Historias de Gipuzkoa
Así se juzgaba a los menores delincuentes a principios del siglo XX en GipuzkoaEl Tribunal Tutelar de Menores de San Sebastián se formó en 1922 coincidiendo con la apertura del reformatorio en la ciudad
Uno de los artífices de la mejora de condiciones de vida de los menores delincuentes en Euskadi, y por extensión en España, fue Gabriel María ... Ybarra de la Revilla (Bilbao, 5 de abril de 1877-1951), jurista, político conservador y uno de los fundadores del periódico 'El Pueblo Vasco'. Su dedicación a las obras benéficas le convirtió en un avanzado en su época. En 1916 promovió la fundación de la Asociación Tutelar del Niño, germen de la Casa Reformatorio del Salvador de Amurrio. Esta institución pionera en España abrió sus puertas en 1920 para acoger a los menores delincuentes detenidos en Bizkaia y en Álava, y posibilitó la creación del primer tribunal tutelar de menores de España, en Bilbao, el 11 de febrero de 1920. En San Sebastián empezó a funcionar en 1922, coincidiendo con la apertura del reformatorio Nuestra Señora de Uba, y un año después en Vitoria y en Pamplona.
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Gabriel María Ybarra de la Revilla proclamó sobre la formación de los tribunales para menores: «Nada de togas, nada de mesa, nada que suponga solemnidad aparatosa ni coacción asustadiza para el niño que va a comparecer, nada que pueda darle idea de que se encuentra ante un tribunal de Justicia». Antes de la vista, se confeccionaba un informe médico y pedagógico del menor, y el propio acto del juicio evitaba los protocolos que pudiesen abrumar a los pequeños, de hasta 15 años. Además, las sesiones no eran públicas y quedaban expresamente prohibidas las reseñas en los diarios, así como la difusión de los retratos de los menores enjuiciados.
En el tribunal especial para menores de San Sebastián la media anual de expedientes tratados entre los años 1920 y 1932 fue de 141. La mayoría pertenecían a menores de la capital, pero también había muchos de otras localidades de Gipuzkoa, e incluso de varias provincias del Estado y del extranjero. El ránking lo lideraba Bilbao con 315. En Vitoria fueron 87 y llama la atención que en Pamplona se llegara a 223 casos. En cuanto al enjuiciamiento de menores, en el tribunal donostiarra la mayoría de los casos eran calificados como faltas y no como delitos, como ocurría en Bilbao. Esto beneficiaba al menor, ya que podría librarse del internamiento en un reformatorio.
Menores de San Sebastián, de localidades de Gipuzkoa y hasta de España y del extranjero
Lo cierto es que la mayoría de expedientes se solucionaba con medidas leves, o eran sobreseídos, mientras que las sentencias de libertad vigilada o internamiento representaban los menos, y según la propia legislación, estas medidas estaban reservadas para los casos difíciles. En San Sebastián en 1922 el número de delitos fue de 6 y el de faltas 12. Cinco años después la tasa fue de 100 y 155, respectivamente, y en 1932, 10 y 216. Se enjuiciaban delitos contra la propiedad y hechos delictivos contra el orden público o contra las personas.
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La mayor parte de las denuncias procedían de la policía o de otros denunciantes, seguidos de las Audiencias o Juzgados y, en menor medida, de las familias de los propios menores o de las Juntas de Protección, independientemente de que la naturaleza de las infracciones fuesen calificadas como delitos o faltas.
Llama la atención que el tramo de edad entre 11 y 14 años es la que registra mayor número de casos juzgados
En cuanto a la edad de los menores susceptibles de ser juzgados por los tribunales de menores la edad fijada en España fue de 15 años en la ley de 1918 y de 16 en la reforma de 1929. Llama la atención que el tramo de edad entre 11 y 14 años es la que registra mayor número de casos juzgados. En cuanto a la presencia de niñas enjuiciadas los porcentajes no llegarán nunca a superar el 20% de los casos respecto al de los niños, siendo la mayoría de las veces irrelevante, en el tramo de edad entre los 12 y 13 años.
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Los menores internados en un centro de corrección eran controlados no solo por el personal adscrito a los mismos, sino también los llamados «delegados», que eran designados por los tribunales y que mediante visitas periódicas mantenían constantemente informados a los mismos, sobre todo en los casos de libertad vigilada.
Los datos del tribunal
Según el resumen estadístico de 1922 a 1928, en el primer año de funcionamiento del tribunal de menores de San Sebastián se abrió expediente a 18 menores, la mayoría por faltas y por delitos contra la propiedad. Fueron enjuiciados 15 chicos y 3 niñas. Ocho del total eran de Donostia, dos de Irun y uno de Andoain, Pasaia y Deba. Destaca que también pasaron ante el tribunal dos chavales de Salamanca, y uno de Navarra, Alicante, Orense, Soria y hasta de la localidad francesa de Arras. Al año siguiente los expedientes ascendieron a 41, los enjuiciamientos a 46 y aumentó de forma importante el número de localidades de origen, tanto de Gipuzkoa como de otras zonas del Estado.
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Por orden del juez a finales de diciembre de 1922 había dos menores acogidos en el reformatorio de Uba, sesenta estaban en estancias devengadas y dos en libertad vigilada. Un año después fueron 17 en el primer caso. En 1928 los expedientes incoados ascendieron a 207, y se reabrieron 41. Fueron enjuiciados 234 menores, 116 de ellos por faltas y 74 por delitos contra la propiedad. 220 eran chavales y 16 niñas. La lista de procedencia de los acusados se multiplicó por más de dos. Había 43 niños acogidos en el centro de corrección donostiarra, el número de estancias devengadas llegó a 14.614, y el de jóvenes en libertad vigilada a 41.
Se pueden consultar todos los listados de municipios de procedencia de los menores y las penas impuestas pinchando aquí. Seguro que sorprende a más de uno saber que un vecino de su pueblo compareció ante el tribunal cuando era un niño problemático.
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