Las diez noticias clave de la jornada
Bares de la parte vieja de Donostia cerrados en invierno de 2020. J. M. López
Restricciones en pandemia

El Supremo refrenda la anulación de los cierres de la hostelería en Euskadi por el Covid

La tribunal inadmite el recurso del Gobierno Vasco a la sentencia del TSJPV de mayo de este año. A partir de ahora los hosteleros podrían interponer reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra la Administración Pública del País Vasco

A. A.

Miércoles, 21 de diciembre 2022, 11:10

La sección primera de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo ha inadmitido el recurso de casación presentado por el Gobierno Vasco contra ... la sentencia del pasado mes de mayo del Superior vasco que declaraba nulas las restricciones a la hostelería por la pandemia en invierno de 2020. Así lo han comunicado las asociaciones de hostelería vascas, que fueron las que interpusieron los recursos ante el Superior contra los decretos del lehendakari. A partir de ahora, una vez el BOPV publique la oficialidad de la sentencia contra la que no cabe recurso, podría producirse una lluvia de reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra la Administración Pública del País Vasco, como ha avanzado el sector.

Publicidad

La sala del TS argumenta esta ausencia de interés casacional tanto por considerar que el asunto objeto de recurso presenta un marcado carácter casuístico que se aleja de la virtualidad expansiva que persiguen las resoluciones del citado Tribunal Supremo, como al entender que el escrito de preparación no justifica la concurrencia de interés casacional objetivo. La sentencia dictada impone, además, al Gobierno Vasco el pago de las costas del procedimiento que se fijan en 2.000 euros.

Contra la presente resolución del Tribunal Supremo no cabe recurso alguno, por lo que la sentencia del TSJPV nº 209/2022, que declaraba nulas las disposiciones del Gobierno Vasco relacionadas con el cierre de la hostelería en municipios en zona roja (más de 500 contagiados por cada 100.000 habitantes), será firme desde el momento en el que el Tribunal Supremo notifique esa inadmisión a la Sala de referencia en el TSJPV.

Quinto revés judicial

La resolución judicial dictada por el alto tribunal supone «el quinto revés judicial que cosecha el Gobierno Vasco en su particular conflicto con el sector hostelero de Euskadi, representado por SEA Hostelería-Ostalaritza, la Asociación de Hostelería de Bizkaia y Hostelería Gipuzkoa, en relación con la idoneidad de las medidas adoptadas para contener la pandemia por parte del LABI», como explican las asociaciones en una nota informativa; lo que en su opinión «evidencia la injusticia cometida contra la hostelería vasca al reconocer, de manera clara, la ausencia de necesidad, idoneidad y proporcionalidad de las medidas adoptadas contra el sector a lo largo de la citada crisis sanitaria».

Publicidad

Las asociaciones vascas de hosteleria «animan» a sus asociados, y a los hosteleros de Euskadi en general, a que, en el caso de que hubiesen sido sancionados como consecuencia de las decisiones adoptadas por el LABI que, mediante la presente sentencia del Tribunal Supremo, han sido consideradas nulas de pleno derecho, exijan la nulidad de dichas sanciones y la devolución de los importes pagados en su caso.

Una vez que la sentencia nº 209/2022 del TSJPV sea firme y se publique en el Boletín Oficial del País Vasco, se iniciará también el plazo de un año para que los establecimientos hosteleros afectados económicamente por el cierre de sus locales como consecuencia de las medidas adoptadas en su día por el LABI, y declaradas ahora nulas de pleno derecho, puedan interponer reclamaciones de responsabilidad patrimonial contra la Administración Pública del País Vasco.

Este contenido es exclusivo para suscriptores

Suscríbete los 2 primeros meses gratis

Publicidad