas, distancia interpersonal, aforos del 40%.
¿Las actividades programadas autorizadas por 'clubs deportivos' permiten que un club local de balonmano, fútbol, o cualquier otra modalidad pueda organizar actividades programadas o de entrenamientos?
No. El Decreto ser refiere a 'cursos o actividades programadas EN gimnasios, clubs deportivos, piscinas y polideportivos...' No están por tanto permitidas actividades DE clubs deportivos, sino EN clubs deportivos que tienen instalaciones tipo polideportivos o gimnasios y que habitualmente ofrecen actividades programadas.
¿Es obligatorio el uso de mascarilla en los cursos o actividades programadas en los gimnasios?
Sí. En las actividades deportivas en grupo, autorizadas por el Decreto, como son las actividades o cursos programados en gimnasios, polideportivos... el uso de mascarilla es obligatorio en todo momento.
¿Cuál es el aforo máximo permitido en las instalaciones deportivas, incluidas las piscinas?
El aforo máximo permitido será del 40% de su capacidad autorizada.
¿Se permite la utilización de los vestuarios y zonas de duchas?
No, el uso de duchas y vestuarios de todo tipo de instalaciones deportivas queda prohibido, salvo lógicamente los vestuarios de piscinas que deben utilizar los y las usuarias.
¿Se pueden impartir clases o actividades de manera grupal?
Se podrán realizar sólo los cursos y actividades programadas en gimnasios, clubs deportivos, piscinas y polideportivos, siempre que se realicen en su caso con mascarilla, en grupos máximo de 6 personas y estando limitado el aforo al 40% de la capacidad.
¿En una clase puede haber más de un grupo a la vez?
Sí, siempre que no se supere el aforo máximo del 40%, se respete la distancia entre grupos, éstos estén bien delimitados y no exista contacto entre los mismos.
¿Puede la persona responsable del grupo tener contacto con la persona practicante?
No, el contacto no está permitido en ningún momento.
¿Puede ser una persona la responsable de más de un grupo a la vez?
Si, una persona puede ser responsable de más de un grupo.
¿Puede haber tantos o tantas responsables como grupos haya?
Sí, en cada grupo puede haber un o una responsable, no permitiéndose el contacto entre los o las mismos o mismas.
¿Cuál es el horario de apertura y cierre permitido para las instalaciones deportivas?
Las instalaciones se podrán abrir para el público a partir de las 6 de la mañana y se cerrarán a las 21.00 horas. A partir de esa hora los y las trabajadores podrán realizar la actividad interna pendiente.
Entrenamientos y competiciones profesionales y semiprofesionales
¿Cuáles son las competiciones que están permitidas?
Las calificadas como competiciones Profesionales y Semiprofesionales en el Decreto 36/2020 del 26 de octubre.
¿Cuáles se consideran competiciones profesionales?
Liga Santander y Liga Smartbank de futbol y Liga Endesa (ACB) en Baloncesto, así como competiciones internacionales en las que participen los equipos de las mismas.
¿Cuáles se consideran competiciones semiprofesionales
El resto de competiciones estatales e internacionales del calendario oficial, así como las competiciones de máximo nivel organizadas por la federación vasca correspondiente, todas ellas en categoría absoluta. Asimismo, se consideran semiprofesionales las competiciones de deportes autóctonos de máximo nivel de categoría absoluta.
¿Pueden los y las deportistas de categorías inferior a la absoluta considerarse como semiprofesionales si participan en alguna de estas competiciones?
No, en ningún caso.
¿Qué deportistas pueden entrenar sin limitación de grupos y sin restricción de movilidad?
Aquellos que participen en competiciones Profesionales y Semiprofesionales; los y las deportistas y los y las técnicas de Basque Team; y los catalogados de Alto Nivel.
¿Es obligatorio el uso de la mascarilla?
El uso de mascarilla en el deporte profesional o semiprofesional será obligatorio salvo en el momento específico de realizar la actividad física.
¿Cuando estamos en competiciones y entrenamientos se pueden utilizar los vestuarios?
Los y las deportistas profesionales y semiprofesionales inmersos en la competición podrían utilizar los vestuarios. Siempre respetando el aforo y la distancia mínima interpersonal de 1,5 metros. En cualquier caso se deberá disponer de un sistema que permita la renovación del aire en este aspecto.
¿Puede el personal técnico (Responsable del club, Responsable de Salud, entrenadores y entrenadoras) de la entidad acudir a realizar sus funciones, aunque su residencia no sea la misma de la entidad donde desarrolla su labor?
En el caso de municipios colindantes podrá acudir normalmente. Cuando los o las técnicas residan en un municipio no colindante, únicamente podrá acudir si mantiene una relación laboral o de representación institucional con la entidad.
Entrenamienos y competiciones de deporte federado
¿Puede entrenar un o una deportista federada?
Sí, puede entrenar solo de manera individual. No se puede entrenar en grupo.
¿Puede competir un o una deportista federada?
No, se suspende toda competición que no sea considerada como profesional o semiprofesional de acuerdo con los puntos anteriores.
¿Puede un o una deportista federada ir a entrenar fuera del municipio de residencia o colindante?
No, solamente podrá entrenar en su municipio o en el colindante y siempre de manera individual.
¿El uso de mascarilla es obligatorio?
Sí, en todo momento.
Deporte escolar
¿Qué actividades pueden realizar los y las escolares?
Se suspenden todas las actividades internas de enseñanza (entrenamientos) en las distintas entidades (Clubes Deportivos, Ampas y Centros Escolares) inscritos en el Programa de Deporte Escolar.
¿Y la competición?
Todas las competiciones dirigidas a deportistas en edad escolar, incluidas las federadas, están suspendidas.
Competiciones, eventos y espectáculos deportivos
¿Cuál es la institución competente para la autorización del desarrollo de la competición?
Cuando proceda la autorización, la institución competente será la misma que es competente en situación ordinaria.
¿Se puede acudir a ver una competición, evento o espectáculo deportivo?
No, se prohíbe la asistencia de público a eventos deportivos.