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Sede de los Juzgados de San Sebastián. Lusa

Retiran la invalidez permanente de 3.000 euros mensuales a un guipuzcoano que simulaba una gran incapacidad

El trabajador sufrió un accidente laboral y logró la prestación, pero su empresa contrató a un detective que le investigó y descubrió el engaño

Martes, 6 de febrero 2024, 14:15

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Se podría decir aquello de que la avaricia rompe el saco. Y es que un trabajador guipuzcoano al que se le había reconocido una invalidez permanente y el recargo en la pensión de un 30% tras sufrir un accidente laboral ha quedado sin ese reconocimiento después de que el juzgado donostiarra haya determinado, en una sentencia del pasado 24 de enero que revoca los recursos anteriores, que se ha producido un «fraude de ley por haber fingido tener unos padecimientos que realmente no tiene».

El afectado, no conforme con esa primera sentencia, aspiraba a que se le reconociera como «gran invalidez». Pero la empresa para la que trabajaba contrató un detective con el objetivo de demostrar que las lesiones derivadas del siniestro no eran tan graves como hacía ver el afectado. Y a la luz de esa investigación, los tribunales han dado la razón a la compañía y deja sin efecto el cobro de 3.000 euros mensuales por parte del trabajador.

Los hechos se remontan al 22 de diciembre de 2021, cuando el trabajador, que era empleado de la empresa CIMDE S. L. de Elgoibar sufrió una caída, de ochenta centímetros de altura, mientras colocaba una cinta de carrocero en una empresa de Elgoibar. El 3 de julio de 2023 el accidentado presentó una demanda ante el Juzgado de lo Social número 4 de San Sebastián en la que solicitaba que se le fuera reconocida una situación de «gran invalidez» derivada del accidente de trabajo, aduciendo lesiones psíquicas.

Demanda

El Instituto Nacional de la Seguridad Social le reconoció inicialmente la discapacidad pero indicando que las lesiones eran constitutivas de una invalidez permanente absoluta y no de una gran invalidez. La empresa y Mutualia alegaron que el expediente por el que se reconoció su incapacidad «era nulo», lo que se materializó en una demanda por parte de CIMDE presentada en los tribunales el 9 de octubre de 2023 solicitando que quedara sin efecto el informe médico.

La Inspección inició un segundo expediente por el cual el INSS impuso a la empresa un recargo del 30% sobre las prestaciones de la Seguridad Social derivadas del accidente de trabajo. Al accidentado no le parecía suficiente y recurrió para solicitar un recargo del 50%. Esto hubiera supuesto que de percibir 3.000 euros al mes por la invalidez permanente y el recargo del 30%, pasara a una prestación superior a 5.000 euros.

Accidente

El trabajador sufrió una caída de ochenta centímetros de altura en una empresa de Elgoibar

Mutualia inició un expediente administrativo para valorar el estado de salud del afectado y al mismo tiempo la empresa contrató los servicios de una agencia de investigación que tras realizar un seguimiento de las salidas del accidentado por la vía pública constató que los movimientos del afectado distaban mucho de ser los de una persona con invalidez permanente, «ya que conserva una capacidad comunicativa con terceros y con ello sus capacidades intelectuales superiores».

La actividad del investigado y el estado en el que se presentó en la vista oral ha sido determinante para la sentencia. Además, el juzgado traslada la sentencia al Ministerio Fiscal por si la «conducta del trabajador pudiera ser constitutiva de un ilícito penal y al departamento de Servicios Sociales para que en su caso revisen el reconocimiento del grado de minusvalía reconocido al accidentado».

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