La Audiencia de Gipuzkoa absuelve al varón acusado de abusar de su hija de 5 años en la ducha
El tribunal no considera probados los hechos por los que se pedían al hombre diez años de prisión
Oskar Ortiz de Guinea
San Sebastián
Martes, 8 de octubre 2024, 13:44
La Audiencia Provincial de Gipuzkoa ha absuelto a un hombre de 33 años que se enfrentaba a diez años de cárcel por presuntamente haber abusado ... sexualmente en dos ocasiones de su hija cuando esta tenía 5 años de edad. En concreto, la pequeña había manifestado a su madre y a su abuela que su padre le había puesto «el pitilin en el camarón (vagina)» cuando ambos se habían duchado en casa. La Fiscalía y la acusación particular reclamaban cinco años de prisión por cada uno de los dos delitos de abuso sexual a menor de 16 años que, según la denuncia, habrían tenido lugar en junio de 2021 y enero de 2022 en sendos domicilios de las comarcas de Goierri y Alto Urola. La vista oral tuvo lugar en septiembre.
En su sentencia, a la que ha tenido acceso este periódico, el tribunal de la Sección Primera de la Audiencia hace valer la presunción de inocencia del acusado tras no haber «declarado probado» que «el acusado pusiera su pene en los genitales de su hija». Para ello, recuerda que tras los dos momentos referidos, que fueron alertados después de que en casa vieran «rojeces» e «irritación» en la zona genital de la pequeña, la madre y la abuela la llevaron al Hospital de Zumarraga para someterla a una exploración que «no apreció indicios de abusos». El tribunal tiene en consideración que la niña padecía dermatitis atópica en sus partes, de la que «estaba siendo tratada farmacológicamente». Apunta también que la niña nunca manifestó «de forma espontánea» que fuera víctima de los hechos denunciados, sino que lo hizo «en respuesta a preguntas, sugerentes o no, lo ignoramos, de una persona adulta que le interrogaba, al menos, sobre su vulba» en el ámbito familiar.
Para razonar la absolución del acusado, que ha sido defendido en la causa por el abogado Eduardo Bolea, el fallo alude también a sendos informes periciales de dos piscólogas que no son capaces de demostrar la credibilidad de la menor en su declaración, al ser esta «limitada en su contenido». Así, «la menor persiste en indicar que el padre le ponía o le metía el pitilín en el camarón cuando le duchaba. No da más detalles del hecho», ni de la postura en la que estaban, ni de lo que le dijera su padre en esos momentos. «Ello apunta» a que, en su declaración, «pudiera estar repitiendo palabras que hubiera oído a algún adulto pero no algo que hubiera vivido realmente». «Los menores son más proclives a la sugestión», subraya el texto. En el estudio del perfil psicológico del procesado no se encontró ningún rasgo sospechoso.
Para concluir, el tribunal resalta que «por repugnante que sea el hecho denunciado» y la «vulnerabilidad» de la víctima por su corta edad, no se puede condenar a nadie sin que se haya acreditado «de forma concluyente, fuera de toda duda racional», que los hechos denunciados ocurrieron realmente.
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