Las tres nuevas bajas de la ley del aborto que se pueden pedir desde hoy

Se trata de las menstruaciones dolorosas e incapacitantes, la interrupción (deseada o no) del embarazo y el preparto en la semana 39 del embarazo

El Diario Vasco

Miércoles, 31 de mayo 2023

Dsede hoy las mujeres vascas podrán comenzar a beneficiarse de tres de las novedades que más llamaron la atención cuando hace tres meses y medio el Parlamento, con los votos de la izquierda y los nacionalistas y el «no» de PP, Cs y Vox, aprobó la nueva ley del aborto.

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Este 1 de junio, tres meses después de su publicación en el BOE, entran en vigor tres nuevos derechos que toman la forma de baja laboral retribuida. Son el período de descanso prenatal, la incapacidad temporal específica por menstruaciones muy dolorosas y la baja por aborto, sea resultado de una interrupción voluntaria o del fracaso del embarazo por enfermedad o accidente. A continuación, detallamos cada uno de ellos.

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    Semana 39 del embarazo

Todas las embarazadas tendrán derecho a una baja remunerada desde el primer día de la semana 39 de gestación hasta el parto. La Seguridad Social pagará todos los gastos salvo los del primer día, que los abonará la empresa. Las menores de 21 años no necesitan haber cotizado para beneficiarse de la medida y las exigencias son mínimas para el resto.

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    Menstruaciones dolorosas e incapacitantes

A partir de la misma fecha funcionará la baja específica para que las mujeres con reglas especialmente dolorosas e incapacitantes puedan descansar esos días en casa. La subvención será sufragada íntegramente por el Estado y alcanza a cualquier trabajadora con esta dolencia. Será el médico quien indique la duración de la incapacidad y podrá acordarla las veces que crea conveniente, sin tope temporal.

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    Interrupción del embarazo

La tercera prestación exigible es la baja para las mujeres que sufran una interrupción del embarazo, sea voluntaria o no. La convalecencia busca paliar incapacidades tanto físicas como anímicas. El médico determinará la duración que, en cualquier caso, se alargará mientras precise atención sanitaria o esté impedida para el trabajo. Tendrán este derecho todas las trabajadoras, sin mínimos de cotización.

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