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Viernes, 23 de marzo 2018, 13:36
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El delito de rebelión está recogido en el artículo 472 del Código Penal y precisa necesariamente un alzamiento con violencia, lo que en su día sembró la duda de si sería aplicable para la situación vivida en Cataluña. En cualquier caso, el único precedente que ...
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