Llarena, el instructor del procés, tendrá la última palabra sobre el encarcelamiento de Cerdán
La Sala de Apelación del Supremo estudiará el próximo 22 de julio el recurso contra su prisión preventiva
La Sala de Apelación del Supremo ha señalado para el próximo 22 de julio la vista del recurso de apelación presentado por el exsecretario de ... Organización del PSOE Santos Cerdán contra el auto del magistrado Leopoldo Puente, del pasado 30 de junio, que decretó su ingreso en prisión provisional comunicada y sin fianza. Esta sala, que tratará a puerta cerrada el asunto con la presencia de las partes, ha designado a Pablo Llarena, quien todavía es instructor en el alto tribunal de la causa contra el procés, ponente de este recurso.
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El magistrado Puente envió a la cárcel a Santos a petición de la Fiscalía Anticorrupción y acusado de delitos de organización criminal, tráfico de influencias y cohecho en el denominado 'caso Koldo'. Según argumentó en su día el instructor para privarle de libertad, existen «notabilísimos indicios» de que el exnúmero 3 del PSOE estaba al frente de la trama corrupta dedicada al amaño de adjudicaciones públicas en la que también participaron José Luis Ábalos y su exasesor, Koldo García.
Según todas las fuentes consultadas, es poco probable que el Supremo la semana que viene rectifique la decisión de Puente de enviar a la cárcel a Cerdán, máxime cuando lo hizo a petición de Anticorrupción y visto que la Fiscalía, en un escrito fechado el pasado 10 de julio y dirigido al alto tribunal, insiste en la necesidad de mantener entre rejas al exmano derecha de Pedro Sánchez en el PSOE dado que tuvo un papel «capital» en la presunta trama de cobro de comisiones a cambio de obra pública. Un rol central que le llevó a tener un «conocimiento privilegiado» sobre las supuestas corruptelas, incluidos asuntos aún desconocidos por los investigadores, por lo que persiste el riesgo de que destruya pruebas.
El escrito que firmaba Alejandro Luzón, jefe de Anticorrupción, en respuesta al recurso de apelación presentado por la defensa de Cerdán, afirmaba que el exsecretario de Organización socialista «habría llegado a dirigir un eficaz y duradero sistema de corrupción a gran escala en la adjudicación de las obras públicas de la Dirección General de Carreteras y de Adif».
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«Asumió la dirección de una organización criminal que de manera concertada y coordinada con otros consiguió, desde su alto cargo en el PSOE, secretario de Organización, penetrar en junio de 2018 en un Gobierno al que era ajeno, nada menos que en las entrañas del entonces Ministerio de Fomento, uno de los departamentos con mayor capacidad inversora, estableciendo desde el principio un eficaz y duradero sistema de cobro de comisiones por adjudicaciones públicas», apuntó Anticorrupción.
Luzón explicó que Cerdán era fundamental «no tanto por su capacidad de dirección o jerarquía cuanto por su posición funcional en ella», ya que «se encargaría de reclamar a las constructoras las dádivas adeudadas y de repartir estas entre José Luis Ábalos y Koldo García, lo que le confería una indiscutible preeminencia en la organización delictiva».
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«Solo de él podemos decir que sabía quién era el responsable del pago, cuál era la cantidad que importaba la mordida, cuándo, cómo y dónde se debía satisfacer esta y quiénes eran todos los beneficiarios», precisó la Fiscalía.
Solo tres días después de que Santos Cerdán ingresara en la prisión madrileña de Soto del Real su defensa presentó un recurso de apelación contra la decisión de Puente de encarcelarle por riesgo de destrucción de pruebas. Sus abogados acudieron directamente a la Sala encargada de revisar la instrucción del magistrado, conformada por tres miembros, para pedir la libertad «inmediata» de su cliente al considerar que no hay «indicios suficientes» en su contra para mantenerle en la cárcel.
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«Sin indicios de criminalidad»
En su recurso, sus letrados argumentaron que se trataba de «una prisión provisional adoptada sin indicios de criminalidad suficientes» y, por tanto, «incompatible con la presunción de inocencia». Del mismo modo, sobre los supuestos amaños de obra pública insistieron en que ejercía de «interlocutor entre el partido y el Gobierno», de ahí su «interés por varias obras en los meses y semanas anteriores a la campaña electoral, por la necesidad de desencallar algunas obras paralizadas».
En este sentido, aseguraron los abogados que el magistrado entendió mal la explicación que dio Cerdán en sede judicial, cuando indicó en su resolución que «la obra pública no había perseguido el interés de la ciudadanía sino los 'beneficios electorales que la licitación o ejecución de aquéllas pudieran representar para su partido'». «Cerdán explicó lo orgulloso que se sentía de haber conseguido reactivar las obras de la N-121A, una carretera en Navarra en la que morían cada año tres o cuatro personas y que desde la obra no ha fallecido nadie», replicó su defensa.
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A su juicio, esta valoración del magistrado Leopoldo Puente evidencia que «la apreciación del instructor es en todo momento contra reo», acusándole además de asumir a pies juntillas el informe de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil contra Cerdán de forma «acrítica» y de abrirle una «causa general».
Sostuvieron los abogados que es mera «creatividad judicial» del instructor que si se han adjudicado 500 millones en las 11 obras bajo sospecha serían al menos cinco millones en presuntas 'mordidas', es decir, el 1%. Asimismo, criticaron que la prisión provisional sin fianza contra Cerdán es una medida de presión para que se confiese culpable, lo que vulnera la presunción de inocencia.
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