Una residencia universitaria de Pamplona tendrá que devolver lo cobrado durante el confinamiento por el Covid
La Audiencia destaca que el contrato quedó frustrado con el cese de la educación presencial
Gabriel González
Jueves, 24 de agosto 2023, 17:25
La Audiencia ha confirmado una sentencia que condenaba a una residencia de universitarios de Pamplona a devolver a trece internos los 16.476 euros cobrados durante los meses de confinamiento por la covid-19 en 2020. Los magistrados de la Sección Tercera argumentan que si el estado de alarma puso fin a la actividad docente presencial en el ámbito universitario, también «frustró la causa del contrato de hospedaje que vinculaba a ambas partes», y confirma la primera sentencia.
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Según informa Diario de Navarra, los alumnos habían demandado a una residencia que aloja a estudiantes de la UPNA y la Universidad de Navarra. Cuando se decretó el estado de alarma inicial, ellos se encontraban en sus domicilios y ya no regresaron a la residencia, a la que pagaban 775 euros al mes tras una fianza de 900. La siguiente vez que volvieron fue para recoger sus cosas. Por el camino, la residencia redujo la cuota mensual al 30% para el mes de abril, al 50% para mayo y un 100% para junio. Durante ese primer estado de alarma, la residencia no cerró y prestó servicios a los 26 estudiantes (consta de 305 plazas) que se quedaron.
Entre los argumentos empleados para dar la razón a los recurrentes, el Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Pamplona resaltó precisamente que los servicios que prestan las residencias universitarias «están ligados al devenir del curso académico», de manera que si se cancelan las clases presenciales la estancia de los estudiantes en los respectivos campus no solo resulta innecesaria, sino inadmisible». Y si los estudiantes no pueden asistir en persona a las actividades académicas, su presencia en la ciudad y en la residencia de estudiantes se vuelve «igualmente innecesaria».
En definitiva, concluyó que si no pudieron hacer uso de las instalaciones y servicios de la residencia, era pagar por no recibir nada, por lo que se daba un desequilibrio entre las partes.
La residencia recurrió la sentencia. Alegaba que el centro estuvo abierto y prestó servicios a los usuarios que se quedaron, y que el posible desequilibrio entre partes se ajustaba con las rebajas a las cuotas mensuales.
La Audiencia ha rechazado su recurso. Al analizar el contrato destaca una cláusula en el apartado de «reserva» que cita explícitamente que si el residente no estudia finalmente en Navarra quedarán eximido de cumplir el contrato. Para los jueces, esta cláusula debe considerarse como «motivo causalizado» que ampara que si la actividad presencial universitaria había cesado, el contrato quedaba frustrado.
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