Condenado a cinco años por abusar en San Sebastián de una niña, hija de un vecino

Los hechos se iniciaron cuando la menor tenía ocho años y se prolongaron hasta que alcanzó los diez

JAVIER PEÑALBA

Sábado, 11 de febrero 2017, 09:51

La Audiencia de Gipuzkoa ha condenado a cinco años de prisión a un hombre que sometió a una niña a múltiples abusos cuando tenía entre ocho y diez años. La acusación particular que ha ejercido la familia de la víctima y la Fiscalía Provincial de Gipuzkoa solicitaron en el juicio una condena de doce años. El tribunal, sin embargo, ha considerado que el acusado no llegó a mantener un «acceso carnal» con la menor.

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Los hechos se remontan a 2012, cuando el acusado, de 57 años, empezó a mantener encuentros esporádicos de carácter sexual con una menor que entonces contaba con apenas ocho años. El procesado aprovechaba para abusar de ella los momentos en los que la niña bajaba a su domicilio, ya que la víctima y el sospechoso residían en el mismo inmueble. El acusado, profesor de baile zumba, invitaba a la menor a entrar a su casa y una vez dentro le obligaba a desnudarse. Durante las veces que estuvo con la menor, el imputado le dio besos en la boca con introducción de la lengua a la vez que le sometió a diversos tocamientos. Estos encuentros se prolongaron durante cerca de tres años.

Los abusos, sin embargo, no solo tuvieron lugar en el domicilio del acusado. El acusado llevó a la menor a una tienda de ropa para comprarle una camiseta. Allí, mientras la víctima se encontraba cambiándose en el probador, aprovechó para entrar en este espacio y abusar también de ella.

Paseo con el perro

En enero de 2015, poco antes de que el comportamiento del acusado quedase al descubierto, el procesado vio cómo la menor sacaba a pasear a un perro en los aledaños de la vivienda. En aquel instante, pidió a la niña que entrara en el piso, y cuando lo hizo la llevó al sofá donde asimismo abusó de ella. Esta situación se alargó hasta el momento en el que la menor oyó la voz de su madre que reclamaba su presencia. En aquel instante, la niña se zafó del acusado y abandonó la casa corriendo.

Durante los meses en los que se prolongaron los abusos, la niña no reveló nada a sus padres, en parte por miedo y también por desconocimiento de la gravedad de los hechos en los que se vio inmersa. En este sentido, explicó que fue durante unas clases sobre el funcionamiento del cuerpo humano y las relaciones sexuales cuando tomó conciencia de la situación.

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El agresor atraía presuntamente a la menor con diversos pretextos. En ocasiones le daba caramelos de chupa-chups, chucherías y hasta le regaló un telar para hacer pulseras. También le ofrecía tartas que había cocinado e incluso le daba clases de baile. Precisamente, todo quedó al descubierto cuando la niña se negó a acudir a estas clases, una actividad que inicialmente había sido de su agrado.

Durante la entrada y registro que se practicó en el domicilio del acusado, que se encuentra en prisión desde abril de 2015, la Policía halló algunos efectos que utilizó en las relaciones que mantuvo con la menor.

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Se aprovechó de su corta edad

El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia considera acreditado que «el acusado llevó a cabo actos que atentaron contra la indemnidad sexual de la menor de manera continuada, aprovechándose de la corta edad de esta».

La Audiencia estima que «el dato fundamental» que le lleva a esta conclusión es la propia manifestación de la víctima en la vista oral «que reúne los requisitos exigidos» para que puede convertirse en una prueba de cargo «hábil e idónea». Recuerda en este sentido que el testimonio de la niña fue «persistente y sustancialmente» coincidente a lo largo de todo el procedimiento. Detalla, además, que «tenemos las manifestaciones de varios testigos que, si bien no presenciaron los hechos controvertidos, en cambio sí pueden añadir algún aspecto fáctico que contribuya a dotar de verosimilitud al testimonio de la menor». La Sala, asimismo, ha valorado las consideraciones de los peritos que sirvieron para corroborar su versión.

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Aun cuando las acusaciones solicitaron doce años de cárcel, la Audiencia le impone cinco años, al concluir que «no consideramos acreditado que el acusado introdujera en varias ocasiones su órgano sexual en la vagina de la menor (...) como sostienen ambas acusaciones».

Además de la pena de prisión, el tribunal prohíbe al inculpado aproximarse a una distancia inferior a 500 metros de la víctima, a su domicilio o cualquier otro lugar frecuentado por ella durante un tiempo de dieciséis años. Además, le sentencia le obliga a que, una vez finalice el cumplimiento de la pena de prisión, permanezca en libertad vigilada durante un periodo de siete años. Durante este tiempo no podrá acercarse al domicilio de la menor ni comunicarse con ella. El acusado ha sido también condenado a participar en programas formativos de educación sexual. Por último, el tribunal acuerda que indemnice a la víctima con 40.000 euros.

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La sentencia no es firme y puede ser recurrida ante el Tribunal Supremo.

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